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Interim Report - REPORT_NO332, November 2003

CASE_NUMBER 2090 (Belarus) - COMPLAINT_DATE: 16-JUN-00 - Closed

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  1. 301. El Comité examinó el fondo de este caso en varias oportunidades, en que presentó sendos informes provisionales al Consejo de Administración [véase 324.º informe, párrafos 133?218, 325.º informe, párrafos 111-181, 326.º informe, párrafos 210-244, 329.º informe, párrafos 217-281, 330.º informe, párrafos 207-238, y 331.er informe, párrafos 122-168, aprobados por el Consejo de Administración en sus reuniones 280.ª, 281.ª, 282.ª, 285.ª, 286.ª y 287.ª (marzo, junio y noviembre de 2001, noviembre de 2002 y marzo y junio de 2003)]. Se recibieron nuevos alegatos e información complementaria del Sindicato de Trabajadores del Sector de la Radio y la Electrónica (REWU) (2 y 29 de mayo, 5 y 9 de septiembre y 29 de octubre de 2003), del Sindicato de Trabajadores de la Industria Automovilística y de la Maquinaria Agrícola (AAMWU) (2 de junio, 17 de julio, 10 de septiembre, 13 y 31 de octubre de 2003), del Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD) (4 de septiembre de 2003), del Sindicato Libre de Belarús (BFTU) (10 de septiembre de 2003) y del Congreso de Sindicatos Democráticos (30 de octubre de 2003). La Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) remitió nuevos alegatos en comunicaciones de fecha 18 de septiembre y 31 de octubre de 2003.
  2. 302. El Gobierno hizo llegar nuevas observaciones en su comunicación de 11 de septiembre de 2003.
  3. 303. Belarús ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).
  4. 304. Del 8 al 11 de septiembre de 2003, a petición del Gobierno, el Sr. Kari Tapiola, Director Ejecutivo del Sector de Normas y de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, y la Sra. Karen Curtis, Jefa de Sección del Servicio de Libertad Sindical, efectuaron una misión a Belarús a los efectos de tratar las cuestiones planteadas en el caso y las posibles medidas encaminadas a aplicar las recomendaciones del Comité. El informe de la misión figura en el anexo I.
  5. 305. El Comité toma nota, además, de que varios delegados trabajadores entregaron al Secretario General de la 91.ª Conferencia Internacional del Trabajo (junio de 2003) una queja en virtud del artículo 26, contra el Gobierno de Belarús por la inobservancia del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98). La cuestión del posible establecimiento de una comisión de encuesta figura en el orden del día de la actual 288.ª reunión del Consejo de Administración (noviembre de 2003).

A. Examen anterior del caso

A. Examen anterior del caso
  1. 306. En su reunión celebrada en junio de 2003, el Consejo de Administración aprobó las siguientes recomendaciones a la luz de las conclusiones provisionales del Comité:
  2. a) El Comité insta una vez más al Gobierno a que realice investigaciones independientes, que cuenten con la confianza de todas las partes interesadas, de los alegatos de injerencia gubernamental en las elecciones de la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), el Sindicato de Trabajadores del Sector Agrícola (ASWU), la asociación de sindicatos de la región de Brest y la comisión de sindicatos de ciencias y enseñanza de la región de Brest, a fin de rectificar cualquier efecto de su injerencia. El Comité pide firmemente al Gobierno que lo mantenga informado sobre los resultados de estas investigaciones.
  3. b) El Comité insta al Gobierno a realizar investigaciones independientes de los alegatos según los cuales las autoridades estatales y locales han actuado con miras a propiciar la disolución del Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD) y el Sindicato Regional de Empleados de la Cultura de Minsk (MRTUECS), así como de los alegatos de discriminación antisindical relativos a algunos miembros de esas organizaciones, y, de resultar ciertos, le insta a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que se proteja en el futuro a esas organizaciones de toda injerencia y rectificar cualquier acto de discriminación antisindical. El Comité solicita al Gobierno que responda detalladamente a esos alegatos y lo mantenga informado del resultado de las investigaciones.
  4. c) Lamentando tomar nota de los gravísimos alegatos de injerencia en los asuntos internos del sindicato presentados por el Sindicato de Trabajadores del Sector de la Radio y la Electrónica (REWU) en su comunicación de 2 de mayo de 2003, el Comité pide al Gobierno que envíe con carácter urgente sus observaciones al respecto y solicita asimismo al Gobierno que responda detalladamente a los alegatos formulados en las comunicaciones de las organizaciones querellantes en febrero de 2003 relativos a diversos actos de favoritismo hacia la FPB.
  5. d) El Comité insta al Gobierno a hacer todo lo posible para garantizar que las organizaciones representativas de los trabajadores afectados puedan participar de forma efectiva en los distintos órganos existentes en el país para la promoción del diálogo social.
  6. e) Deplorando el hecho de que el Gobierno no haya tomado medidas para dar curso a sus anteriores recomendaciones, el Comité le insta una vez más a:
  7. i) adoptar las medidas necesarias para garantizar que los Sres. Evgenov, Evmenov y Bourgov se reincorporen a sus puestos de trabajo con el pago de los salarios y prestaciones dejados de percibir;
  8. ii) realizar investigaciones independientes de los alegatos de tácticas antisindicales formulados con respecto al Sindicato Libre de GPO Khimvolokno y el Sindicato Libre de la fábrica Zenith;
  9. iii) realizar una investigación independiente de los alegatos de presión administrativa respecto del establecimiento de un sindicato regional de trabajadores de la industria electrónica y de la afiliación de la fábrica Tsvetotron al nuevo sindicato regional;
  10. iv) adoptar las medidas necesarias para registrar el Sindicato Libre de Belarús en la agrupación de empresas de producción estatal Khimvolokno y eliminar todos los obstáculos al registro de sindicatos mencionados en el informe anterior;
  11. v) enmendar el decreto presidencial núm. 8 a fin de que las organizaciones de trabajadores y de empleadores puedan beneficiarse libremente, y sin autorización previa, de la asistencia que puedan prestar las organizaciones internacionales para actividades compatibles con la libertad sindical, y el decreto presidencial núm. 11, de forma que las restricciones impuestas a los piquetes se limiten a los supuestos en que la acción deje de ser pacífica o entrañe una perturbación grave del orden público, y que las sanciones que se impongan en tales casos sean proporcionales a la violación cometida, y
  12. vi) informar de la presunta negativa a emplear al presidente reelecto del Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia de la fábrica de automóviles de Minsk, Sr. Marinich.
  13. El Comité pide al Gobierno que envíe toda la información necesaria en relación con todas las cuestiones arriba expuestas, a fin de que el Comité pueda examinar el presente caso con pleno conocimiento de causa.
  14. B. Alegatos adicionales del querellante
  15. 307. En su comunicación de 2 de mayo de 2003, el Sindicato de Trabajadores del Sector de la Radio y la Electrónica (REWU) señala que el Sr. Kozik, Presidente de la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), ha procurado la destitución del Presidente del REWU, Sr. Fedynich. El REWU afirma que la presidencia de la FPB adoptó una decisión en tal sentido en la que se encomendaba a las organizaciones de base del REWU que celebrasen un congreso extraordinario con el fin de sustituir al Sr. Fedynich. Al parecer, el Viceministro de Industria visitó empresas de Vitebsk y Minsk para presionar en tal sentido a los respectivos comités sindicales y sus representantes.
  16. 308. El REWU recuerda que en el orden del día de la tercera sesión plenaria del Consejo de Sindicatos de la República, celebrada el 19 de diciembre de 2002, figuraba un punto relativo al cumplimiento de las decisiones del Cuarto Congreso Extraordinario de la FPB y del Tercer Congreso del REWU sobre la defensa de los derechos e intereses económicos y sociales de los trabajadores de la rama y el fortalecimiento de la unidad orgánica de los sindicatos. Tanto el Sr. Kozik como el Viceministro de Industria participaron en esa sesión plenaria. Para responder a las presiones ejercidas sobre los representantes de los comités sindicales en el Consejo de Sindicatos, el Sr. Fedynich presentó entonces una moción por la que se agregaba un punto en el orden del día, a fin de expresar un «voto de confianza a G. Fedynich, Presidente del REWU» mediante votación secreta. La sesión plenaria aprobó la moción, pese a la oposición del Sr. Kozik y del Viceministro, por 49 votos a favor y un solo voto en contra. En dicha oportunidad, se decidió no convocar un congreso extraordinario del REWU antes del término del mandato del Sr. Fedynich, en septiembre de 2005.
  17. 309. El REWU declara que si bien seguidamente se concertó un convenio colectivo que contaba con el pleno apoyo de los afiliados, el 27 de marzo de 2003, en el curso de un seminario para altos funcionarios y dirigentes locales sobre el mejoramiento del trabajo ideológico, el Presidente de Belarús presentó un informe en el que daba al Ministro de Industria dos meses de plazo para resolver el problema que representaban los dirigentes de sindicatos de rama, a saber, el del sector de maquinaria agrícola, Sr. Bukhvostov (Presidente del Sindicato de Trabajadores de la Industria Automovilística y de la Maquinaria Agrícola (AAMWU)), y el del REWU, Sr. Fedynich, a quienes catalogó de opositores y enemigos irreconciliables del Estado. El Sr. Kozik añadió al parecer que dichos dirigentes no estaban dispuestos siquiera a cumplir sus deberes fundamentales de sindicalistas y combatían activamente a la sociedad y a la FPB.
  18. 310. Poco después, en su comunicación de 29 de mayo de 2003, el REWU denuncia que funcionarios del Ministerio de Industria ofrecieron al Sr. Fedynich el cargo de director o subdirector de una empresa, a cambio de su renuncia como Presidente del sindicato. La organización añade que la FPB, conjuntamente con el Ministerio de Industria, llevó a cabo la asamblea general constitutiva de la Asociación Industrial de Belarús (BIA), con exclusión de los miembros del REWU y del AAMWU. El REWU piensa que la iniciativa tiene por objeto subordinar a las organizaciones participantes a las estructuras actuales de poder. A este respecto, el REWU señala que el Ministerio de Industria envió telegramas a diversas empresas, ordenando la participación de directores y presidentes de los comités sindicales en dicha asamblea general constitutiva de la BIA. Si bien muchos comités sindicales pasaron por alto la convocatoria, algunas personas participaron, por temor a perder el empleo.
  19. 311. Posteriormente, afirma el REWU, el Viceministro de Industria visitó la fábrica «Monolit» de Vitebsk, para obligar a su director a proponer al comité sindical, afiliado al REWU, que se afiliara a la BIA. Si bien así lo hizo el director, la conferencia rechazó la propuesta. El Viceministro visitó otras empresas industriales, distribuyendo ejemplares de los estatutos de la nueva organización, y los dirigentes de nueve centrales eléctricas recibieron la instrucción de realizar esfuerzos en favor de la adhesión de las respectivas organizaciones de base a la nueva organización profesional.
  20. 312. Por último, en sus comunicaciones de 5 y 9 de septiembre de 2003, el REWU indica que los actos de injerencia no sólo no han cesado, sino que han recrudecido. El Viceministro ha proseguido sus visitas a las fábricas, exhortando a los responsables a adherir a la nueva organización. Diversas medidas se han venido aplicando para presionar a la dirección y, por su intermedio, a los presidentes y demás miembros de los comités sindicales, para hacerlos salir del REWU, entre ellas, amenazas de no renovarles los contratos, anular órdenes de servicio anteriores y no aprobarles viajes oficiales al extranjero. Todo esto tiene lugar sin que se produzca reacción alguna por parte de la FPB, de la que el REWU es miembro, por lo que debería defender sus intereses.
  21. 313. El AAMWU, en una comunicación de fecha 2 de junio de 2003, confirma la información precedente sobre los intentos de destitución de su presidente. La presidencia del Consejo de la FPB decidió solicitar de los órganos ejecutivos del sindicato que destituyeran al Sr. Bukhvostov de su cargo, por haberse quejado ante la OIT. El Presidente de la FPB pidió la inclusión de este punto en el orden del día de la Conferencia Plenaria del AAMWU. No obstante las presiones de que fueron objeto los miembros del Consejo por parte de funcionarios de la ciudad y el distrito y representantes de la empresa, la votación dio por resultado la supresión del punto del orden del día de la Conferencia Plenaria.
  22. 314. Para 2003 existía un acuerdo salarial firmado entre el AAMWU y el Ministerio de Industria y se habían presentado al Gobierno, diversas demandas y propuestas que contaban con el amplio apoyo de los miembros del sindicato. Sin embargo, el 27 de marzo una instrucción del Presidente de la República reclamó la destitución del Presidente del AAMWU (la comunicación del querellante incluye, en anexo, un extracto del mensaje presidencial). El querellante añade que tales instrucciones no se relacionan con la labor del AAMWU o de su Presidente, sino que responden al interés de eliminar a todos quienes sostienen los principios constitucionales, el derecho y la democracia.
  23. 315. El AAMWU señala además, en su comunicación de 17 de julio de 2003, que la administración de la región Oktiabrsky de Mogilev ha denegado el registro del sindicato local de la Fábrica de Automóviles de Mogilev, organización de base del AAMWU, pese a que los interesados presentaron toda la documentación requerida. Se adjunta a la queja una copia de la carta por la que se deniega el registro. En ella, las autoridades se limitan a indicar que la documentación es insuficiente, sin precisar qué documentos faltan. En su comunicación de 10 de septiembre, el AAMWU denuncia que continúan los actos de injerencia en sus asuntos sindicales internos.
  24. 316. En una comunicación de 4 de septiembre de 2003, el Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD) informa sobre la decisión del Tribunal Supremo de 7 de agosto de 2003, por la que se suspenden las actividades de dicha organización. El BPAD explica que, el 7 de agosto de 2003, el Tribunal Supremo falló en favor de una solicitud del Fiscal General de suspender las actividades del sindicato. El Tribunal invocó para ello el artículo 5 de la ley sobre los sindicatos, en virtud del cual pueden suspenderse las organizaciones sindicales cuyas actividades se consideren inconstitucionales o de otro modo ilícitas. El Tribunal Supremo consideró contrario a la ley el hecho de que el sindicato no tuviera el número mínimo de 500 afiliados, exigido a los sindicatos de cobertura nacional.
