DISPLAYINEnglish - French
Alegatos: asesinato de un dirigente sindical
- 218. El Comité examinó por última vez el presente caso en su reunión de
marzo de 2021 y presentó un informe provisional al Consejo de Administración [véase
393.er informe, párrafos 355 a 366, aprobado por el Consejo de Administración en su
341.a reunión (marzo de 2021)] .
- 219. El Gobierno envió sus observaciones por comunicación de fecha 8 de
octubre de 2021.
A. Examen anterior del caso
A. Examen anterior del caso- 220. En su reunión de marzo de 2021, el Comité formuló las siguientes
recomendaciones [véase 393.er informe, párrafo 366]:
- a) el Comité insta al
Gobierno y a todas las autoridades competentes a que, de manera coordinada, dediquen
con urgencia y de manera prioritaria todos los esfuerzos necesarios para finalmente
agilizar las investigaciones en curso, de manera que se identifiquen y sancionen a
la brevedad a los responsables tanto materiales como intelectuales del asesinato del
Sr. Victoriano Abel Vega. El Comité insta especialmente al Gobierno a que tome todas
las medidas pertinentes para que las autoridades competentes cuenten con todos los
recursos humanos y económicos que sean necesarios al respecto y se aseguren que, en
el desarrollo de las investigaciones se preste especial atención al intercambio de
informaciones con las organizaciones querellantes en el presente caso con miras a
dilucidar la naturaleza antisindical o no de este crimen. Esperando firmemente
constatar progresos tangibles al respecto, el Comité pide al Gobierno que le
mantenga informado sobre todo avance en el proceso de investigación y de
enjuiciamiento penal, y
- b) el Comité llama nuevamente la atención del
Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este
caso.
B. Respuesta del Gobierno
B. Respuesta del Gobierno- 221. En su comunicación de 8 de octubre de 2021, el Gobierno indica que
el 19 de mayo de 2021 solicitó a la Fiscalía General de la República la reapertura del
expediente relacionado con el asesinato del Sr. Victoriano Abel Vega, secretario general
del Sindicato de Trabajadores de la Alcaldía Municipal de Santa Ana (SITRAMSA). Lo
anterior, de conformidad con el artículo 293 (2) del Código Penal Procesal que establece
que «el fiscal podrá de oficio o a petición de parte reabrir el caso hasta agotar la
investigación cuando aparezcan nuevos indicios o evidencias que desvirtúen las razones
por las que se ordenó el archivo, salvo que se haya convertido la acción pública…». El
Gobierno indica que esta solicitud fue realizada con el fin de agotar la investigación,
que se ordenaran las diligencias necesarias para llegar a la verdad de los hechos y que
se lograra individualizar a las personas responsables.
- 222. El Gobierno informa que el 5 de octubre de 2021 la Fiscalía General
de la República indicó que la investigación se encuentra activa. Asimismo, el Gobierno
informa, según lo indicado por la Unidad Fiscal Especializada de Delitos de Extrusión y
Crimen Organizado, que se reabrió la averiguación sobre imputados por el delito de
homicidio agravado (artículo 129 del Código Penal) en contra del Sr. Victoriano Abel
Vega y que se han girado directivas a la División Central de Investigaciones de la
Policía Nacional Civil de El Salvador para entrevistar a posibles informantes del
homicidio y levantar las actas respectivas.
C. Conclusiones del Comité
C. Conclusiones del Comité- 223. El Comité recuerda una vez más que el caso se refiere al asesinato
del Sr. Victoriano Abel Vega, ocurrido el 16 de enero de 2010, secretario general del
SITRAMSA, quien, según las organizaciones querellantes, había recibido amenazas de
muerte por su actividad sindical.
- 224. El Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que, en mayo de
2021, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social solicitó a la Fiscalía General de la
República la reapertura del expediente relacionado con el asesinato del Sr. Victoriano
Abel Vega, secretario general de SITRAMSA, con el fin de que se concluyera la
investigación, se ordenaran las diligencias necesarias para llegar a la verdad de los
hechos y se lograra individualizar a las personas responsables. Asimismo, el Comité toma
nota de que el Gobierno transmitió las informaciones de la Fiscalía General de la
República, de octubre de 2021, que indican que la Unidad Fiscal Especializada de Delitos
de Extrusión y Crimen Organizado reabrió la averiguación sobre imputados por el delito
de homicidio agravado (artículo 129 del Código Penal) en contra del Sr. Victoriano Abel
Vega y que se han girado directivas a la División Central de Investigaciones de la
Policía Nacional Civil de San Salvador para entrevistar a posibles informantes del
homicidio y levantar las actas respectivas.
- 225. El Comité lamenta observar que a pesar de los repetidos exhortos
realizados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a la Fiscalía General de la
República para esclarecer el caso, este incluso fue cerrado sin haberse identificado ni
sancionado a los culpables y reabierto posteriormente para proseguir la investigación a
solicitud del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El Comité deplora que, luego de
más de trece años de haber ocurrido el asesinato del Sr. Victoriano Abel Vega, aún no se
han producido avances tangibles para identificar y sancionar a los culpables de este
grave crimen. El Comité se ve por lo tanto obligado a recordar nuevamente que es
importante que todas las situaciones de violencia contra sindicalistas, sean estas
asesinatos, desapariciones o amenazas, sean debidamente investigadas y que el mero
inicio de la investigación no pone fin a la misión del Gobierno, sino que este debe
poner todos los medios a su alcance para que las mismas culminen con la determinación de
los culpables y su sanción [véase Recopilación de decisiones del Comité de Libertad
Sindical, sexta edición, párrafo 102].
- 226. El Comité observa adicionalmente que, tal como lo indica el
Gobierno, en las investigaciones se procedería a la realización de entrevistas de
posibles informantes sobre el asesinato, y en vista de las distintas líneas de
investigación referidas por el Gobierno en el examen anterior del caso (dos de ellas
vinculadas a la actividad sindical del Sr. Victoriano Abel Vega, y la hipótesis más
fuerte indicando que el asesinato fue efectuado por error de unos pandilleros que
pretendían matar a otro trabajador de la alcaldía que era testigo en otro caso de
homicidio), el Comité recuerda también que el Gobierno tiene la responsabilidad de tomar
las medidas necesarias para que los culpables sean identificados y castigados—en
particular, garantizando que los testigos, que son cruciales para identificar
eficazmente y enjuiciar a los sospechosos, reciban una protección adecuada—y para
prevenir eficazmente la repetición de las violaciones de los derechos humanos. A este
respecto, el Comité considera que, incluso cuando no haya presentación formal de cargos,
cada caso debería ser investigado a fondo y que, en los casos en que se han presentado
testigos, éstos deberían gozar de una protección [véase Recopilación, párrafo 97].
- 227. A la luz de lo que antecede, el Comité insta firmemente al Gobierno
y a todas las autoridades competentes a que, de manera coordinada, dediquen con urgencia
y de manera prioritaria todos los esfuerzos necesarios para agilizar y concluir las
investigaciones en curso, de manera que se identifiquen y sancionen a la brevedad a los
responsables tanto materiales como intelectuales del asesinato del Sr. Victoriano Abel
Vega. Lo anterior, asegurando la protección de todos aquellos testigos que pudieran ser
instrumentales en la resolución del caso. El Comité insta especialmente al Gobierno a
que tome todas las medidas pertinentes para que las autoridades competentes cuenten con
todos los recursos humanos y económicos que sean necesarios al respecto y se aseguren
que, en el desarrollo de las investigaciones se preste especial atención al intercambio
de informaciones adecuadas con las organizaciones querellantes en el presente caso con
miras a dilucidar la naturaleza antisindical o no de este crimen. Esperando firmemente
constatar progresos tangibles al respecto, el Comité pide al Gobierno que le mantenga
informado sobre todo avance en el proceso de investigación y de enjuiciamiento
penal.
Recomendaciones del Comité
Recomendaciones del Comité- 228. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité
invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones
siguientes:
- a) deplorando la ausencia de avances concretos en la resolución
del caso luego de más de trece años de haber ocurrido el asesinato, el Comité insta
firmemente al Gobierno y a todas las autoridades competentes a que, de manera
coordinada, dediquen con urgencia y de manera prioritaria todos los esfuerzos
necesarios para agilizar y concluir las investigaciones en curso, de manera que se
identifiquen y sancionen a la brevedad a los responsables tanto materiales como
intelectuales del asesinato del Sr. Victoriano Abel Vega. Lo anterior, asegurando la
protección de todos aquellos testigos que pudieran ser instrumentales en la
resolución del caso. El Comité insta especialmente al Gobierno a que tome todas las
medidas pertinentes para que las autoridades competentes cuenten con todos los
recursos humanos y económicos que sean necesarios al respecto y se aseguren que, en
el desarrollo de las investigaciones se preste especial atención al intercambio de
informaciones adecuadas con las organizaciones querellantes en el presente caso con
miras a dilucidar la naturaleza antisindical o no de este crimen. Esperando
firmemente constatar progresos tangibles al respecto, el Comité pide al Gobierno que
le mantenga informado sobre todo avance en el proceso de investigación y de
enjuiciamiento penal, y
- b) el Comité llama nuevamente la atención del
Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este
caso.