ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Report in which the committee requests to be kept informed of development - REPORT_NO387, October 2018

CASE_NUMBER 2982 (Peru) - COMPLAINT_DATE: 20-AUG-12 - Follow-up

DISPLAYINEnglish - French

Alegatos: asesinato y amenazas a dirigentes sindicales y afiliados del sector de la construcción civil, insuficiencia de las medidas adoptadas y falta de eficacia de las investigaciones, mantenimiento del registro de pseudo organizaciones sindicales

  1. 560. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de octubre de 2017 y en esa ocasión presentó un informe provisional al Consejo de Administración [véase 383.er informe, párrafos 489 a 504, aprobado por el Consejo de Administración en su 331.ª reunión (octubre noviembre de 2017)].
  2. 561. El Gobierno envió sus observaciones por comunicaciones de 26 de junio, 9 de agosto, 5, 18 y 20 de septiembre de 2018.
  3. 562. El Perú ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) y el Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 (núm. 151).

A. Examen anterior del caso

A. Examen anterior del caso
  1. 563. En su reunión anterior, el Comité formuló las recomendaciones siguientes [véase 383.er informe, párrafo 504]:
    • a) el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado sobre el resultado de la investigación que se está llevando a cabo respecto del asesinato de los dirigentes sindicales Sres. Ruben Snell Soberón Estela y Miguel Díaz Medina;
    • b) el Comité pide al Gobierno que se asegure que se lleven a cabo nuevas investigaciones que permitan identificar a los autores materiales e intelectuales del asesinato del dirigente sindical, Sr. Guillermo Alonso Yacila Ubillus y que se sancione debidamente a los culpables; el Comité pide asimismo al Gobierno que le mantenga informado al respecto;
    • c) el Comité pide al Gobierno que informe a la mayor brevedad posible sobre los procesos penales relativos al asesinato de los afiliados sindicales, Sres. Rodolfo Alfredo Mestanza Poma y Luis Esteban Luyo Vicente;
    • d) el Comité insta al Gobierno a que tome todas las medidas a su alcance para que el Ministerio Público realice cuanto antes una investigación global sobre los motivos y los responsables de la violencia en el sector de la construcción de manera que se extraigan todas las consecuencias en el plano penal de las averiguaciones que se consigan determinar;
    • e) destacando que la problemática de la violencia en el sector de la construcción civil y las acciones para su erradicación han de analizarse en el marco del diálogo social, el Comité pide una vez más al Gobierno que informe acerca de las acciones llevadas a cabo para generar la confianza entre las partes e impulsar el diálogo tripartito, y
    • f) el Comité vuelve a llamar especialmente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.