  25. 317. El BPAD cuestiona la decisión del Tribunal Supremo basándose en lo siguiente: 1) en 1999, el BPAD procedió a registrarse nuevamente ante el Ministerio de Justicia, de conformidad con el decreto presidencial núm. 2, de 26 de enero de 1999, y 2) el procedimiento de suspensión de las actividades del sindicato ha tenido lugar por instigación del Presidente del Comité Estatal de Aeronáutica, Sr. F.F. Ivanov, quien reiteradamente ha intervenido en tal sentido y por consideraciones políticas ante el Ministerio de Justicia, revelando los verdaderos motivos por los cuales, en su opinión, el sindicato debía clausurarse. Una copia de una carta enviada por el Sr. Ivanov al Ministro de Justicia el 14 de julio de 2003 se incluye en la queja. En dicha carta, el Sr. Ivanov manifiesta:
  26. ... la respuesta de su Ministerio (de Justicia) de 17 de octubre de 2002 (núm. 06?11/12441), que lleva la firma del Jefe del Departamento de Aviación Civil Sr. M.M. Sukhinin, no satisface la inquietud del Comité Estatal de Aeronáutica de manera clara e inequívoca. Esta forma de tratar el problema en el Ministerio de Justicia crea las condiciones para el establecimiento de sindicatos libres e independientes en todas las entidades del sector, lo que atenta contra la capacidad del sector de la aviación civil de desarrollar sus tareas y va en contra de lo que el Presidente Lukashenko pide de los sindicatos.
  27. Los dirigentes del Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD) prosiguen sus esfuerzos de desestabilización de la situación, no sólo a nivel del sindicato, sino en todo el sector (envío adjunto una copia de la queja del BPAD). Viktor Grigorevich [Ministro de Justicia], le ruego encarecidamente que ayude a resolver este problema reexaminando el caso de la legalidad del registro del sindicato.
  28. 318. El BPAD señala que ninguna prueba se presenta en apoyo a estos alegatos. Por el contrario, el Jefe del Departamento de Asociaciones Civiles del Ministerio de Justicia, Sr. Sukhinin, había respondido antes al Presidente del Comité Estatal de Aeronáutica en los siguientes términos:
  29. El Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús tiene presencia nacional, ya que, en el momento de registrarse nuevamente, contaba con más de 500 afiliados en cinco regiones y la ciudad de Minsk (párrafo 3 del decreto presidencial núm. 2, de 26 de enero de 1999) y no se requiere conformidad con criterio alguno de estructura o composición a los efectos de reconocerle representatividad o autonomía contable (artículo 7 de la ley sobre los sindicatos).
  30. En nuestra opinión, las conclusiones [del Presidente del Comité Estatal de Aeronáutica] se basan en prejuicios personales, y no en el deseo de cumplir lo dispuesto en los artículos 23 y 28 de la ley sobre los sindicatos.
  31. Lo antedicho demuestra que el nuevo registro se justifica y se ajusta a los preceptos legales, y que no correspondía adoptar la decisión de denegarlo.
  32. 319. El BPAD formula otras varias objeciones de procedimiento y sobre cuestiones jurídicas para atacar el fallo del Tribunal Supremo. Añade que había convocado a testigos que podían dar crédito de las presiones ejercidas sobre los miembros del sindicato para que se desafiliaran y adhirieran al sindicato oficial (dicho testimonio figura en la comunicación del BPAD de 4 de septiembre). Los testigos denuncian diversos métodos ilegales empleados, entre ellos: despido de miembros del BPAD (tres en total), amenazas de despido mediante conversión obligatoria a nuevas modalidades contractuales, amenazas de evaluación tendenciosa, informaciones falsas a los miembros del BPAD acerca de la presunta ilegalidad del sindicato, etc. El Fiscal General pasó por alto estas declaraciones, y el tribunal tampoco las tuvo en cuenta. Asimismo, el BPAD sostiene que hablar del número de afiliados al sindicato en medio de semejante clima de terror imperante contra ellos carece de sentido. Según el BPAD, la decisión en cuestión responde a motivos políticos y demuestra la ausencia de un sistema judicial independiente en Belarús.
  33. 320. En una comunicación de fecha 10 de septiembre de 2003, el Sindicato Libre de Belarús (BFTU) sostiene que su existencia y actividades en la República de Belarús son objeto de una prohibición de hecho. Adjunta al respecto una lista que comprende las siguientes 31 organizaciones de base afiliadas al BFTU no registradas: organización de base de los trabajadores de la Fábrica de Automóviles de Mogilev; organización de base de los trabajadores de la sociedad anónima mixta «Stroitrest núm. 12» de Mogilev; organización de base de trabajadores y pequeños empresarios de Mogilev; organización de base de trabajadores de la cooperativa de producción «Parikmakherskaya Kristina» de Mogilev; organización de base de trabajadores de la cooperativa de producción «Parikmakherskaya Uspekh» de Mogilev; organización de base de trabajadores de la cooperativa de producción «Parikmakherskaya Pavlinka» de Mogilev; organización de base de trabajadores de la sociedad anónima mixta «Zavod iskusstvennogo volokna im. V.V. Kuibyshev» de Mogilev; organización regional de Mogilev del Sindicato Libre de Belarús; organización de base de la sociedad anónima mixta «Khimvolokno» de Grodno; organización de base de trabajadores de la empresa mixta «Samana Plus» de Mosty; organización de base de trabajadores de la empresa unitaria nacional de industria y comercio «Orshansky Inokombinat»; organización de base de la empresa unitaria municipal de mantenimiento de viviendas «Orsha–Zhilfond» del Comité Ejecutivo Municipal de Orsha; organización de base de trabajadores de la empresa unitaria municipal «Orshateploset»; organización de base de trabajadores de la empresa unitaria nacional de producción de la fábrica «Avtogidrousilitel» de Borisov; organización de base de trabajadores de la empresa «Stekovolokno» de Polotsk; organización de base de trabajadores de la empresa unitaria municipal de vivienda y servicios de Novopolotsk; organización de base de trabajadores de la central de energía térmica de Novopolotsk; organización de base de trabajadores de la asociación de producción «Naftan» de Novopolotsk; organización de base de trabajadores de la escuela secundaria núm. 7 de Novopolotsk; organización de base de trabajadores de la escuela secundaria núm. 4 de Novopolotsk; organización de base de trabajadores de la escuela secundaria núm. 10 de Polotsk; organización regional de Novopolotsk y Polotsk del Sindicato Libre de Belarús; organización de base de trabajadores del hospital central de distrito de Gantsevichi; organización de base de trabajadores de la fábrica de producción automática en cadena de Baranovichi; organización de base de trabajadores del Instituto Técnico de Baranovichi de la Unión de Cooperativas de Consumo de la República de Belarús (Belkoopsoyuz); organización regional de Baranovichi del Sindicato Libre de Belarús; fábrica de automóviles de Minsk, afiliada al Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia; fábrica de tractores de Minsk, afiliada al Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia; fábrica de productos electrotécnicos de Minsk, afiliada al Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia; fábrica de motores de Minsk, afiliada al Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia.
  34. 321. En una comunicación de fecha 18 de septiembre de 2003, la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) señala a la atención del Comité que, ese día, el Tribunal Regional de Minsk había sentenciado al presidente del Congreso de Sindicatos Democráticos, Alexander Yaroshuk, a diez días de prisión por presunta «ofensa al Tribunal Supremo de Belarús».
  35. 322. A modo de antecedentes, la CIOSL explica que, unas semanas antes, Alexander Yaroshuk había protestado, en el periódico Narodnaja volja, contra la decisión del Tribunal Supremo de anular el registro legal del Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD), a raíz de la cual el sindicato tuvo que disolverse. La publicación de la entrevista con el Sr. Yaroshuk en Narodnaja volja dio lugar a una acción judicial, que condujo a la sentencia mencionada.
  36. 323. La CIOSL destaca que el Sr. Yaroshuk es un respetado dirigente sindical, de una organización con la cual coopera regularmente desde hace varios años, y que su único acto consistió en defender el derecho de un sindicato bien establecido a existir y desarrollar sus actividades, en plena armonía con la ley. La CIOSL sostiene que la sentencia dictada contra el Sr. Yaroshuk es otra prueba de que las autoridades de Belarús no reconocen los principios más elementales de libertad sindical ni el derecho fundamental a la libertad de expresión.
  37. 324. En su comunicación de fecha 13 de octubre de 2003, la AAMWU alega la continua interferencia por parte de las autoridades en las cuestiones sindicales, incluyendo la negativa a registrar y, en ciertos casos, la cancelación del registro de organizaciones sindicales de primer grado de la AAMWU y la REWU. En su comunicación de fecha 29 de octubre de 2003, la REWU alega actos similares de interferencia destinados a que las organizaciones de primer grado se desafilien de la REWU y se afilien a la nueva organización sindical así como esfuerzos continuos para desacreditar a los dirigentes sindicales Sres. Bukhvostov y Fedynich a través de los medios de comunicación. La REWU alega además que las proposiciones para discutir sobre estos actos de interferencia por parte de las autoridades y para expresar apoyo a estas dos organizaciones en el Plenario de la FPB no fueron apoyadas por el presidente de la FPB.
  38. 325. En su comunicación de fecha 30 de octubre de 2003, la CDTU declara que el 9 de octubre de 2003, el presidente Sr. Yaoshuk se vio impedido de asistir a una reunión del Consejo Nacional para las Cuestiones Laborales y Sociales. Además condena la detención administrativa del Sr. Yaroshuk el 18 de septiembre de 2003. Finalmente, añade que el 17 de octubre de 2003, el Sr. Odynets, abogado de la CDTU fue puesto también bajo detención administrativa durante 5 días por faltar el respeto a la Corte.
  39. 326. En su comunicación de fecha 31 de octubre de 2003, la AAMWU censura la condena al Sr. Bukhvostov a 10 días de detención administrativa por llevar a cabo piquetes con el fin de llamar la atención de la sociedad de Belarús, de los dirigentes nacionales y de la comunidad internacional respecto de la violación de los derechos sindicales en Belarús.
  40. 327. En su comunicación de fecha 31 de octubre de 2003, la CIOSL expresa su profunda preocupación por la condena del Sr. Bukhvostov a 10 días de detención administrativa y a otros métodos utilizados tanto en el seno de la FPB como fuera de ella para debilitar la posición del Sr. Bukhvostov y para reprimir aún más la voz de los sindicatos independientes en Belarús. Otro dirigente sindical, Sr. Komlik de la REWU también habría sido detenido en conexión con el arresto del Sr. Bukhvostov pero fue liberado. La CIOSL añade su preocupación por el delicado estado de salud del Sr. Bukhvostov.
  41. C. Nueva respuesta del Gobierno
  42. 328. En su comunicación de 11 de septiembre de 2003, el Gobierno expresa su interés en dar solución al Caso núm. 2090 y en cooperar con la OIT. Señala que los comentarios siguientes se elaboraron tras consultar a los sindicatos y las organizaciones de empleadores.
  43. 329. En lo que se refiere al decreto presidencial núm. 2, sobre algunas medidas destinadas a reglamentar la actividad de partidos políticos, sindicatos y otras organizaciones civiles, el Gobierno recuerda que el decreto de 26 de enero de 1999 se promulgó tras la adopción de las nuevas versiones del Código Civil y el Código de la Vivienda. El decreto establece que, para la creación y actividad de un sindicato de ámbito republicano (nacional), se requiere un mínimo de 500 miembros fundadores, provenientes de la mayoría de las divisiones territoriales y administrativas del territorio abarcado, y que la fundación de un sindicato requiere la participación de por lo menos el 10 por ciento del número total de trabajadores de una empresa, diez como mínimo. Esta última condición es el único requisito exigido para establecer un sindicato. El Gobierno no considera que el 10 por ciento sea una proporción exagerada e indica que el requisito sólo se aplica al establecimiento de sindicatos independientes (y no secciones sindicales). El Gobierno señala además que, puesto que el artículo 11 del reglamento que rige el registro del Estado es explícito sobre los casos particulares en que dicho registro puede denegarse, las autoridades competentes no pueden actuar en forma discrecional en este campo. Además, en caso de denegación del registro, es posible apelar contra la decisión de las autoridades.
  44. 330. Hasta la fecha, no se ha denegado el registro a ningún sindicato; un total de 20.197 organizaciones de base han obtenido el registro. Sólo hubo 59 casos de negativa de registro de organizaciones de base desde la promulgación del decreto en cuestión. El Gobierno indica que uno de los motivos de denegación ha sido el incumplimiento de la obligación de suministrar un domicilio legal. Con el fin de mejorar la legislación del trabajo, el Gobierno colabora con todos los órganos interesados de la administración nacional: Ministerio de Trabajo y Protección Social, Ministerio de Justicia, Ministerio de Industria y Ministerio de Relaciones Exteriores. También consulta a los sindicatos y las organizaciones de empleadores.
  45. 331. En relación con el decreto presidencial núm. 8, el Gobierno reitera sus comentarios anteriores y declara que dicho decreto no ha impedido a los sindicatos recibir donaciones del exterior destinadas a desarrollar actividades legales y que no se ha presentado ningún caso de rechazo de solicitud de registro de donación del exterior ni de uso indebido de tal ayuda.
  46. 332. En cuanto al decreto presidencial núm. 11, el Gobierno indica que, a los efectos de sistematizar las normas (leyes) que rigen las actividades públicas, el 7 de agosto de 2003 se adoptó la ley sobre asambleas, reuniones, cortejos, manifestaciones y piquetes, por la que se modifica la ley sobre reuniones públicas, cortejos, manifestaciones y piquetes. En todo caso, el Gobierno declara que, tras la promulgación del decreto núm. 11, no se produjo ningún caso de disolución de sindicatos por contravenir los procedimientos en vigor para la celebración de manifestaciones públicas en Belarús.
