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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - REPORT_NO327, March 2002

CASE_NUMBER 2135 (Chile) - COMPLAINT_DATE: 22-JAN-01 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 42. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2001 (véase 326.° informe, párrafos 245 a 268). En esa ocasión, el Comité observó que en la presente queja los querellantes objetaban que la Resolución núm. 71 de 21 de julio de 2000 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción tenía por efecto prohibir el derecho de huelga no sólo a los trabajadores de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A. que realizaban labores que constituyen un servicio esencial, sino también al personal que desarrollaba funciones claramente distintas de los servicios esenciales, tales como tareas administrativas, asesoría legal, estudios de proyectos, construcción e inspección de obras, informática, entre otros. El Comité recordó que ha considerado que el servicio de abastecimiento de agua es un servicio esencial donde se puede prohibir la huelga con ciertas garantías compensatorias [véase Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, cuarta edición, 1996, párrafos 544 y 546]. No obstante, el Comité tomó nota de que el Gobierno señaló que la petición formulada por los querellantes, en términos de delimitar las distintas áreas o funciones al interior de la empresa, a efectos de declarar que sólo respecto de aquellos trabajadores directamente vinculados con el servicio esencial que prestan deben ser incluidos en la prohibición de la huelga, ameritaba una análisis de mayor profundidad, que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social lo abordaría a la brevedad posible. El Comité apreció y alentó esta iniciativa y expresó la esperanza de que dicho análisis sería efectuado lo antes posible.
  2. 43. Por comunicación de fecha 11 de enero de 2002, el Gobierno informa que los Servicios del Trabajo se encuentran estudiando la forma de delimitar las distintas áreas o funciones al interior de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A., para los efectos de precisar los trabajadores que están directamente vinculados con el servicio esencial que allí se presta y que tan pronto como los estudios finalicen se informará al Comité.
  3. 44. El Comité toma nota con interés de la observación del Gobierno y le pide que continúe manteniéndolo informado al respecto.
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