B. Respuesta del Gobierno

B. Respuesta del Gobierno
  1. 564. En sus comunicaciones de 26 de junio, 9 de agosto, 5, 18 y 20 de septiembre de 2018, el Gobierno remite información actualizada del Ministerio Público en relación al estado de las investigaciones realizadas en torno al asesinato de varios dirigentes y afiliados sindicales del sector de la construcción civil. El Gobierno informa asimismo sobre las labores que viene realizando el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Púbico y sobre las acciones llevadas a cabo para impulsar el diálogo tripartito en lo que concierne a la problemática de la violencia en el sector de la construcción civil.
  2. 565. En cuanto a las recomendaciones a), b) y c) del Comité relativas a las investigaciones realizadas en torno al asesinato de dirigentes y afiliados sindicales, el Gobierno informa que las investigaciones a cargo de la Fiscalía Provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque que tienen como agraviados por homicidios a los Sres. Rubén Snell Soberón Estela y Miguel Díaz Medina se encuentran en estado de archivo preliminar. En relación al Sr. Guillermo Alfonso Yacila Ubillus, el Gobierno ha anexado una copia de una resolución de fecha 12 de mayo de 2014 de la Sexta Fiscalía Provincial Penal del Callao que dispuso el archivo definitivo de lo actuado ya que la investigación realizada resultó infructuosa, no habiéndose logrado identificar al autor o autores del homicidio. En lo que respecta al Sr. Rodolfo Alfredo Mestanza Poma, el Gobierno ha anexado una serie de documentos de los que surge que: i) el 21 de diciembre de 2016 la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura solicitó el sobreseimiento de quienes habían sido imputados por el homicidio, dado que no existían elementos que pudieran viabilizar un posible enjuiciamiento en contra de los mismos, y ii) el 30 de mayo de 2017 se declaró fundado el pedido de sobreseimiento, el cual quedó firme por resolución núm. 5, de 14 de junio de 2017, fecha a partir de la cual se archivaron definitivamente los autos en cuestión.
  3. 566. El Gobierno informa asimismo que mediante sentencia emitida el 8 de mayo de 2017, la Corte Superior de Justicia de Cañete absolvió por insuficiencia probatoria al único acusado por el homicidio del Sr. Luis Esteban Luyo Vicente. El Gobierno ha adjuntado una copia de dicha sentencia, en la cual la Corte destacó que no se hizo la pericia balística de homologación para con las armas incautadas, lo cual demuestra que el Ministerio Público no actuó diligentemente y con objetividad, incumpliendo con su rol, por lo que, el acusado debió ser absuelto por insuficiencia probatoria. Por último, el Gobierno reitera, tal como lo informó en ocasiones anteriores que, si bien en 2014 la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Trujillo confirmó la condena de veinte años de pena privativa de la libertad al coautor del homicidio del afiliado sindical Sr. Jorge Antonio Vargas Guillen, no se ha logrado identificar quién fue el autor material ya que el sentenciado fue únicamente el que conducía la moto desde la cual se efectuaron los disparos.
  4. 567. Por otra parte, el Gobierno ha anexado dos oficios del Ministerio Público, de fechas 16 de marzo y 18 de julio de 2018, en los que se resumen las labores que ha venido realizando el Observatorio de Criminalidad en los últimos años. En dichos oficios se indica que desde 2015 el Observatorio viene realizando el Programa de implementación de investigaciones criminológicas y análisis prospectivo, en el contexto del cual ha realizado una sistematización de datos relevantes sobre la criminalidad y la violencia, focalizando el abordaje en varios ejes temáticos, tales como homicidios y extorsión. Los oficios indican asimismo que en lo que va del año, el Observatorio ha venido realizado junto con el Instituto Nacional de Estadística e Informática una comparación de datos relativos a homicidios registrados en 2017 en los registros de la policía nacional junto con información generada en el Comité Estadístico del Ministerio Público y los comités descentralizados de los distritos fiscales. En dichos oficios se indica que, en un contexto de dificultades presupuestarias, se están desplegando esfuerzos para finalizar la publicación de un boletín titulado «Criminalidad común, violencia e inseguridad ciudadana (2013-2018)».
  5. 568. En lo que respecta a la recomendación e) del Comité relativa a las acciones llevadas a cabo por el Gobierno para impulsar el diálogo tripartito para atender la problemática del sector de la construcción civil, el Gobierno indica que mediante el decreto supremo núm. 87-2015 se creó la Comisión Multisectorial que funciona como instancia de diálogo, coordinación y seguimiento de las acciones de prevención y sanción de la violencia en el mencionado sector, en la cual participan los principales representantes de empleadores de la construcción civil y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú así como el Ministerio de Trabajo y otras entidades gubernamentales. El Gobierno indica que la Comisión lleva a cabo reuniones periódicas en las que se analizan y elaboran medidas para contrarrestar la violencia en el sector de la construcción civil. El Gobierno ha anexado una copia del acta de la última sesión de la Comisión Multisectorial, de fecha 20 de diciembre de 2017, de cuyo texto se desprende la fecha y lugar de la reunión así con el nombre de quienes participaron en la misma. El Gobierno indica asimismo que la problemática de la violencia en el sector de la construcción también es discutida en el marco del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), mecanismo de diálogo y concertación laboral, presidido por el Ministro de Trabajo y compuesto por las organizaciones más representativas de trabajadores y empleadores. Según indica el Gobierno, en 2014 fue presentada ante el CNTPE la iniciativa que dispuso la creación de registros de trabajadores de la construcción civil, que busca, entre otros objetivos, coadyuvar a la erradicación de la violencia en dicho sector. El Gobierno indica que dichos registros fueron aprobados mediante el decreto supremo núm. 009-2016 y se encuentran vigentes en la actualidad. El Gobierno indica asimismo que la Comisión Multisectorial tiene el ánimo de perfilar un proyecto de protocolo de actuación intersectorial para intervenciones en obras de construcción civil que permitan prevenir los brotes de violencia en el sector.