  47. 333. El Gobierno señala además que, conforme al reglamento del Consejo Nacional para Asuntos Laborales y Sociales (NCLSI), órgano consultivo en el que participan en pie de igualdad representantes del Gobierno, las organizaciones de empleadores y los sindicatos, la representación sindical en dicho órgano es proporcional. El Gobierno establece que los sindicatos de la FPB tienen muchos más afiliados que los del Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU). Teniendo en cuenta el número de afiliados del CDTU (4.000), esta organización no podría aspirar a una representación en el NCLSI. No obstante, se le ha reservado un puesto. El representante del CDTU participó en la reunión del NCLSI del 9 de agosto de 2002, pero no así en las dos últimas reuniones. También a nivel regional existen órganos tripartitos. Como los sindicatos miembros de la FPB representan el 98 por ciento del total de trabajadores sindicalizados de Belarús, estos sindicatos ocupan principalmente la representación en los consejos regionales. En la medida de lo posible también se invita a sindicatos no afiliados a la FPB a participar en los órganos consultivos. Tal es el caso, por ejemplo, del Consejo Coordinador del Distrito Vitebskiy de Novopolotsk.
  48. 334. En lo que se refiere a la elección del Presidente de la FPB, el Gobierno indica que ha vuelto a examinar la cuestión. Como ya lo señalara en sus observaciones anteriores, las elecciones tuvieron lugar de conformidad con los propios estatutos de los sindicatos y sin contravenir la legislación nacional.
  49. 335. En relación con la elección del presidente del Sindicato de Trabajadores del Sector Agrícola (ASWU), el Gobierno observa, una vez más, que el Sr. Yaroshuk fue relevado en su cargo de Presidente del Comité Nacional del Sindicato en la sesión plenaria de este Comité celebrada el 10 de septiembre de 2002, por 34 votos a favor, uno en contra y cinco abstenciones. Como los estatutos del sindicato no prevén un procedimiento de elección del presidente u otros dirigentes durante el período entre dos congresos, en dicha sesión plenaria se abordó asimismo la cuestión de la interpretación de las disposiciones estatutarias. Se decidió que, conforme a la práctica usual, la facultad de elegir o destituir al presidente del Comité Nacional del Sindicato debía incumbir al propio Comité Nacional (43 votos a favor de esta interpretación y dos votos en contra). Posteriormente, el 26 de marzo de 2003, el Sr. Naumchik fue electo Presidente del Comité.
  50. 336. En lo tocante a las elecciones sindicales en el distrito de Brest, el Gobierno reitera que el Sr. Mironchik fue relevado en su cargo de Presidente de la Asociación Sindical del Distrito de Brest por decisión de una asamblea general de dicha asociación, y que el Sr. Kovsh fue relevado en su cargo de Presidente del Comité del Distrito de Brest del Sindicato de Trabajadores de la Educación y la Ciencia atendiendo a su propia petición, por haberse jubilado.
  51. 337. En cuanto al establecimiento de la organización sindical de empleados de la cultura de la ciudad de Minsk, el Gobierno señala que el Sr. Mamonko preside una de las secciones sindicales de la organización regional de empleados de la cultura del distrito de Minsk, y no un sindicato independiente. Actualmente muchas organizaciones sindicales de rama profesional cuentan en sus estructuras con organizaciones del distrito y de la ciudad de Minsk. La creación de una sección compete al órgano ejecutivo de cada sindicato. La organización de empleados de la cultura de la ciudad de Minsk fue establecida por decisión de la presidencia del Comité Nacional del sindicato, de conformidad con sus estatutos. El Sr. Mamonko participó en los debates de la presidencia, oponiéndose a la creación de la organización de empleados de la cultura de la ciudad de Minsk. Sin embargo, los demás miembros de la presidencia no lo apoyaron. El Gobierno hace notar que la creación del sindicato en la ciudad de Minsk no dio lugar a la disolución de la organización distrital, de la cual el Sr. Mamonko sigue siendo presidente. El Gobierno facilita una copia de la decisión de la presidencia del Comité Nacional del Sindicato de Empleados de la Cultura de Belarús, junto con su estructura interna.
  52. 338. En lo que se refiere a la disolución del Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD), el Gobierno señala que el Ministerio de Justicia había registrado dicha organización en calidad de sindicato nacional. El decreto presidencial núm. 2 fija un mínimo de 500 trabajadores para establecer un sindicato nacional. Después de su registro, el BPAD ha perdido afiliados. En febrero de 2003, sólo contaba con 282 miembros. No obstante, la organización siguió actuando como sindicato nacional. Teniendo esto en cuenta y a fin de cumplir con las disposiciones legales, el 12 de marzo de 2003 la Oficina del Fiscal General de la República de Belarús aconsejó a este sindicato que reconsiderara su condición y se registrara como sindicato de diferente nivel, conforme al número de miembros y la esfera de su actividad. El 8 de abril de 2003, el Presidente del BPAD rechazó tal sugerencia. Por consiguiente, el Fiscal General solicitó del Tribunal Supremo que suspendiera las actividades de dicho sindicato, de conformidad con el artículo 5 de la ley sobre los sindicatos. El 7 de agosto de 2003, el Tribunal Supremo decidió suspender las actividades del BPAD. El Gobierno facilita en su comunicación el fallo del Tribunal en esta causa.
  53. 339. En lo que se refiere al establecimiento del sindicato de trabajadores industriales, el Gobierno observa que ya en 2000 varios sindicatos de la industria, que por entonces habían concertado sendos acuerdos salariales con el Ministerio de Industria, habían propuesto la creación de un Sindicato de Trabajadores Industriales de Belarús. La propuesta contó con el apoyo del entonces Presidente de la FPB, Sr. Goncharik. Tampoco los dirigentes de los sindicatos de la industria, entre ellos el Sr. Bukhvostov y el Sr. Fedynich, se opusieron. Sin embargo, en ese momento los dirigentes de los sindicatos de la industria no consiguieron definir una posición común en cuanto a la estructura de la asociación. El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Automovilística y de Maquinaria y Aparatos desempeñó el papel más activo en la creación de la nueva organización. La Asociación Industrial de Belarús se fundó el 28 de mayo de 2003 incluyendo en sus filas también a dicho sindicato, junto con otros sindicatos no afiliados a las organizaciones industriales nacionales, como los sindicatos de la Fábrica de Automóviles de Minsk, AO «Atlant», Fábrica Metalúrgica Belarusa de Jlobin, sindicato regional «Integral» y otros.
  54. 340. Por otra parte, en relación con el establecimiento del sindicato regional de trabajadores del sector de la electrónica «Integral», el Gobierno reitera sus declaraciones anteriores al respecto, así como sobre la cuestión de la desafiliación de la organización sindical de base en la fábrica «Tsvetotron» de Brest de la organización de rama de los trabajadores de la industria radioelectrónica. Una vez más, el Gobierno señala que el motivo de la desafiliación reside en el desacuerdo entre la organización sindical de base y la organización de rama acerca de las contribuciones al comité nacional del sindicato. Actualmente, el sindicato regional de trabajadores del sector de la electrónica «Integral» está afiliado a la Asociación Industrial de Belarús, de reciente formación.
  55. 341. El Gobierno reitera sus comentarios anteriores sobre el despido de los Sres. Evmenov, Bourgov y Evgenov. Una vez más, el Gobierno señala que el despido del Sr. Evmenov no se debió a su negativa a organizar el «subbotnik» de abril de 1999, sino al incumplimiento de las obligaciones derivadas de su contrato de trabajo. El Gobierno sostiene que el despido de dichos trabajadores se ajustó plenamente a la legislación en vigor, hecho que los tribunales han confirmado más de una vez. El Gobierno indica asimismo que la investigación efectuada por la inspección del trabajo determinó que el Sr. Evmenov había trabajado en la empresa DU KPP «Rayservice» de Ossipovichi en cumplimiento de un contrato temporal. Al término del mismo, el Sr. Evmenov fue despedido.
  56. 342. El Gobierno también se remite a sus respuestas anteriores, en las que había señalado la falta de pruebas en apoyo de los alegatos según los cuales miembros del Sindicato Libre de Belarús pertenecientes a la asociación de producción «Grodno Khimvolokno» y de la fábrica «Zenith» de Mogilev habrían sido amenazados de despido. El Gobierno afirma que ningún trabajador fue despedido en dichas fábricas, salvo el Sr. Popov (despedido el 2 de septiembre de 2002 por motivos de reducción del personal) y el Sr. Tcherney, Presidente de la organización de base del Sindicato Libre de Belarús, por haber expirado su contrato. En lo que se refiere al Sr. Marinich, ex Presidente del Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia de la Fábrica de Automóviles de Minsk, el Gobierno indica que la empresa «Tourtranse» lo había contratado por dos meses. Al término de este plazo, sin embargo, el Sr. Marinich no fue despedido y todavía trabaja en dicha empresa. El Gobierno presenta documentos en apoyo de esta información.

D. Conclusiones del Comité

D. Conclusiones del Comité
  1. 343. El Comité constata que los alegatos pendientes y nuevos alegatos de este caso se refieren a las siguientes cuestiones: injerencia de las autoridades en las actividades y elecciones sindicales, en particular en relación con la presidencia de la federación sindical y ulterior favoritismo; persistencia de la injerencia en los asuntos internos de las organizaciones REWU, AAMWU, CDTU y Sindicato Regional de Empleados de la Cultura de Minsk (MRTUECS), así como la disolución final del sindicato BPAD por orden del Tribunal Supremo; detención del Presidente del CDTU por haber ejercido la libertad de expresión en defensa de los derechos sindicales; detención administrativa del abogado del CDTU y del presidente del AAMWU; despidos y posterior inclusión en listas negras para el empleo de los Sres. Evgenov, Evmenov y Bourgov; obstáculos al registro de sindicatos en virtud del decreto presidencial núm. 2 y ausencia de registro de organizaciones de base del BFTU; finalmente, injerencia en el derecho de las organizaciones de obreros y empleados a organizar sus actividades, en virtud de los decretos presidenciales núms. 8 y 11.
  2. 344. El Comité toma nota del informe de la misión de la OIT a Belarús, efectuada del 8 al 11 de septiembre de 2003, y agradece a la misión su informe, que aporta importantes informaciones relativas al contexto del movimiento sindical en el país y las diferentes opiniones existentes sobre las modalidades de su funcionamiento.
  3. 345. En lo que se refiere a la recomendación de llevar a cabo una investigación independiente acerca de varias elecciones sindicales realizadas en el país, el Comité debe deplorar que, pese a los consejos de la misión sobre las medidas que debían adoptarse para aplicar las recomendaciones del Comité, la última respuesta del Gobierno persista en señalar únicamente la conformidad de los hechos en cuestión con las disposiciones estatutarias y la legislación pertinente, sin abordar ninguno de los aspectos relacionados con las circunstancias que habrían rodeado dichas elecciones y la influencia de la injerencia oficial en el proceso electoral. Además, el Gobierno tampoco ha facilitado hasta ahora una indicación sobre las medidas que cabía prever a los efectos de abrir investigaciones independientes de las situaciones denunciadas, no obstante la invitación que el Comité le formulara en tal sentido en su reunión de noviembre de 2002 [véase 329.º informe, párrafos 269-275].
  4. 346. El Comité toma debida nota de lo afirmado por el Gobierno a la misión sobre que, fuera de vigilar el correcto uso de los procedimientos electorales, poco puede hacer el Gobierno para intervenir en un conflicto interno del movimiento sindical. El Comité desea sin embargo recordar que, si bien no tiene competencia para examinar los conflictos suscitados dentro de las diversas tendencias de un movimiento sindical, una queja contra otra organización, en caso de estar redactada en términos suficientemente precisos que permitan su examen en cuanto al fondo, puede comprometer al gobierno del país interesado, por ejemplo, si los actos de la organización contra la que se presenta la queja están injustamente apoyados por el Gobierno, o si por su naturaleza deben ser evitados por el Gobierno, por el hecho de haber ratificado un convenio internacional del trabajo [véase Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, cuarta edición, 1996, párrafo 964]. En el caso que nos ocupa, los alegatos se refieren no sólo al apoyo injusto del Gobierno a determinadas acciones, sino incluso a la instigación por parte del Gobierno de varios ataques producidos en el seno del movimiento sindical.
  5. 347. Al respecto, el Comité se ve obligado a observar que no sólo no se han tomado medidas para investigar los alegatos sobre injerencia del Gobierno en las elecciones sindicales de la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), el Sindicato de Trabajadores del Sector Agrícola (ASWU) y las dos organizaciones de Brest, sino que los querellantes han presentado alegatos adicionales sobre la persistencia de la injerencia oficial en sus organizaciones. En particular, el Comité deplora que, según los alegatos del Sindicato de Trabajadores del Sector de la Radio y la Electrónica (REWU) y del Sindicato de Trabajadores de la Industria Automovilística y de Maquinaria Agrícola (AAMWU), a fines de 2002 el Presidente de la FPB procuró la destitución de sus dirigentes de sus cargos, por haber adherido a la presente queja. Al fracasar estos intentos, alegan el REWU y el AAMWU, en marzo de 2003 el Presidente de Belarús habría dado instrucciones al Ministro de Industria para que adoptara las medidas necesarias con el fin de resolver el problema que representaban ambos dirigentes. El Comité lamenta que el Gobierno no haya facilitado ninguna información sobre tales instrucciones, ni siquiera para desmentir su existencia. El Comité subraya la importancia que otorga al principio según el cual nadie debe ser perjudicado en forma alguna por presentar una queja ante la OIT y pide al Gobierno que tome todas las medidas necesarias para garantizar el respeto de este principio.
  6. 348. Los querellantes dan luego detalles de los esfuerzos desplegados por el Viceministro de Industria en cumplimiento de esas instrucciones, a los efectos de presionar a directores de fábrica y sindicalistas, para que abandonasen el REWU y el AAMWU en beneficio de la nueva Asociación Industrial de Belarús (BIA). Al respecto, el Comité observa que componen la BIA varios sindicatos escindidos del REWU y del AAMWU que habían sido objeto anteriormente de alegatos en materia de injerencia, por lo que el Comité había solicitado llevar a cabo una investigación independiente, particularmente en lo que se refiere a la creación de un nuevo sindicato regional de trabajadores en la asociación de investigación y producción «Integral» y la desafiliación del REWU de la organización de base de la fábrica «Tsvetotron» de Brest [véase 325.º informe, párrafos 169-171]. Con respecto a estas escisiones sindicales, el Gobierno, en su última respuesta, insiste en señalar la libertad de opción de los trabajadores, que pueden crear nuevos sindicatos, pero no menciona ninguna medida prevista para abrir una investigación independiente de las circunstancias en que dicha libertad de opción se materializó, circunstancias que en su momento habían suscitado críticas del fiscal de distrito [véase 325.º informe, párrafo 170].
  7. 349. El Comité debe hacer notar también los nuevos alegatos sobre injerencia presentados por el Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD), así como la información que recibiera la misión de la OIT por parte del Presidente del Comité Sindical Regional de Empleados de la Cultura de Minsk (MRTUECS). El Comité recuerda en tal sentido que, en sus recomendaciones precedentes, había solicitado del Gobierno que instituyera investigaciones independientes para tratar dichos alegatos, adoptara las medidas del caso para asegurar la protección de las organizaciones mencionadas contra toda nueva injerencia y remediara los posibles efectos de tales injerencias [véase 331.er informe, párrafos 161 y 162]. Pese a ello, posteriormente el BPAD fue disuelto por el Tribunal Supremo. El Gobierno, en su respuesta, no suministra ninguna indicación de que se hayan adoptado medidas para iniciar una investigación independiente de los alegatos del BPAD acerca de presiones ejercidas sobre sus miembros para desafiliarse del sindicato, limitándose a constatar que el número de afiliados ha descendido hasta tal punto, que la organización ha perdido representatividad nacional.
  8. 350. El Comité debe expresar su particular consternación por la ausencia aparente de esfuerzos por parte del Fiscal General, autor de la propuesta de disolución, o del Tribunal Supremo, que decidió tal disolución, para investigar los alegatos del BPAD acerca de que miembros del sindicato se habrían desafiliado únicamente debido a las presiones e intimidaciones ejercidas sobre ellos por el empleador y el Presidente del Comité Estatal de Aeronáutica. En relación con esto, el Comité debe deplorar los términos de la carta dirigida por el Presidente del Comité Estatal de Aeronáutica al Ministro de Justicia en julio de 2003, que atentan contra el más elemental derecho a fundar sindicatos libres e independientes y relacionan la propuesta de disolución del BPAD con demandas formuladas por el Presidente de Belarús.
  9. 351. Por lo antedicho, el Comité lamenta tener que concluir que el Gobierno no tenía el real propósito de adoptar las medidas necesarias para que investigadores independientes, dignos de la confianza de las partes involucradas, se ocuparan de estos gravísimos alegatos. El Comité observa además con gran preocupación que, según los querellantes, se mantiene la injerencia gubernamental desde el más alto nivel.
  10. 352. En tales circunstancias, el Comité sólo puede instar una vez más al Gobierno a adoptar inmediatamente las medidas necesarias que permitan instituir investigaciones independientes, que merezca la confianza de todas las partes involucradas, a fin de tratar los alegatos de injerencia en los procesos electorales de la FPB, el ASWU, la Asociación Sindical Regional de Brest y el Comité Regional de Brest de Sindicatos de la Ciencia y la Cultura, así como la injerencia destinada a debilitar la representación del REWU, el AAMWU, el BPAD y el MRTUECS, y con el objeto de remediar todos los efectos que dichas injerencias hubieran tenido. El Comité hace además hincapié en la necesidad de adoptar inmediatamente al más alto nivel todas las medidas encaminadas a hacer cesar las presiones e injerencias de las que, en forma reiterada, son objeto por parte de ministerios y directores de empresas los dirigentes y los miembros de las organizaciones REWU, AAMWU, BPAD y MRTUECS.
  11. 353. En relación con su anterior solicitud de información sobre el grado en que otras organizaciones representativas de los trabajadores, como las que se mencionan en la queja, participan en los diversos órganos tripartitos nacionales, el Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que se reserva un puesto en el Consejo Nacional para Asuntos Laborales y Sociales (NCLSI) para el Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU), aun cuando esta organización sólo represente 4.000 miembros. Por otro lado, el Comité observa que, según la respuesta del Gobierno, el CDTU no participa en las labores del NCLSI desde agosto de 2002. De las impresiones expresadas en el informe de la misión se desprende que quizás los querellantes consideren que la injerencia en los asuntos internos de los sindicatos ha alcanzado tal magnitud, que deja poco espacio a la confianza entre las organizaciones querellantes, el Gobierno y la federación principal, FPB. Asimismo, el Comité lamenta tomar nota de los recientes alegatos presentados por el CDTU según los cuales, a pesar de las seguridades dadas por el Gobierno, no se permitió al presidente del CDTU asistir a la reunión del HCLSI celebrada el 9 de octubre de 2003. El Comité recuerda que es indispensable el desarrollo de organizaciones libres e independientes y la negociación con el conjunto de los integrantes del entramado social para que un gobierno pueda afrontar los problemas económicos y sociales, y resolverlos de la mejor manera en interés de los trabajadores y de la nación [véase Recopilación, op. cit., párrafo 24], e insta al Gobierno a que asegure la realización de investigaciones independientes sobre los numerosos alegatos de injerencia presentados (incluida la reciente exclusión del CDTU del NCLSI), y a que remedie todas las consecuencias de tales injerencias.
  12. 354. El Comité lamenta además profundamente que, apenas una semana después de la misión de la OIT en septiembre, se haya sentenciado al Presidente del CDTU a diez días de detención administrativa por «ofensa al Tribunal Supremo» a raíz de un artículo suyo publicado en un periódico, en el que criticaba la decisión del Tribunal Supremo de disolver el BPAD. El Comité recuerda que el derecho a expresar opiniones en la prensa o por otros medios es un aspecto esencial de los derechos sindicales. Por otra parte, la detención de dirigentes o miembros de los sindicatos por motivos relacionados con sus actividades de defensa de los intereses de los trabajadores constituye una grave violación de las libertades públicas en general y los derechos sindicales en particular [véase Recopilación, op. cit., párrafos 153 y 71]. El Comité exhorta al Gobierno a adoptar todas las medidas necesarias para que los dirigentes sindicales puedan ejercer plenamente en el futuro, sin temor a las represalias, su libertad de expresión.
  13. 355. Frente a la detención del Sr. Yaroshuk, el Comité lamenta verse obligado a manifestar su preocupación por el hecho de que la detención administrativa de dirigentes sindicales es cada vez más frecuente. En este sentido, condena la detención durante 10 días del Sr. Bukhvostov, presidente del AAMWU, efectuada el 31 de octubre de 2003, y la detención durante 5 días del Sr. Odynets, abogado del CDTU, el 17 de octubre de 2003. El Comité recuerda que si bien las personas dedicadas a actividades sindicales, o que desempeñen un cargo sindical, no pueden pretender a la inmunidad respecto de las leyes penales ordinarias, las autoridades públicas no deben basarse en las actividades sindicales como pretexto para la detención o prisión arbitraria de sindicalistas. Asimismo, las medidas de arresto de sindicalistas pueden crear un clima de intimidación y temor que impida el desenvolvimiento normal de las actividades sindicales [véase Recopilación, op. cit., párrafos 83 y 76]. En consecuencia, el Comité insta al Gobierno a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que en el futuro los dirigentes sindicales no estarán sujetos a detención por el ejercicio de sus derechos fundamentales de libertad sindical.
  14. 356. En relación con el despido de tres dirigentes sindicales, los Sres. Evgenov, Evmenov y Bourgov, el Comité lamenta tener que observar nuevamente que el Gobierno no suministra ninguna nueva información sobre las medidas destinadas a reintegrar a dichas personas y se limita a declarar que su despido no estaba vinculado a la cuestión del «subbotnik» (trabajo voluntario no remunerado), sino de incumplimiento de sus obligaciones contractuales. El Comité debe recordar, en primer lugar, que había examinado esta cuestión en 2001, en cuya oportunidad señaló que los Sres. Bourgov y Evmenov habían sido despedidos por ausentarse del trabajo en un día de asueto [véase 325.º informe, párrafos 175 y 176]. En cuanto a los nuevos alegatos relativos al acoso permanente de que es objeto el Sr. Evmenov en materia de oportunidades de empleo, el Comité constata que el Gobierno se limita a declarar que, en su caso, se trataba de un contrato temporal y que, por lo tanto, era lógico que llegara a un término. No se desprende sin embargo que el Gobierno haya investigado efectivamente los alegatos relativos a discriminación antisindical e inclusión de esos sindicalistas en listas negras. Por consiguiente, el Comité debe instar una vez más al Gobierno a adoptar las medidas del caso para que los Sres. Evgenov, Evmenov y Bourgov recuperen sus puestos y se les compense plenamente las eventuales pérdidas de salarios y prestaciones.
  15. 357. En relación con los decretos presidenciales núms. 2 (Reglamentación de las actividades de los partidos políticos, sindicatos y otras asociaciones civiles), 8 (Modalidades para la recepción de ayuda exterior bajo la forma de donaciones) y 11 (Procedimientos para la celebración de asambleas, mítines, cortejos y otras manifestaciones de masas), el Comité lamenta observar que el Gobierno se limita a consignar el registro de más de 20.000 organizaciones sindicales de base y a declarar que no se ha denegado ninguna solicitud de recepción de ayuda financiera del exterior y que ningún sindicato ha sido disuelto en aplicación del decreto presidencial núm. 11. Respecto de este último decreto, el Gobierno menciona, además, la compilación de las normas pertinentes efectuada en la ley sobre reuniones públicas, cortejos, manifestaciones y piquetes, adoptada el 7 de agosto de 2003. El Comité lamenta profundamente que no se haya aprovechado esta oportunidad para modificar los párrafos del decreto presidencial núm. 11 que establecen sanciones desproporcionadas por las infracciones cometidas, por ejemplo la disolución de los sindicatos, y que se hayan conservado todas las restricciones precedentes a la celebración de reuniones públicas, manifestaciones y piquetes, manteniendo de ese modo importantes restricciones al derecho de las organizaciones de trabajadores y de empleadores a organizar sus actividades y a expresar sus posiciones sobre los aspectos de la política económica y social que los afectan. De hecho, si el decreto presidencial preveía la disolución de una organización que infringiera reiteradamente sus disposiciones al realizar asambleas u organizar manifestaciones en la vía pública, la nueva legislación dispone la disolución ya tras la primera infracción (artículo 15). Por consiguiente, el Comité insta al Gobierno a modificar la ley y, de tener aún vigencia, el decreto presidencial núm. 11, de suerte que las restricciones aplicables a reuniones, manifestaciones y piquetes se limiten a aquellos casos en que la acción deje de tener un carácter pacífico o perturbe gravemente el orden público, y que no se impongan sanciones desproporcionadas en relación con las infracciones cometidas; y en particular que se elimine toda referencia a la disolución de los sindicatos.
  16. 358. El Comité recuerda sus recomendaciones anteriores relativas a las restricciones impuestas a las actividades de las organizaciones de trabajadores y de empleadores en virtud del decreto presidencial núm. 8, por el cual se requiere autorización previa para recibir donaciones del exterior, que no pueden utilizarse para la organización de reuniones públicas, manifestaciones, huelgas y la difusión de materiales de propaganda [véase 325.º informe, párrafo 167], e insta nuevamente al Gobierno a modificar dicho decreto, de modo que las organizaciones de trabajadores y de empleadores puedan beneficiarse libremente y sin autorización previa de la ayuda prestada por organizaciones internacionales para el desarrollo de actividades compatibles con la libertad sindical.
  17. 359. En relación con el decreto presidencial núm. 2, el Comité insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para modificarlo, a tenor de sus recomendaciones anteriores [véase 324.º informe, párrafo 201], o para derogarlo completamente, al menos en lo que se refiere a las organizaciones de trabajadores y de empleadores, a fin de que éstas no tropiecen con obstáculos en el ejercicio de su derecho a constituir las organizaciones de su propia elección sin autorización previa. En tal sentido, el Comité pide al Gobierno que registre sin demora a las organizaciones de base del Sindicato Libre de Belarús enumeradas en la comunicación del BFTU de 10 de septiembre de 2003.
  18. * * *
  19. 360. De un modo general, el Comité lamenta profundamente no haber podido observar ninguna medida concreta por parte del Gobierno para poner en práctica las recomendaciones del Comité en relación con los gravísimos cargos formulados en este caso, no obstante haberse efectuado dos misiones de la OIT al país para asistir al Gobierno en este sentido. A la luz del examen del caso que viene realizando desde 2001, el Comité considera que se han producido y continúan produciéndose graves ataques contra todos los intentos de mantener un movimiento sindical libre e independiente en el país. El Comité insta al Gobierno a dar pasos serios para poner en práctica las recomendaciones del Comité y a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar, independientemente de la filiación sindical, el ejercicio normal de los derechos sindicales, en el respeto de los derechos humanos fundamentales y en un clima exento de violencia, presiones, miedo y amenazas de cualquier clase.
  20. 361. En estas circunstancias, teniendo en consideración la queja en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT presentada por algunos delegados trabajadores a la 91ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 2003, el Comité recomienda que el Consejo de Administración remita a una comisión de encuesta el examen de todos los alegatos pendientes en este caso, junto con la queja presentada en junio de 2003.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 362. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las siguientes recomendaciones:
    • a) el Comité agradece a la misión de la OIT su informe, que aporta importantes informaciones relativas al contexto del movimiento sindical en el país y las diferentes opiniones existentes sobre las modalidades de su funcionamiento;
    • b) el Comité urge al Gobierno a que tome todas las medidas necesarias para garantizar que nadie sea perjudicado en forma alguna por presentar una queja ante la OIT;
    • c) el Comité insta al Gobierno a dar pasos serios para poner en práctica las recomendaciones del Comité y a adoptar todas las medidas apropiadas para garantizar, independientemente de la filiación sindical, el ejercicio normal de los derechos sindicales, en el respeto de los derechos humanos fundamentales y en un clima exento de violencia, presiones, miedo y amenazas de cualquier clase;
    • d) lamentando tomar nota de que aún no se ha adoptado medida alguna en respuesta a su precedente recomendación, el Comité se ve obligado una vez más a instar al Gobierno a adoptar inmediatamente las medidas necesarias para abrir una investigación independiente, que merezca la confianza de todas las partes involucradas, para tratar los alegatos de injerencia en las elecciones de la FPB, el ASWU, la Asociación Sindical Regional de Brest y el Comité Regional de Brest de Sindicatos de la Ciencia y la Educación, así como la injerencia destinada a debilitar la representación de las organizaciones REWU, AAMWU, BPAD y MRTUECS, y con el objeto de remediar todas las consecuencias que tales injerencias hubieran podido tener. El Comité lamenta observar asimismo que, en ausencia de toda acción positiva por parte del Gobierno a este respecto, el BPAD ha sido disuelto. En consecuencia, el Comité insiste en que se adopten inmediatamente al más alto nivel todas las medidas necesarias para que cesen las presiones e injerencias que siguen ejerciendo varios ministerios y directores de empresas sobre los dirigentes y miembros del REWU, el AAMWU, el BPAD y el MRTUECS;
    • e) el Comité exhorta al Gobierno a adoptar todas las medidas necesarias a fin de que los dirigentes sindicales puedan en el futuro ejercer plenamente la libertad de expresión, sin temor a las represalias;
    • f) el Comité insta una vez más al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para que los Sres. Evgenov, Evmenov y Bourgov recuperen sus puestos de trabajo, compensándoles debidamente por sus eventuales pérdidas de salario y prestaciones;
    • g) el Comité insta al Gobierno a modificar la nueva ley sobre reuniones públicas, cortejos, manifestaciones y piquetes, adoptada el 7 de agosto de 2003, así como, de estar aún en vigor, el decreto presidencial núm. 11, a fin de que las restricciones a las reuniones, manifestaciones y piquetes se limiten a los casos en que la acción deje de tener un carácter pacífico o perturbe gravemente el orden público, que las sanciones que se impongan no sean desproporcionadas en relación con las infracciones cometidas; y en particular, que se elimine toda referencia a la disolución de sindicatos;
    • h) el Comité insta una vez más al Gobierno a modificar el decreto presidencial núm. 8, de modo que las organizaciones de trabajadores y de empleadores puedan recibir libremente y sin autorización previa la ayuda que les presten organizaciones internacionales para el desarrollo de actividades compatibles con la libertad sindical;
    • i) el Comité insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias, ya sea para modificar el decreto presidencial núm. 2 de modo que se ajuste a las recomendaciones anteriores del Comité [véase 324.º informe, párrafo 201] o para derogarlo por completo, al menos en lo que se refiere a las organizaciones de trabajadores y de empleadores, a fin de que dichas organizaciones no tropiecen con obstáculos en su derecho a establecer las organizaciones de su propia elección y sin autorización previa. Al respecto, el Comité pide al Gobierno que registre sin demora las organizaciones de base afiliadas al Sindicato Libre de Belarús que figuran en la comunicación de éste de 10 de septiembre de 2003, y
    • j) en estas circunstancias, teniendo en consideración la queja en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT presentada por algunos delegados trabajadores a la 91.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 2003, el Comité recomienda que el Consejo de Administración remita a una comisión de encuesta el examen de todos los alegatos pendientes en este caso, junto con la queja presentada en junio de 2003.

Z. Anexo I

Z. Anexo I
  • Informe de la misión de la OIT a Belarús
    1. (8-11 de septiembre de 2003)
  • Caso núm. 2090
  • I. Introducción
  • El Comité de Libertad Sindical (CLS) ha examinado la queja relativa a los alegatos de violación de los derechos sindicales en Belarús (caso núm. 2090) desde marzo de 2001. Por carta de fecha 22 de mayo de 2003, el Ministro de Trabajo y Previsión Social de Belarús solicitó que una delegación de la OIT visitara Minsk a los efectos de entablar consultas sobre este caso. Mediante una comunicación de 18 de junio de 2003, el Presidente del Grupo de los Trabajadores y otros 13 delegados trabajadores a la 91.ª Conferencia Internacional del Trabajo entregaron al Secretario General de la Conferencia una queja contra el Gobierno de Belarús en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT, por la inobservancia por ese país de los Convenios núms. 87 y 98. Al examinarse el caso núm. 2090 en el marco de la aprobación del informe del CLS en la 287.ª reunión del Consejo de Administración (junio de 2003), el Presidente del Grupo de los Trabajadores pidió a la Oficina que preparara la documentación necesaria para instituir una comisión de encuesta, con vistas a la 288.ª reunión del Consejo de Administración en noviembre de 2003. Entretanto, señaló al Gobierno que la decisión de establecer una comisión de encuesta aún no había sido adoptada y que el Gobierno tenía a su disposición el tiempo que quedaba hasta la siguiente reunión del Consejo de Administración, a fin de tomar todas las medidas necesarias para aplicar las recomendaciones del Comité.
  • A la luz de estas consideraciones, el Sr. Kari Tapiola, Director Ejecutivo de Normas y de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, respondió mediante comunicación de fecha 8 de julio de 2003 a la solicitud formulada en mayo por el Gobierno, especificando que el mandato de la misión consistiría en debatir las cuestiones planteadas en el caso y las posibles medidas que deberían adoptarse en respuesta a las recomendaciones del Comité. Adjunto a dicha carta, se enumeraban los puntos de discusión, basados en las recomendaciones que aprobara el Comité en junio de 2003. La misión, que estuvo a cargo del Sr. Tapiola y la Sra. Karen Curtis, Jefa de Sección del Servicio de Libertad Sindical, se efectuó del 8 al 11 de septiembre.
  • II. Desarrollo de la misión
  • La misión se entrevistó con los siguientes funcionarios gubernamentales y sus asistentes: el Viceprimer Ministro; el Ministro de Justicia; el Ministro de Relaciones Exteriores; la primera Viceministra de Trabajo; el Jefe Adjunto de la Oficina de la Presidencia; el Viceministro de Industria; y el Presidente del Comité Estatal de Aeronáutica (véase, en anexo, la lista de personas entrevistadas). La misión se entrevistó asimismo con el Presidente y Magistrados de la Corte Constitucional.
  • La misión se reunió con los querellantes del caso y otras organizaciones interesadas, en particular: el presidente de la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB); y los representantes de organizaciones miembros de la misma; dirigentes de las siguientes organizaciones querellantes afiliadas a la FPB, Sindicato de Trabajadores de la Industria Automovilística y de la Maquinaria Agrícola de Belarús (AAMWU) y Sindicato de Trabajadores del Sector de la Radio y la Electrónica de Belarús (REWU); dirigentes del Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU); el presidente del Sindicato Libre de Belarús (BFTU); dirigentes del Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD); y el presidente del Sindicato Regional de Empleados de la Cultura de Minsk (MRUECS). La misión se entrevistó igualmente con las dos organizaciones de empleadores, la Unión de Empleadores y Empresarios de Belarús «Prof. M. S. Kunyavsky» y la Confederación de Industriales y Empresarios de Belarús (véase, en anexo, la lista de personas entrevistadas).
  • Por último, la misión mantuvo una entrevista de información general con el jefe de la misión de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), Sr. Heyken.
  • III. Información obtenida durante la misión
  • La misión desea destacar en primer lugar que, salvo el Ministro de Trabajo, quien desgraciadamente se encontraba enfermo en momentos de efectuarse la misión, el alto nivel y la variedad de los funcionarios gubernamentales entrevistados demostró el interés con que el Gobierno sigue los debates que tienen lugar en diversos órganos de la OIT en relación con Belarús. Efectivamente, se nos dijo que, en el curso del último año había aumentado considerablemente el conocimiento de las normas internacionales del trabajo en el seno del Consejo de Ministros. En particular, el Ministro de Relaciones Exteriores declaró que era mayor la atención prestada por el Gobierno a las cuestiones en debate en la OIT y que, al respecto, había un alto grado de comunicación entre los diferentes Ministerios. Se adoptaron todas las medidas del caso para asegurar la disponibilidad de los funcionarios con quienes la misión quiso reunirse.
  • Injerencia del Gobierno en elecciones
  • y actividades internas de los sindicatos
  • Si bien esta cuestión fue planteada inicialmente en las quejas relacionadas con las Instrucciones del Jefe de la Oficina de la Presidencia de 11 de febrero de 2000, para influir en las elecciones de sindicatos miembros, sus respectivos congresos y el Congreso de la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), actualmente los alegatos se refieren a sucesos posteriores, consecuencia de dicha injerencia. Los alegatos presentados el año pasado se refieren al éxito del Gobierno en su intento de controlar la FPB y utilizar su dirección como arma de poder y lucha política. Al examinar estos alegatos, es necesario distinguir entre aquellos aspectos que podrían ser el resultado de conflictos internos del propio movimiento sindical y las situaciones en que las controversias implican una participación directa de representantes gubernamentales y patronales en lo que debería ser un proceso independiente de adopción de decisiones por las organizaciones sindicales. Semejante participación destinada a influir en las decisiones bien puede ser instigada por las propias autoridades o responder a solicitudes de una de las partes en el conflicto, o incluso tener ambos motivos. La misión, sin embargo, no tenía el mandato de arbitrar en estas cuestiones, sino de proporcionar al Comité los elementos que le ayudaran a comprender mejor la situación.
  • En la reunión inicial, celebrada en el Ministerio de Trabajo, se reiteró que la elección del presidente de la FPB en julio de 2002 había sido perfectamente legítima y conforme a las disposiciones estatutarias de la Federación y la legislación nacional. Considerando la historia del país, no tenía nada de extraordinario que un ex jefe adjunto de la Oficina de la Presidencia pasara a ser dirigente de la Federación. La Viceministra declaró que este aspecto de la queja era subjetivo y que la cuestión ya no tenía importancia.
  • Con el presidente de la FPB, Sr. Kozik, se abordó la cuestión de las dudas suscitadas por su elección y su papel en el movimiento sindical, así como sus relaciones con el Sindicato de Trabajadores del Sector de la Radio y la Electrónica (REWU) y el Sindicato de Trabajadores de la Industria Automovilística y de la Maquinaria Agrícola (AAMWU). El Sr. Kozik dijo que en el movimiento sindical existían ciertos problemas internos menores que se resolverían pronto. Hizo notar que, por su parte, no le interesaban las controversias, sino que deseaba centrar la atención de su organización en el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores. Se refirió a los progresos logrados desde su entrada en funciones, como la inmediata reanudación del sistema de cotizaciones en nómina para todos los sindicatos. Sobre esta cuestión, dijo haber escrito una carta a las autoridades pidiendo la reanudación del sistema de cotizaciones en nómina, a la que obtuvo una respuesta favorable. El proceso duró varios meses ya que también tuvo que intervenir ante el Banco Nacional. Enumeró asimismo otros adelantos, entre ellos, la convocatoria de una nueva reunión del Consejo Tripartito Nacional para Asuntos Laborales y Sociales y la adopción de una resolución del Gobierno que devuelve a los sindicatos sus funciones de inspección del trabajo. Señaló que el diálogo social debía estar dirigido a consolidar la unidad, y no a obstaculizarla. Pidió que no se le tuviera encono por haber ganado y sugirió que todos debían olvidar los problemas del pasado. Indicó que, había propuesto al presidente del Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU) que, según él, contaba con sólo 4 mil miembros que unieran sus esfuerzos. La Federación cuenta con 4 millones de afiliados.
  • El Sr. Kozik negó categóricamente que el Gobierno hubiera intervenido de algún modo en las elecciones de la Federación y declaró que su elección había sido en regla. El anterior presidente, Sr. Vitko, había preferido un puesto en la Embajada de Belarús en Bulgaria. El Sr. Kozik recordó que él era un sindicalista veterano y había participado en las actividades de los sindicatos durante ocho años. En cuanto a la creación de la Asociación Industrial de Belarús (BIA), el Sr. Kozik dijo que su objetivo era reconquistar los 150.000 miembros que algunos sindicatos afiliados habían perdido en los últimos años. El había tratado infructuosamente de convencer a esos trabajadores para que volvieran a sus sindicatos de base, por lo que decidió que la mejor solución para la Federación sería lograr el regreso de esos miembros mediante la creación de un nuevo sindicato de rama profesional. Algunos tal vez se sientan afectados por esta medida, dijo, pero la misma se ajustaba plenamente a las disposiciones estatutarias y todos tienen derecho a elegir su propio camino.
  • A la pregunta de si estaba al corriente de la queja del REWU sobre la presunta injerencia del Ministerio de Industria en sus asuntos internos, el Sr. Kozik respondió que apenas había sido informado de ello una semana antes de la llegada de la misión, por un grupo de miembros del sindicato. Señaló que, de hecho, los viceministros que son miembros de un sindicato pueden perfectamente formular recomendaciones en las reuniones sindicales. El Sr. Kozik intentó hablar con el Viceministro de Industria mencionado en la queja, pero éste estaba indispuesto. Fue entonces a ver al Ministro de Industria, quien negó rotundamente que se hubiera producido injerencia alguna. En opinión del Sr. Kozik, se trataba sólo de un problema interno del movimiento sindical.
  • En relación con los alegatos planteados en torno al Sindicato Regional de Empleados de la Cultura de Minsk (MRTUECS), el Sr. Kozik expresó que se trataba de un problema de organización interna, ya resuelto. Para probar sus buenas intenciones en la solución de los problemas sindicales, el Sr. Kozik entregó a la misión una copia de su carta dirigida al Presidente del Comité de Aduanas, protestando por los intentos de negarle a los trabajadores el derecho de sindicación.
