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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración- 76. El Comité examinó por última vez este caso, que se refiere a los alegatos de que varios dirigentes sindicales han sido objeto de arrestos ilegales, detenciones y procesamiento judicial por su participación en actividades sindicales y de que la legislación penal se ha aplicado de forma indebida para reprimir el movimiento sindical independiente, en su reunión de junio de 2016. En esa reunión, el Comité presentó un informe al Consejo de Administración en el que pedía al Gobierno que le indicara si se habían formulado cargos contra el Sr. Kenan Ozturk, presidente nacional del Sindicato Turco de Trabajadores de Vehículos Motorizados (TÜMTIS), y el Sr. Nurettin Kilicdogan, presidente de la sección del sindicato en Ankara, por haber presuntamente criticado la nueva legislación del trabajo y organizado una manifestación ilegal, y que, de haber sido así, le remitiera información detallada sobre el asunto [véase 378.º informe, párrafo 820].
- 77. En su comunicación de fecha 14 de julio de 2017, el Gobierno señala que en 2013 se abrió una causa penal contra el Sr. Kenan Ozturk, presidente nacional del TÜMTIS, y el Sr. Nurettin Kilicdogan, presidente de la sección del sindicato en Ankara, por infringir la Ley núm. 2911 sobre Reuniones y Manifestaciones y que, el 29 de enero de 2015, el Undécimo Alto Tribunal Penal de Ankara absolvió a ambos dirigentes sindicales.
- 78. El Comité toma debida nota de esa información.