C. Conclusiones del Comité

C. Conclusiones del Comité
  1. 569. El Comité recuerda que el presente caso trata de asesinatos de dirigentes y afiliados sindicales en el marco de un clima de violencia, de amenazas y de extorsión creado por grupos mafiosos de delincuentes en el sector de la construcción civil. Las organizaciones querellantes alegan también la falta de interés y de eficacia de las autoridades y la impunidad con que las bandas realizan sus actos delictivos.
  2. 570. El Comité toma nota de las informaciones del Ministerio Público facilitadas por el Gobierno sobre el estado de las investigaciones realizadas en torno al asesinato de dirigentes y afiliados sindicales, de las que surge que las investigaciones llevadas a cabo por las Fiscalías de Lambayeque, Callao y Huaura en relación al homicidio de los Sres. Rubén Snell Soberón Estela, Miguel Díaz Medina, Guillermo Alfonso Yacila Ubillus y Rodolfo Alfredo Mestanza Poma se encuentran en estado de archivo preliminar y/o definitivo por no haberse podido identificar a los autores de los mismos. El Comité toma nota asimismo que, mediante sentencia emitida el 8 de mayo de 2017, la Corte Superior de Justicia de Cañete absolvió por insuficiencia probatoria al único acusado por el homicidio del Sr. Luis Esteban Luyo Vicente. El Comité observa con preocupación que en dicha sentencia, la Corte destacó que no se hizo la pericia balística de homologación para con las armas incautadas, lo cual demuestra que el Ministerio Público no actuó diligentemente y con objetividad, incumpliendo con su rol, por lo que, el acusado debió ser absuelto por el delito de homicidio por insuficiencia probatoria. El Comité también toma nota de que, según indica el Gobierno, si bien en 2014 se condenó a veinte años de pena privativa de la libertad al coautor del homicidio del afiliado sindical Sr. Jorge Antonio Vargas Guillen, no se ha logrado identificar quién fue el autor material ya que el sentenciado fue únicamente el que conducía la moto desde la cual se efectuaron los disparos.
  3. 571. El Comité expresa su más profunda preocupación por la ausencia de fallos contra los culpables de los homicidios y por el hecho de que el Ministerio Público haya dispuesto el archivo de las investigaciones. El Comité recuerda que en un examen anterior del caso ya había tomado nota de que la investigación por el asesinato del dirigente sindical Sr. Guillermo Alonso Yacila Ubillus se había archivado y había pedido al Gobierno que se llevaran a cabo nuevas investigaciones que permitieran identificar a los autores materiales e intelectuales del asesinato. El Comité insiste en la importancia de que las investigaciones den resultados concretos a fin de poder determinar fehacientemente los hechos producidos, los motivos de los mismos y sus responsables para poder aplicar las sanciones que correspondan y poder trabajar para evitar que los mismos se repitan en el futuro [véase Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical, sexta edición, 2018, párrafo 96]. El Comité recuerda asimismo que en relación con los casos de violencia física o verbal contra dirigentes empleadores o trabajadores y sus organizaciones, el Comité ha subrayado que la ausencia de fallos contra los culpables comporta una impunidad de hecho que agrava el clima de violencia y de inseguridad, lo cual es extremadamente perjudicial para el ejercicio de las actividades sindicales [véase Recopilación, op. cit., párrafo 108].
  4. 572. Por otro lado, el Comité toma nota de que, si bien el Gobierno ha anexado unos oficios del Ministerio Público, de fechas 16 de marzo y 18 de julio de 2018, en los que se resumen las labores de recopilación de datos estadísticos sobre la criminalidad y la violencia que viene realizando el Observatorio de Criminalidad, dichos oficios no hacen referencia a la recopilación de datos relativos al sector de la construcción civil y tampoco hacen referencia a la realización de una investigación cuantitativa y cualitativa de los casos de extorsión y homicidio en el sector de la construcción civil, que estaba incluida dentro del plan de trabajo del Observatorio para 2014 y que había sido reprogramada por motivos de índole institucional. El Comité recuerda que en los últimos exámenes del caso, había instado al Gobierno a que tomara todas las medidas a su alcance para que el Ministerio Público realizara dicha investigación lo antes posible.
  5. 573. El Comité considera que la realización por parte del Observatorio de Criminalidad de una investigación global sobre los motivos y los responsables de la violencia en el sector de la construcción civil resulta de vital importancia sobre todo en un contexto caracterizado por la ausencia de fallos contra los culpables de los homicidios. El Comité insta una vez más al Gobierno a que tome todas las medidas que están a su alcance para que el Ministerio Público realice cuanto antes una investigación global sobre los motivos y los responsables de la violencia en el sector de la construcción, de manera que se extraigan todas las consecuencias en el plano penal de las averiguaciones que se consigan determinar. El Comité confía en que dicha investigación arrojará datos que permitirán reabrir las investigaciones por los homicidios de los dirigentes y afiliados sindicales mencionados, los cuales no pueden quedar impunes. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto.
  6. 574. Por último, el Comité recuerda que, además de la realización de la mencionada investigación, había invitado al Gobierno a que siguiera tomando medidas en el marco del diálogo tripartito existente para tratar el tema de la violencia en el sector de la construcción civil. Al respecto, el Comité toma nota de que el Gobierno recuerda que en 2015 creó la Comisión Multisectorial, de carácter tripartito, que coordina y da seguimiento de las acciones de prevención y sanción de la violencia en el sector de la construcción civil y que el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), presidido por el Ministro de Trabajo y compuesto por las organizaciones más representativas de trabajadores y empleadores funciona asimismo como una instancia de diálogo y concertación laboral. El Comité toma nota de que, según indica el Gobierno, una de las iniciativas planteadas y discutidas en la Comisión Multisectorial y el CNTPE fue la creación de los registros de trabajadores de la construcción civil, que tienen, entre otros objetivos, coadyuvar a la erradicación de la violencia en el sector. El Comité observa, asimismo, que el Gobierno ha anexado una copia del acta de la última sesión de la Comisión Multisectorial que tuvo lugar el 20 de diciembre de 2017, de cuyo texto se desprende únicamente la fecha y lugar de la reunión así como el nombre de quienes participaron en la misma. El Comité observa asimismo que, según indica el Gobierno, la Comisión Multisectorial tiene el ánimo de perfilar un proyecto de protocolo de actuación intersectorial para intervenciones en obras de construcción civil que permitan prevenir los brotes de violencia en el sector. El Comité alienta firmemente al Gobierno a que siga tomando medidas en el marco del diálogo tripartito existente para tratar el tema de la violencia en el sector de la construcción civil. En este sentido, el Comité pide al Gobierno que en el marco de la Comisión Multisectorial y del CNTPE y en forma conjunta con los interlocutores sociales, elabore un plan de acción detallado con metas y plazos concretos para garantizar que las denuncias de violencia en el sector de la construcción sean debidamente investigadas y que se realicen mayores esfuerzos para identificar y sancionar a los culpables de tales actos de violencia. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto y en relación al desarrollo de un proyecto de protocolo de actuación intersectorial.

