ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - REPORT_NO378, June 2016

CASE_NUMBER 2430 (Canada) - COMPLAINT_DATE: 07-JUN-05 - Closed

DISPLAYINEnglish - French

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 18. El Comité examinó por última vez el presente caso en su reunión de marzo de 2015 [véase 374.º informe, aprobado por el Consejo de Administración en su 323.ª reunión, párrafos 25 30]. En esa ocasión, el Comité expresó su preocupación por lo que parecía ser un proceso muy largo de certificación de un agente de negociación colectiva para el personal empleado a tiempo parcial en los colegios comunitarios de Ontario. Ante la falta de nuevas informaciones sobre lo sucedido tras las decisiones del Consejo de Relaciones de Trabajo de Ontario (OLRB) en 2013, el Comité pidió al Gobierno que revisara, en consulta con los interlocutores sociales, las disposiciones de la Ley de Negociación Colectiva en los Colegios (CCBA) de 2008, a fin de velar por que los procedimientos vigentes no dieran lugar a retrasos excesivos y manipulaciones que pudieran, de forma efectiva, impedir el derecho de negociación colectiva de los empleados a tiempo parcial. El Comité también pidió al Gobierno que indicara de qué modo el personal académico y auxiliar a tiempo parcial, empleado en los colegios públicos de Ontario, podía ejercer su derecho de negociación colectiva en la actualidad.
  2. 19. En una comunicación de fecha 14 de agosto de 2015 transmitida por el Gobierno del Canadá, el Gobierno de Ontario recuerda en los siguientes términos los antecedentes del presente caso. En diciembre de 2008, el Sindicato de Trabajadores del Servicio Público de Ontario (OPSEU) presentó una solicitud de certificación para representar al personal docente contratado por períodos y al personal docente contratado a tiempo parcial en los 24 colegios de Ontario. En julio de 2009, el OPSEU presentó una solicitud de certificación para representar al personal auxiliar contratado a tiempo parcial en los colegios. En los dos casos se llevaron a cabo votaciones secretas supervisadas por el OLRB. Las urnas se precintaron en espera de una decisión sobre si el OPSEU había cumplido el requisito de alcanzar el umbral del 35 por ciento de carnés de afiliado firmados que se necesita para celebrar una votación de certificación en virtud de la CCBA. Entre 2010 y 2013, el OLRB emitió una serie de fallos que proporcionaban claridad y orientación sobre quiénes debían y quiénes no debían contarse como parte de las unidades de negociación a efectos de determinar si se había alcanzado el umbral del 35 por ciento exigido. El 12 de agosto de 2013, el OLRB determinó que el sindicato había comunicado carnés de afiliado de menos del 35 por ciento de los miembros de cada unidad de negociación y que, por tal motivo, desestimaba las solicitudes de certificación. Las urnas se destruyeron sin proceder al recuento de votos.
  3. 20. El Gobierno de Ontario reitera que la CCBA otorga al personal académico y al personal auxiliar contratado a tiempo parcial en los colegios de artes aplicadas y tecnología de Ontario el derecho a afiliarse a un sindicato y a participar en sus actividades legítimas. La CCBA establece un proceso de certificación por el que el sindicato puede adquirir el derecho a representar a los trabajadores en una unidad de negociación. Dicho proceso procura establecer un equilibrio de intereses y asegurar que se respeten las verdaderas preferencias de los trabajadores. El OLRB, un tribunal cuasi judicial independiente especializado en relaciones laborales, se encarga de resolver los conflictos que puedan surgir entre las partes durante el proceso de certificación, así como de determinar si se ha producido o no un retraso indebido o injustificado en dicho proceso. El proceso de certificación previsto en la CCBA sigue el modelo del proceso establecido para otros trabajadores de Ontario amparados por la Ley de Relaciones Laborales (LRA) de 1995, que a su vez es análogo al que se aplica en otras jurisdicciones canadienses. Dada su semejanza con el proceso previsto en la LRA, el Gobierno de Ontario estima que el proceso de certificación de la CCBA no impide el ejercicio del derecho a afiliarse a un sindicato y a participar en sus actividades legítimas a los trabajadores contratados a tiempo parcial en los colegios de artes aplicadas y tecnología de Ontario. Así pues, no está previsto emprender su revisión por el momento.
  4. 21. El Gobierno de Ontario señala además que, con arreglo a la CCBA, una organización de trabajadores puede presentar en cualquier momento una solicitud de certificación ante el OLRB para actuar como agente negociador de una unidad de negociación sin agente de negociación certificado ni convenios colectivos. Si el OLRB emite un fallo por el que desestima una solicitud de certificación, la organización deberá esperar un año a partir de la fecha en que se emita este fallo antes de presentar de nuevo una solicitud de certificación para actuar como agente negociador de la unidad de negociación a que se refería el fallo. El Gobierno de Ontario señala que, en el caso del personal académico y el personal auxiliar contratado por los colegios de artes aplicadas y tecnología de Ontario, ya ha pasado más de un año desde que el OLRB desestimó sus solicitudes de certificación, y que nada impide a la organización de trabajadores preparar una solicitud de certificación para representar a una u otra de las unidades de negociación del personal contratado a tiempo parcial en los colegios.
  5. 22. El Comité toma debida nota de la respuesta del Gobierno de Ontario. Asimismo, el Comité observa que el Consejo de Empleadores de los Colegios (en nombre de los colegios de artes aplicadas y tecnología) y el OPSEU han celebrado convenios colectivos sobre el personal auxiliar (vigente entre el 1.º de septiembre de 2014 y el 31 de agosto de 2018) y el personal académico, incluido el contratado a tiempo parcial o por períodos (vigente entre el 1.º de septiembre de 2014 y el 30 de septiembre de 2017).
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer