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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - REPORT_NO331, June 2003

CASE_NUMBER 2104 (Costa Rica) - COMPLAINT_DATE: 06-OKT-00 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 29. En su reunión de noviembre de 2002, el Comité formuló las recomendaciones siguientes sobre las cuestiones pendientes [véase 329. º informe, párrafos 38 a 40]:
    • — El Comité toma nota con interés de la voluntad del Gobierno de adaptar su legislación a las normas de la OIT relativas a la negociación colectiva y de las medidas adoptadas para ello que incluyen una reforma constitucional (que ha sido sometida al plenario legislativo), así como la sumisión de proyectos tendientes a la ratificación de los Convenios núms. 151 y 154. El Comité espera que pronto se podrán comprobar progresos y pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto.
    • — Respecto a las otras dos recomendaciones que formulara en su última reunión, el Comité toma nota de que el Gobierno no ha enviado informaciones por lo que le pide nuevamente que:
    • n en lo referente a la cuestión de las prácticas laborales desleales en la Universidad de Costa Rica comprobadas por la autoridad administrativa, le mantenga informado de todo recurso que se interponga y de toda nueva decisión que se adopte al respecto, y
    • n le mantenga informado del resultado de la denuncia presentada ante los tribunales por la autoridad administrativa después de comprobar violaciones del Ministerio de Educación en materia de permisos sindicales.
    • — Por último, el Comité pide al Gobierno que envíe observaciones sobre el despido del dirigente sindical Sr. Luis Enrique Chacón.
  2. 30. En sus comunicaciones de 14 de enero y 17 de marzo de 2003, el Gobierno enumera las numerosas gestiones que el Ministro de Trabajo ha realizado para que la Asamblea Legislativa examine los proyectos de ley de aprobación de los Convenios núms. 151 y 154 de la OIT antes de que termine el período de sesiones extraordinarias (30 de abril de 2003); igualmente por iniciativa del Ministro de Trabajo un funcionario del Equipo Técnico Multidisciplinario prestó asistencia técnica a los jefes de las diferentes bancadas legislativas en relación con dichos convenios. Todo ello para garantizar la negociación colectiva en el sector público. Además, en el mismo sentido, la bancada del partido de Gobierno de la Asamblea Legislativa presentó el 10 de mayo de 2002 un proyecto de reforma constitucional al artículo 192 de la Constitución, que fue producto del diálogo entre las autoridades y las centrales sindicales. Asimismo, con el mismo objeto, el Poder Ejecutivo ha presentado a la Asamblea Legislativa una reforma de la ley general de Administración Pública complementada por el proyecto de ley para la negociación de convenciones colectivas en el sector público que eleva a rango de ley el decreto núm. 29576 de 31 de mayo de 2001; este proyecto fue resultado del trabajo de una comisión bipartita. El Gobierno informa también de recientes referencias de jurisprudencia administrativa (vinculantes) que ratifican el derecho de los servidores públicos para negociar convenciones colectivas.
  3. 31. El Gobierno declara por otra parte que los procesos judiciales relativos a violaciones en materia de permisos sindicales (por parte del Ministerio de Educación) y por prácticas desleales en la Universidad de Costa Rica y el proceso relativo al despido del dirigente sindical Sr. Luis Enrique Chacón se encuentran pendientes de resolución.
  4. 32. El Comité toma nota de las informaciones del Gobierno sobre estos procesos y le pide que le transmita las sentencias que se dicten. El Comité toma nota con interés de las diferentes iniciativas y medidas del Ministro de Trabajo y de otras autoridades (proyectos para modificación de la Constitución de la República y de la legislación a través de diferentes proyectos, etc.) para garantizar plenamente la negociación colectiva en el sector público, inclusive a través de proyectos para la ratificación de los Convenios núms. 151 y 154 y observa que un funcionario de la OIT ha prestado asistencia técnica en una de esas iniciativas. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado sobre la evolución de estas cuestiones.
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