  • Seguidamente, la misión fue invitada a una reunión con dirigentes y activistas de diversos sindicatos afiliados a la FPB. A la reunión no asistieron los presidentes del REWU y del AAMWU; posteriormente, éstos informaron a la misión que la FPB no los había invitado, pese a ser miembros, y que si bien habían intentado participar, no los dejaron entrar. El presidente del Sindicato de Empleados de la Cultura de Belarús, que también abarca al MRTUECS, hizo la primera presentación. Dijo que los problemas que enfrentaba el MRTUECS no se debían a ninguna injerencia gubernamental, sino que estaban relacionados únicamente con cuestiones de representación, de índole estructural. Añadió que el Sr. Mamonko, involucrado en la queja presentada ante la OIT, seguía ocupando la presidencia del MRTUECS y todos los problemas se habían resuelto. Sin embargo, la misión se entrevistó posteriormente con el Sr. Mamonko, quien afirmó que las autoridades seguían haciendo muchos esfuerzos para intervenir en los asuntos internos de su sindicato. Calificó esos esfuerzos de ejemplo de injerencia al más alto nivel, incluidos la Oficina de la Presidencia, el Ministerio de Cultura y el Comité Ejecutivo de Minsk. No se le había invitado a presentar sus puntos de vista en la reunión de la FPB con la misión.
  • El presidente de la BIA habló en la reunión de sindicatos afiliados a la FPB para explicar las circunstancias que habían rodeado la creación de la Asociación. Recordó que, dos años antes, el REWU y el AAMWU habían procurado, de hecho, realizar algo similar. Dijo que su organización atraía a los trabajadores por reunir a diversas estructuras en su seno, con lo cual se reducían los gastos y, por consiguiente, el monto de las cotizaciones. La BIA se fundó a partir de organizaciones escindidas unos años antes del REWU y el AAMWU, entre ellas Integral y el Sindicato Nacional de Trabajadores de Máquinas y Herramientas; él mismo provenía del consorcio Integral (Integral había sido mencionado en quejas iniciales sobre injerencia gubernamental destinada a reducir la base de miembros del REWU).
  • La presunta injerencia gubernamental en los asuntos de las organizaciones sindicales se aludió también en la entrevista mantenida con el Viceministro de Industria, cuyo nombre figuró en recientes quejas en las que le acusaban de haber utilizado su influencia y ejercido presiones sobre miembros del REWU, para que se desafiliaran y adhirieran a la nueva organización BIA. El Viceministro declaró que nada en la legislación en vigor prohibía a ejecutivos y directores de empresas, ni a funcionarios de los ministerios, pertenecer a un sindicato de sus ramas respectivas y participar en las actividades sindicales. El mismo era miembro del REWU y aún se consideraba parte del sindicato, por más que había recibido una carta indicando que el tema de su expulsión estaba en la agenda del mismo. Es natural y conveniente que todos participen en los asuntos que les incumben directamente. Esto se aplica particularmente cuando se abordan cuestiones relativas a los convenios sobre salarios, ya que los respectivos ministerios son también partes en tales convenios. Por otro lado, sostuvo que nunca había participado en reuniones a las que no hubiera sido invitado y que trataran de asuntos exclusivamente relacionados con las organizaciones sindicales.
  • Rechazó los alegatos de que hubiera ejercido presión sobre trabajadores para que abandonaran las filas del REWU. Si bien reconoció haber estado en algunos centros de trabajo mencionados por el querellante, observó que eso formaba parte de sus obligaciones y que no podía dejar de responder a ciertas preguntas o dar una opinión personal cuando había trabajadores que pedían detalles sobre el nuevo sindicato de rama industrial. Afirmó que la creación de la BIA no era otra cosa que la manifestación de la necesidad y el deseo de unidad del movimiento sindical, y que también el REWU y el AAMWU habían previsto una fusión similar unos años antes.
  • Seguía reconociendo al REWU como interlocutor en las negociaciones y se declaró dispuesto a debatir con dicha organización los futuros convenios. Destacó que la actual legislación obligaba al Ministerio a negociar con todos los sindicatos registrados. En relación con la cuestión de la negociación colectiva, la Viceministra de Trabajo había indicado en la primera reunión con la misión que el Ministro de Industria se habría mostrado preocupado por las condiciones actuales de negociación colectiva, en que todos los sindicatos tenían ese derecho, y habría declarado que el Gobierno iba a estudiar la posibilidad de modificar el Código del Trabajo, de modo que, a los efectos de la negociación colectiva, sea necesario un determinado grado de representatividad. También se manifestó interés en modificar la legislación al respecto durante la reunión celebrada en el Ministerio de Justicia.
  • El presidente del REWU, por su parte, indicó que las presiones y la injerencia de las autoridades continuaban e incluso habían recrudecido. Es más, dijo, que él mismo había sido objeto de ataques verbales por parte del Sr. Kozik, quien le acusó de reclamar sanciones económicas contra el país en la Conferencia de la OIT; el entrevistado no había podido entablarle juicio por difamación, debido a obstáculos de procedimiento. El periódico del Gobierno, de amplia difusión, se negó a publicar su intervención en la Conferencia. Se refirió también a las actas de la reunión del departamento de asuntos ideológicos, en la que el Presidente de la República, apoyado por el Sr. Kozik, exigió su destitución y la del presidente del AAMWU en un plazo de dos meses, que no obstante luego se prorrogó. Expresó dudas sobre la sinceridad de la intervención del Sr. Kozik ante el Viceministro de Industria y agregó que por la situación en que se encontraba el Sr. Kozik, tenía que tomar alguna medida. En opinión del entrevistado, la responsabilidad sindical otorgada al Sr. Kozik tiene por objeto únicamente lograr que se vote una iniciativa de referéndum para aumentar el número de mandatos presidenciales sucesivos. Paulatinamente, los miembros del pleno de la FPB están siendo remplazados por gente proveniente de filas gubernamentales. Esta opinión fue corroborada por otras organizaciones querellantes.
  • El presidente del AAMWU subrayó que habría esperado que el Gobierno suspendería el acoso y las presiones al menos durante la presencia en el país de la misión de la OIT, pero que desgraciadamente no fue así. Mencionó los esfuerzos permanentes por convocar reuniones en varias fábricas, induciendo a las organizaciones locales miembros a desafiliarse de su sindicato, aun cuando dichos esfuerzos se efectuaran contraviniendo las disposiciones estatutarias. Sistemáticamente se le prohibía la entrada a esas fábricas o incluso acercarse a la zona para hablar con los miembros del sindicato, y los directores de las fábricas se negaban a recibirlo. También se le negó la posibilidad de distribuir una información escrita que había preparado para los trabajadores. En su opinión, no se había llevado a la práctica ninguna de las recomendaciones del Comité.
  • Aun observando que eran cada vez más los que tenían el coraje de brindar testimonio sobre las molestias sufridas y tras recalcar que su organización mantendría su independencia, el presidente del AAMWU expresó el temor de que el Gobierno conseguiría menoscabar poco a poco al movimiento sindical independiente, hasta que le sea posible afirmar que éste ya no representa a los trabajadores. En tal sentido, añadió que era imposible publicar las recomendaciones del Comité en la prensa de propiedad estatal, la de mayor difusión, por más que fuese esencial que la opinión pública conociera este caso.
  • El presidente del Sindicato de Trabajadores del Sector Agrícola (ASWU) hizo suyo, en la reunión con representantes de las organizaciones de la FPB, lo expresado por muchos participantes (una vez más, en lo que se refiere a los alegatos de injerencia gubernamental en las elecciones sindicales desde 2002), en el sentido de que, tras haber asumido el Sr. Kozik la presidencia, el diálogo con el Gobierno se había hecho más constructivo y se habían resuelto importantes cuestiones. Señaló que las reivindicaciones debían ser realistas. Luego de la reunión, pidió a la misión que se resolviera el problema planteado en relación con las elecciones en el ASWU en 2002. Hizo entrega a la misión de las actas de la reunión en la que se revocó de su cargo de presidente al Sr. Yaroshuk, afirmando que las mismas eran la prueba de que la medida se había ajustado a las reglas pertinentes. La misión observó que el Ministro de Agricultura había sido el segundo orador en el debate de ese punto y preguntó si era correcto que un ministro expresara ante los miembros del sindicato una opinión sobre la dirección que debían elegir. El actual Presidente, al igual que todos los funcionarios gubernamentales a quienes se formuló la misma pregunta, señaló que ello era perfectamente normal, que siempre había sido así y que los ministros, en la mayoría de los casos, eran también miembros de las respectivas organizaciones sindicales.
  • El Sr. Yaroshuk, recientemente electo presidente del CDTU, estaba ahora demasiado ocupado con su tarea de construir un movimiento sindical democrático como para volver al tema de aquellas elecciones, que consideraba ya cosa del pasado. Señaló no obstante que, más allá de la cuestión de la injerencia gubernamental, la intervención del Ministro en la reunión plenaria había sido un acto antiestatutario, por no ser él miembro del Comité Nacional. Otros elementos de transgresión de las disposiciones estatutarias del ASWU se habían planteado en alegatos formulados el año pasado respecto de este caso. Por otra parte, el Sr. Yaroshuk declaró que, en el ejercicio de sus funciones actuales, era objeto de ataques permanentes de las autoridades. En particular, dijo haber recibido amenazas de acción judicial a raíz de varios artículos suyos publicados en la prensa independiente. (El 18 de septiembre, una semana después de haber partido la misión de Belarús, el Sr. Yaroshuk fue sentenciado a diez días de prisión, con efecto inmediato, por el artículo publicado el 21 de agosto de 2003 en el periódico Narodnaya Volya, en el que se refería a la disolución del Sindicato de Controladores Aéreos).
  • Los dirigentes del Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD), el más reciente querellante en este caso, informaron a la misión, como prueba de que las autoridades centrales y locales estaban promoviendo la disolución del sindicato, que el Tribunal Supremo había disuelto el BPAD en agosto de 2003, sobre la base de que el número de miembros era insuficiente para registrarse como sindicato nacional (sólo los sindicatos nacionales, con 500 miembros como mínimo, pueden concertar convenios en materia de salarios). Los sindicalistas recordaron que, hasta estos nuevos sucesos, nunca habían tenido problemas desde su registro inicial, en 1991. Se habían registrado nuevamente como sindicato nacional con arreglo al decreto presidencial núm. 2 en 1999, registro confirmado este año por el encargado de trámites de registro en el Ministerio de Justicia. Habían suscrito un convenio salarial en junio de 2002 sin encontrar ningún tipo de dificultades; en agosto del año en curso, su número de afiliados había llegado a 860.
  • Los entrevistados entregaron a la misión varios documentos y testimonios relativos a su causa. Los mismos se referían, en particular, a presiones ejercidas sobre miembros del sindicato por parte de la administración y comisiones de evaluación, para obligarlos a desafiliarse, así como una carta del presidente del Comité Estatal de Aeronáutica interviniendo ante el Ministro de Justicia para solicitar la disolución del BPAD, ya que, según afirmó, los sindicatos libres e independientes perturbaban el buen funcionamiento del transporte aéreo. El encargado del registro en el Ministerio de Justicia explicó a la misión que dicho Ministerio no estaba facultado para disolver sindicatos. En caso de producirse una infracción a las leyes, el Ministerio debía emitir una primera advertencia y sólo después el fiscal podría presentar el caso al Tribunal Supremo y solicitar de éste un fallo disolutorio. El funcionario confirmó que su Ministerio nunca había emitido tal advertencia, ni respecto del BPAD ni de ninguna otra organización; observó, sin embargo, que el problema podía haberse evitado si el BPAD hubiera dado muestras de mayor flexibilidad y aceptado reorganizarse como sindicato de nivel inferior. Señaló que no estaba en condiciones de determinar si los miembros del sindicato habían sido objeto o no de presiones para renunciar al sindicato y confirmó que el Ministerio de Justicia no había tenido ninguna participación en la referida acción judicial.
  • Los dirigentes del BPAD piensan que este ataque sobrevino como consecuencia de las exhortaciones del presidente de la FPB en favor de la existencia de un solo movimiento sindical en el país. Por lo visto, el presidente del Comité Estatal de Aeronáutica dedujo que todos los trabajadores debían unificarse en el Sindicato de Trabajadores del Transporte Aéreo, afiliado a la FPB. El BPAD procura ahora registrarse como miembro del Sindicato Democrático de Trabajadores del Transporte (filial del CDTU), pero teme que seguirá tropezando con obstáculos en este terreno, particularmente en relación con la declaración de un domicilio legal (para más detalles véase, más adelante, la sección correspondiente a Derecho de sindicación y procedimientos de registro). Agregaron que, inesperadamente, todos los contratos por tiempo indeterminado de los controladores aéreos se habían transformado en contratos a plazo fijo.
  • El presidente del Comité Estatal de Aeronáutica recordó a la misión que, durante la era soviética, sólo existía un sindicato para todos los trabajadores del sector de la aviación y, en consecuencia, no había dificultades. La organización sindical de los controladores aéreos se fundó en 1991 y al principio trataba directamente con el Consejo de Ministros. En opinión de este funcionario, en aquel momento obtuvieron la condición de sindicato nacional porque no estaban vinculados a ningún ministerio en particular. El Comité Estatal de Aeronáutica se creó en 1996 y procedió a entablar negociaciones con el sindicato. Recordó que el Sindicato de Trabajadores del Transporte Aéreo representaba a 10 mil trabajadores, mientras que el BPAD sólo representaba a unos 600, por lo que la representatividad de uno y otro no admitía comparación.
  • En cuanto a las dificultades concretas que se produjeron el año pasado, las atribuyó en primer lugar a las quejas de los controladores aéreos a quienes, sin estar afiliados al BPAD, se les deducía la cuota sindical de su sueldo. Sin embargo, ante una pregunta en tal sentido, respondió que el cobro de la cotización sindical en nómina sólo era posible a solicitud expresa del trabajador y que no sabría explicar cómo podían producirse contradicciones en este terreno. Posteriormente lo confirmó de manera más general el Presidente de la Corte Constitucional, al declarar que el Estado era responsable de aplicar el primer fallo de la Corte sobre los mecanismos de cobro de cotizaciones sindicales en nómina, según el cual era necesario someterse a la decisión de los trabajadores y asegurarse de que todos hayan declarado explícitamente que aceptaban ser miembros del sindicato y que sus cotizaciones podían deducirse directamente del salario.
  • De un modo general, el presidente del Comité de Aeronáutica se refirió en forma insistente a una controversia con el sindicato en relación con el pago de viajes de controladores aéreos a países europeos para jugar partidos de fútbol, con magros resultados. No quedó claro en qué manera esto guardaba relación con la situación pasada o presente del sindicato, pero parecía tener mucha importancia para el entrevistado. Recordó que se requería una rigurosa disciplina para cumplir las delicadas tareas que tenían ante sí los controladores aéreos. En relación con la conversión a la categoría de contratos a plazo fijo, dijo que era una reforma en curso en todas partes y que era necesaria para asegurar condiciones competitivas de promoción. Tras afirmar que nadie había sido despedido ni trasladado, reconoció que se habían producido unos diez despidos en el Centro de Coordinación de Vuelos, pero que el Ministerio de Trabajo los había examinado, sin hallar transgresión alguna por parte del empleador, autorizando los despidos por motivos de incumplimiento de los deberes correspondientes a las instrucciones recibidas. Declaró su disposición a seguir tratando con el sindicato, siempre que éste se registrase con otro grado.
  • En cuanto a la opinión de los empleadores sobre la injerencia gubernamental, la Unión de Empleadores y Empresarios de Belarús (BUEE) hizo notar que el conflicto entre el Gobierno y los sindicatos había llegado a un callejón sin salida. Sin embargo, no incumbe al Gobierno definir las estrategias sindicales, sino a los propios sindicatos. Los representantes de esta organización dijeron lamentar que el problema se hubiera abordado recurriendo a métodos extremos. Si bien observaron que el Gobierno se había excedido en sus poderes y funciones, señalaron como positivo el hecho de que las relaciones con los sindicatos se hubieran restablecido. Recordaron que el Consejo Nacional para Asuntos Laborales y Sociales había dejado de reunirse cuando el presidente de la FPB se presentó como candidato presidencial. Actualmente, con el Sr. Kozik al frente, si bien la orientación del Consejo había variado, al menos se habían reanudado las reuniones. La Confederación de Industriales y Empresarios de Belarús (BCIE) consideraba que, en el contexto imperante, los sindicatos sólo siguen las instrucciones del Gobierno. Esto es un problema para las organizaciones de empleadores, ya que éstas necesitan un interlocutor bien definido en las negociaciones, a través de sindicatos fuertes e independientes y con una clara distinción entre la administración o empleador y los trabajadores.
  • El Jefe Adjunto de la Oficina de la Presidencia recordó los numerosos esfuerzos que el Gobierno había efectuado en aras de una sólida protección social de los trabajadores. Declaró que las actividades sindicales deberían orientarse a apoyar el desarrollo del país, pero aseguró que ningún sindicato recibía un trato más favorable. Admitió no obstante que el Gobierno se beneficiaba de relaciones más constructivas con los sindicatos luego de las últimas elecciones en la FPB. Afirmó que las autoridades no habían ejercido presión alguna para influir en los resultados electorales, sino que los cambios se debían a la insatisfacción de los miembros por la falta de un diálogo constructivo con el Gobierno. En lo que se refiere al traslado del Sr. Kozik al movimiento sindical, declaró que cualquier miembro del sindicato tenía derecho a postularse. Señaló, al pasar, que él también era miembro de la FPB. En cuanto a la presunta injerencia de ministros en los asuntos del movimiento sindical, recordó que ellos también eran sindicalistas y necesitaban poder proteger sus propios intereses.
  • Durante la entrevista con el Jefe Adjunto, la Viceministra de Trabajo destacó una vez más los resultados de la investigación efectuada por su Ministerio sobre los alegatos de injerencia gubernamental. Cuando la misión explicó que una investigación independiente suponía que no debía efectuarse bajo la égida del Gobierno sino a cargo de personalidades independientes que gozaran de aceptación por todas las partes interesadas, la Viceministra aclaró que era la primera vez que escuchaba una explicación sobre lo que el CLS entendía exactamente por investigación independiente. Indicó que se consideraría tal eventualidad, pero expresó sus dudas respecto de que los querellantes aceptaran los resultados.
  • Derecho de sindicación y procedimientos de registro
  • El Comité había señalado la necesidad de modificar el decreto núm. 2, relativo a las medidas de reglamentación de las actividades de partidos políticos, sindicatos y otras entidades sociales, desde su primer examen del caso, en el que se trató en particular los obstáculos que enfrentaban los sindicatos para registrarse debido a la obligación de poseer un domicilio legal y contar en sus filas con por lo menos el 10 por ciento del total de trabajadores de la empresa en cuestión. Esta cuestión sigue siendo el mayor motivo de preocupación para el Sindicato Libre de Belarús (BFTU), que entregó a la misión una lista de 31 organizaciones de base del Sindicato Libre que aún no han obtenido el registro.
  • Tal vez importe señalar también que el Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús (BPAD), recientemente objeto de disolución judicial y que actualmente busca volver a registrarse como miembro del Sindicato Democrático de Trabajadores del Transporte, ha manifestado el temor de que también se le deniegue el registro en aplicación del requisito de domicilio legal. Esta cuestión se evocó en la entrevista efectuada en el Ministerio de Justicia y el funcionario encargado de registro se refirió al artículo respectivo de la ley sobre los sindicatos, por el cual el empleador facilita locales para el funcionamiento de los sindicatos, circunstancia frecuentemente señalada por los querellantes como el principal obstáculo para la obtención de un domicilio legal, ya que los empleadores ya no tienen una obligación en ese sentido y por lo general se niegan a facilitar los locales.
  • Si bien en la reunión inicial con funcionarios del Ministerio de Trabajo se informó a la misión que los intentos de simplificación de los procedimientos de registro y modificación del decreto núm. 2 chocaban con la oposición de las organizaciones de empleadores, tanto la BCIE como la BUEE negaron que hubieran manifestado tal oposición. En realidad, la BCIE subrayó que siempre se había pronunciado por la derogación total del decreto, particularmente en lo que se refiere a las organizaciones de trabajadores y de empleadores, que deberían estar claramente excluidas de su aplicación. Es plausible suponer que, de existir oposición en este campo, la misma provenga de los administradores de empresas estatales, que no desean facilitar locales y, por ende, un domicilio para fines de registro.
  • Decretos presidenciales núms. 8 y 11
  • Al principio, en la reunión celebrada en el Ministerio de Trabajo sólo se aseguró a la misión que estos decretos (requisito de autorización previa para obtener ayuda financiera del exterior para las organizaciones de trabajadores y de empleadores, y establecimiento de rigurosas restricciones y severas sanciones en caso de manifestaciones, piquetes y concentraciones ilegales) no se habían utilizado en ningún caso para impedir las actividades sindicales. No se suministró información alguna sobre la eventualidad de que se aprobaran nuevas leyes o enmiendas. Sin embargo, en la reunión con la FPB, el presidente del Sindicato de Trabajadores de Servicios Públicos de Belarús informó a la misión que existían dos proyectos de ley que se ocupaban de estos temas y cuya consideración en el Parlamento había avanzado considerablemente. A la pregunta de si dichas leyes prevalecerían sobre los decretos presidenciales, explicó que, una vez adoptadas las nuevas leyes, los decretos perderían vigencia.
  • Posteriormente, la misión planteó la cuestión de los proyectos de nueva legislación en la reunión celebrada en el Ministerio de Justicia. Allí se contestó que en junio de 2003 había entrado en vigor la ley sobre asambleas, reuniones, cortejos, manifestaciones y piquetes, que reunía en un solo instrumento legislativo diversas leyes y/o decretos consagrados al mismo tema; y se entregó un ejemplar de la nueva ley. A la pregunta sobre la preeminencia de las leyes sobre los decretos presidenciales, los funcionarios del Ministerio de Justicia no dieron una respuesta clara, sino que más bien defendieron la legitimidad de los decretos presidenciales como tales, recordando que, de cualquier forma, estaban sujetos a aprobación parlamentaria y que muchos países admitían el mecanismo de decretos presidenciales. La misión aclaró que su preocupación no estaba en que fuera posible legislar mediante decretos presidenciales, sino en el contenido de los decretos de referencia y su relación con toda nueva ley. Por último, al plantear la cuestión de la preeminencia recíproca entre leyes parlamentarias y decretos presidenciales en la entrevista con el Presidente de la Corte Constitucional, la misión pudo notar que tampoco a este nivel se suministró una respuesta inequívoca. Si bien el Presidente de la Corte expresó que, en su opinión personal, toda ley ulteriormente adoptada debía prevalecer sobre un decreto presidencial anterior sobre el mismo tema, añadió que al respecto existían diversas teorías, que daban mayor peso a los decretos presidenciales.
  • Ha de observarse que, al parecer, ninguna de las organizaciones querellantes fue consultada a la hora de adoptarse la nueva ley. El presidente del REWU indicó que, en su opinión, la nueva legislación era incluso más dura que el decreto presidencial, puesto que suprimía el paso previo de advertencia antes de proceder a disolver un sindicato por infringir sus disposiciones. En todo caso, la misión se sintió obligada a señalar, en la reunión final en el Ministerio de Trabajo, que muchas disposiciones del decreto presidencial núm. 11, que el Comité había pedido modificar, a primera vista parecían haberse mantenido en la nueva ley. En lo que se refiere al decreto presidencial núm. 8, no se conoció ningún proyecto ni se dieron indicaciones sobre las modificaciones que eventualmente podrían introducirse. La BCIE indicó que se pronunciaba por la derogación lisa y llana del decreto en cuestión.
  • Otros asuntos
  • En relación con las recomendaciones del Comité a los efectos de adoptar las medidas necesarias para la reintegración de los Sres. Evgenov, Evmenov y Bourgov, la Viceministra de Trabajo reiteró el punto de vista del Gobierno, según el cual no habían sido despedidos por sus actividades sindicales ni por haberse negado a trabajar en un «subbotnik» (trabajo voluntario no remunerado) y que, por consiguiente, los despidos en cuestión se ajustaban a las normas. No se suministró ninguna indicación de que se previeran medidas para reintegrar a dichas personas en sus puestos. En cuanto a los recientes alegatos relativos a la situación del Sr. Evmenov (considerados por el Comité al examinar el caso en junio de 2003), señaló que se le había contratado a plazo fijo para llenar una vacante temporal y que, por lo tanto, era lógico que su empleo llegara a un término.
  • El presidente del AAMWU hizo notar que la reintegración de esos tres trabajadores (uno de los cuales era miembro del AAMWU) era la recomendación más fácil de aplicar. Opinó que el hecho de que no se tomase ninguna medida en tal sentido se debía al deseo de no dar la impresión de una victoria del movimiento sindical libre.
  • Sobre la solicitud de información pendiente acerca de amenazas de despido proferidas contra miembros del Sindicato Libre de la Fábrica Zenith (hechos correspondientes a 1999), la Viceministra de Trabajo declaró que dichos trabajadores seguían en la empresa, salvo uno, despedido en 2002 en el marco de una reducción del personal. En cuanto a los alegatos sobre el papel de la dirección, señaló que era difícil corroborarlos dada la falta de pruebas y las contradicciones existentes entre los distintos puntos de vista al respecto.
  • En la reunión con las organizaciones de la FPB, el presidente del Sindicato de la Fábrica de Automóviles de Minsk declaró que el Sr. Marinich, ex presidente del Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia en dicha fábrica, mencionado en la primera queja por la presunta negativa del empleador de volverlo a contratar, trabajaba ahora en otra empresa como cerrajero. En una reunión posterior con la CDTU, se informó a la misión que, en realidad, el tribunal había determinado que el Sr. Marinich debía volver a su puesto pero le habían dado a cambio un trabajo menos interesante en otra empresa, con un salario inferior.
  • Tanto la BCIE como la BUEE manifestaron que la actual falta de legislación relativa al papel y las funciones de las organizaciones de empleadores, así como la demora en adoptarla, constituía un serio problema para sus miembros y se traducía en muchas de las dificultades actualmente registradas. La Viceministra de Trabajo hizo entrega a la misión de un ejemplar del proyecto de ley sobre organizaciones de empleadores, solicitando los comentarios técnicos de la OIT, con vistas a su presentación en el Parlamento en otoño.
  • Consideraciones generales
  • El Ministro de Relaciones Exteriores se refirió en forma más explícita a la perspectiva de una comisión de encuesta. Dijo claramente que el Gobierno de Belarús era menos propenso a colaborar cuando se le presionaba y pidió que esto se tuviera en cuenta al decidir el establecimiento de una comisión de encuesta. En su opinión sería más conveniente, eficaz y prudente proseguir el actual diálogo. La misión señaló que era importante que el Gobierno garantizara la realización de un tal diálogo con todas las partes interesadas, en particular los querellantes, lo que no parecía ser el caso por el momento. Además, la continuación del diálogo no debía dar por resultado la desaparición de dichas organizaciones. El Ministro expresó la esperanza de que el Ministro de Trabajo se asegurara de que no se eliminaría ninguna organización y sugirió que el factor determinante debía ser la fuerza representativa de los respectivos sindicatos, y no las ambiciones personales.
  • El Viceprimer Ministro manifestó que el Consejo Nacional para Asuntos Laborales y Sociales debía desempeñar un papel importante, como lugar apropiado donde escuchar todas las opiniones. Se declaró convencido de que el Gobierno encontraría soluciones positivas de unificación del movimiento sindical que satisfagan a todos.
  • El jefe de la misión de la OSCE también se refirió a la intervención del Presidente de la República en la que pedía la remoción de los presidentes del REWU y el AAMWU en un plazo de dos meses. Observó que en el Gobierno parecía haber dos tendencias: una dirigida a una mayor apertura hacia la comunidad internacional y otra conducente, por lo visto, a una mayor represión de los derechos y libertades públicas en el país, según lo probaban los ataques contra la prensa, los periodistas y las organizaciones no gubernamentales. Señaló, en tal sentido, que la nueva legislación sobre manifestaciones públicas era muy negativa. En su opinión, los recientes ataques debían entenderse en el contexto de la propuesta de referéndum para permitir un tercer mandato presidencial.
  • En el curso de la reunión final en el Ministerio de Trabajo, la Viceministra insistió en que una comisión de encuesta no ayudaría a desarrollar el diálogo social. Hizo notar la buena disposición del Gobierno a resolver los problemas relacionados con el caso, demostrada en: 1) la invitación cursada a la misión para visitar el país; 2) el nivel de las reuniones que se facilitó a la misión; 3) el diálogo regular con la OIT, suministro de informaciones solicitadas, etc.; y 4) la participación del Ministro y otros funcionarios en las sesiones del Consejo de Administración y la Conferencia. Recordó que el CDTU tenía también un puesto en el Consejo Nacional para Asuntos Laborales y Sociales, pese a que el número de sus afiliados no lo justificaba. Las organizaciones sindicales existen y se desarrollan, y aún se suscriben convenios colectivos.
  • En relación con las recomendaciones del CLS, la Viceministra reafirmó que el Gobierno no interfería en el desarrollo del movimiento sindical y que la elección del Sr. Kozik era legítima desde el punto de vista formal. Si había objeciones de fondo sobre los resultados electorales, ello sólo competía a la organización sindical como tal. Se considerará, no obstante, un mecanismo apropiado para llevar a cabo una investigación independiente, si bien probablemente será difícil lograr un acuerdo entre todas las partes. En materia legislativa, es necesario modificar las leyes en vigor para tener en cuenta las preocupaciones de todos, pero se trata de un proceso muy largo.
  • IV. Conclusiones
  • Si bien toma debida nota del alto nivel de las reuniones organizadas y las reiteradas expresiones de deseo de cooperar por parte del Gobierno, la misión lamenta que, pese a la extensión y minuciosidad de los debates, los funcionarios gubernamentales hayan tendido a repetir las posiciones y explicaciones ya formuladas anteriormente, sin indicar las medidas concretas adoptadas o previstos para poner en práctica las recomendaciones del Comité. Sistemáticamente se recordó a la misión que Belarús es un Estado nuevo y, como tal, tiene ante sí un cúmulo de tareas de construcción de sus propias bases jurídicas que requieren de tiempo, y que toda presión en este terreno sería mal recibida.
  • Preocupó a la misión que no se hubiera registrado una solución satisfactoria para prácticamente ninguna de las recomendaciones del Comité, desde su primer examen en 2001. No se ha aplicado siquiera la sencilla recomendación de reintegrar en sus puestos de trabajo a tres sindicalistas despedidos, aunque semejante pequeño esfuerzo habría sido un signo de la disposición del Gobierno a responder positivamente a las recomendaciones del Comité. Tampoco se avanzó en lo que tiene que ver con el decreto presidencial núm. 2, pese a las promesas del Gobierno de modificarlo. Esto es tanto más desconcertante cuanto que no sólo las organizaciones querellantes sino también las organizaciones de empleadores consideran que dicho decreto es inadecuado para organizaciones que participan en el diálogo social y representa un obstáculo al ejercicio de los derechos de sindicación.
  • Las recomendaciones del Comité también se refieren a la modificación de dos decretos presidenciales que limitan los derechos de libertad sindical. De la nueva ley que rige la celebración de concentraciones, mítines, cortejos, manifestaciones y piquetes no se desprende en absoluto que haya resuelto satisfactoriamente los problemas relacionados con las manifestaciones y reuniones públicas. No pareció que esta ley fuera conocida ampliamente, ya que casi no fue mencionada en las diversas reuniones, hasta que, para responder a una pregunta directa de la misión, se facilitó un ejemplar de la misma en la entrevista con el Ministro de Justicia. Además, tampoco quedó claro si una nueva ley deroga un decreto presidencial. Parece existir un alto grado de confusión en lo que se refiere a la relación y la posible discrepancia entre un decreto presidencial y una ley.
  • No se ha iniciado investigación independiente alguna en cumplimiento de las recomendaciones del Comité en favor de investigaciones independientes que merecieran la confianza de todas las partes interesadas, para tratar los alegatos de injerencia gubernamental en los procesos electorales de la FPB, el ASWU y otras organizaciones, si bien se habían comunicado anteriormente a la OIT materiales relacionados con las elecciones sindicales. La misión recibió información complementaria al respecto. En ella se describen esencialmente los propios procesos electorales, y no las circunstancias que los rodearon. Cabe observar que, aunque tal vez formalmente las elecciones hubieran tenido lugar conforme a las reglas en vigor, los alegatos iban más allá del aspecto formal y se centraban en los actos de injerencia destinados a obtener un resultado electoral determinado. Los sucesos descritos implicaron la presencia y participación activa de autoridades y administradores en diversas reuniones de las organizaciones sindicales.
  • Al parecer, la participación de autoridades gubernamentales, incluso de ministros y viceministros, así como de directores de las empresas del Estado, es moneda corriente. Si por un lado puede comprenderse que exista frecuentemente tal interacción entre los sindicatos, directores de empresa y autoridades con el objeto de debatir las cuestiones económicas o evaluar ciertos resultados de la negociación colectiva, lamentablemente todavía queda un amplio campo de maniobra, ya sea para las presiones de las autoridades gubernamentales o de la dirección sobre los miembros de los sindicatos o incluso para encargar la intervención de autoridades o administradores a fin de influir en los resultados electorales o en la decisión de los trabajadores de adherir o renunciar a las organizaciones sindicales.
  • Un ejemplo de interacción de esta índole fue la decisión del pleno del Sindicato de Trabajadores del Sector Agrícola de destituir al Sr. Yaroshuk de su cargo de presidente, puesto que uno de los primeros oradores que intervinieron en este punto fue el Ministro de Agricultura. (Se hizo entrega a la misión de las actas de esa sesión para probar la legalidad de las decisiones allí adoptadas.) De hecho, existe un enorme campo para la confusión, y el abuso, dada la situación aún sin precisar que prevalece en las relaciones entre sindicatos y dirección como consecuencia del lento proceso de transición de las viejas estructuras sindicales a aquellas que distinguen entre sindicatos y patrones, así como respecto del Gobierno, y ofrecen la garantía de que no haya injerencia de unos en los asuntos internos de otros.
  • En tal sentido, preocupa especialmente la información de que la máxima autoridad del país habría reclamado medidas para la remoción de dos dirigentes sindicales de sus cargos. En anterior oportunidad, en 2000, ante los alegatos sobre presuntas órdenes de la Oficina de la Presidencia para intervenir en los asuntos internos de los sindicatos — especialmente las elecciones en las mismas organizaciones que hoy están nuevamente en el tapete —, una misión de la OIT recibió seguridades de que tales instrucciones presidenciales de injerencia ya no se practicaban.
  • En ausencia de una investigación independiente, o de medidas encaminadas a iniciarla, la misión se vio obligada a hacer notar a las autoridades que las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical estaban dirigidas al Gobierno, a quien cabía la responsabilidad de su seguimiento. A fin de aplicar dichas recomendaciones, a juicio de la misión, el Gobierno podría tomar la iniciativa de negociar con todas las partes directamente involucradas las formas en que podía abrirse y efectuarse tal investigación. El proceso debe contar con la plena confianza de todos los interesados. Está claro que todas las medidas de injerencia deben cesar inmediatamente una vez negociado e iniciado dicho proceso. El proceso no debería servir para ocultar los intentos de debilitar y eliminar a las organizaciones querellantes del caso.
  • (Firmado) Kari Tapiola,
  • Karen Curtis.
  • Anexo II
  • Lista de personas entrevistadas
  • Representantes del Gobierno
  • Sr. V.N. Drazhyn, Viceprimer Ministro de Belarús
  • Sr. A.A. Rumak, Director Adjunto del Departamento de Relaciones Financieras de la Dirección de Economía
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social
  • Sra. E.P. Kolos, Primera Viceministra de Trabajo y Previsión Social de Belarús
  • Sr. I.G. Starovoitov, Director del Departamento de Política de Cooperación y Relaciones Exteriores
  • Sra. L.A. Leshchinskaya, Directora Adjunta del Departamento de Política de Cooperación y Relaciones Exteriores
  • Ministerio de Industria
  • Sr. I.I. Zolotorevich, Viceministro de Industria de Belarús
  • Sr. G.V. Chymansky, Jefe Adjunto del Departamento de Trabajo y Personal
  • Oficina de la Presidencia
  • Sr. N.M. Ivanchenko, Jefe Adjunto de la Oficina de la Presidencia de Belarús
  • Sr. S.K. Pisarevich, Jefe del Departamento de Economía de la Presidencia
  • Ministerio de Justicia
  • Sr. V.G. Golovanov, Ministro de Justicia de Belarús
  • Sra. A.N. Bodak, Directora del Departamento de Actividades Legislativas
  • Sr. M.M. Sukhinin, Jefe del Departamento de Asociaciones Civiles
  • Sr. A.A. Alyoshin, Jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos de las Relaciones Exteriores
  • Sra. G.P. Podrezyonok, Jefa del Departamento de Legislación sobre Organización Social del Estado y Derechos Fundamentales y Libertades Civiles
  • Ministerio de Relaciones Exteriores
  • Sr. S.N. Martynov, Ministro de Relaciones Exteriores de Belarús
  • Sr. S.F. Aleynik, Representante Permanente, Misión Permanente de la República de Belarús ante la Oficina de las Naciones Unidas y otras Organizaciones Internacionales en Ginebra
  • Sra. E.B. Cherekhovich, Primera Secretaria del Departamento de Organizaciones Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Belarús
  • Comité Estatal de Aeronáutica
  • Sr. F.F. Ivanov, Presidente del Comité Estatal de Aeronáutica de la República de Belarús
  • Corte Constitucional
  • Sr. G.A. Vasilevich, Presidente de la Corte Constitucional de la República de Belarús
  • Sr. K.I. Kenik, Juez de la Corte Constitucional
  • Sr. V.I. Zhishkevich, Jefe de la Secretaría de la Corte Constitucional
  • Sra. A. Chichina, Asistente del Presidente de la Corte Constitucional
  • Sr. A.I. Seledevsky, Jefe del Departamento de Relaciones Públicas y Relaciones Internacionales de la Corte Constitucional
  • Representantes de organizaciones de trabajadores
  • Federación de Sindicatos de Belarús
  • Sr. L.P. Kozik, Presidente de la Federación de Sindicatos de Belarús
  • Sr. E.B. Matulis, Vicepresidente
  • Sr. M.V. Grafinin, Jefe del Departamento Central de Información y Observación
  • Sra. E.V. Sedina, Jefa del Departamento de Relaciones Internacionales
  • Sr. V.F. Naumchik, Presidente del Sindicato de Trabajadores del Sector Agrícola
  • Sr. L.S. Sushkevich, Presidente del Sindicato de Trabajadores de la Cultura de Belarús
  • Sr. V.V. Fedorov, Presidente del Sindicato de la Industria de Belarús
  • Sr. M.E. Obrazov, Presidente del Sindicato de Trabajadores de Servicios Públicos y Similares de Belarús
  • Sr. V.V. Garunovich, Vicepresidente de la Asociación de Sindicatos de la Ciudad de Minsk
  • Sr. A.S. Kartsev, Presidente del Sindicato de la Fábrica de Tractores de Minsk
  • Sr. A.N. Vysotsky, Presidente del Sindicato de la Fábrica de Automóviles de Minsk
  • Sr. V.A. Nikolaenko, Presidente del Sindicato de la Fábrica de Refrigeradores «Atlant» de Minsk
  • Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús
  • Sr. A.I. Yaroshuk, Presidente del Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús
  • Sr. N.V. Kanakh, Vicepresidente
  • Sr. V.I Odynets, abogado del CDTU
  • Sr. V.P. Drugakov, Presidente del Sindicato Libre de Trabajadores de la Metalurgia
  • Sindicato de Trabajadores del Sector de la Radio y la Electrónica de Belarús
  • Sr. G.F. Fedynich, Presidente
  • Sr. A.A. Dorogokupets, Vicepresidente
  • Sindicato de Trabajadores de la Industria Automovilística y de la Maquinaria Agrícola de Belarús
  • Sr. A.I. Bukhvostov, Presidente
  • Sindicato Libre de Belarús
  • Sr. G.A. Bykov, Presidente
  • Sindicato de Controladores Aéreos de Belarús
  • Sr. Yu. F. Migutsky, Presidente
  • Sr. O.A. Dolbik, Vicepresidente
  • Sindicato Regional de Trabajadores de la Cultura de Minsk
  • Sr. V.A. Mamonko, Presidente
  • Representantes de organizaciones de empleadores
  • Confederación de Industriales y Empresarios de Belarús
  • Sr. V.V. Shashkov, Vicepresidente de la Confederación de Industriales y Empresarios de Belarús, Director General
  • Sr. E. Ch. Kisel, Director General Adjunto, Director para Asuntos Sociales y Laborales de la Confederación de Industriales y Empresarios de Belarús
  • Unión de Empleadores y Empresarios de Belarús «Prof. M.S. Kunyavsky»
  • Sr. G.P. Badei, Presidente de la Unión de Empleadores y Empresarios de Belarús «Prof. M.S. Kunyavsky»
  • Sra. N.K. Naumovich, Primera Directora Ejecutiva Adjunta de la Unión de Empleadores y Empresarios «Prof. M.S. Kunyavsky»
  • OSCE
  • Emb. E. Heyken, Jefe de la Misión de la OSCE en Belarús
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