Recomendaciones del Comité

Recomendaciones del Comité
  1. 575. En vista de las conclusiones que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
    • a) el Comité insta una vez más al Gobierno a que tome todas las medidas que están a su alcance para que el Ministerio Público realice cuanto antes una investigación global sobre los motivos y los responsables de la violencia en el sector de la construcción, de manera que se extraigan todas las consecuencias en el plano penal de las averiguaciones que se consigan determinar. El Comité confía en que dicha investigación arrojará datos que permitirán reabrir las investigaciones por los homicidios de los dirigentes y afiliados sindicales, los cuales no pueden quedar impunes. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto;
    • b) el Comité alienta firmemente al Gobierno a que siga tomando medidas en el marco del diálogo tripartito existente para tratar el tema de la violencia en el sector de la construcción civil. En este sentido, el Comité pide al Gobierno que en el marco de la Comisión Multisectorial y del CNTPE y en forma conjunta con los interlocutores sociales, elabore un plan de acción detallado con metas y plazos concretos para garantizar que las denuncias de violencia en el sector de la construcción sean debidamente investigadas y que se realicen mayores esfuerzos para identificar y sancionar a los culpables de tales actos de violencia. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto y en relación al desarrollo de un proyecto de protocolo de actuación intersectorial, y
    • c) el Comité vuelve a llamar especialmente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer