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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - REPORT_NO332, November 2003

CASE_NUMBER 2079 (Ukraine) - COMPLAINT_DATE: 02-FEB-00 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 175. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de marzo de 2003, en cuya ocasión solicitó al Gobierno que aclarase la situación de la división provincial de Volynskaya del Sindicato Panucraniano «Capital y Regiones» en lo que respecta a su registro por las autoridades locales. El Comité también pidió al Gobierno que realizase una investigación independiente sobre el despido del Sr. Linik y que, si se comprobaba que el mismo se debía a causas relacionadas con la realización de las actividades sindicales legítimas, tomase las medidas necesarias para reintegrarle en un puesto apropiado, con el pago de los salarios caídos y beneficios [véase 330.º informe, párrafos 157 a 161].
  2. 176. En sus comunicaciones de fechas 2 de enero y 5 de mayo de 2003, la organización querellante alega la violación de los derechos sindicales de las divisiones del Sindicato Panucraniano «Capital y Regiones» en las siguientes empresas: «Volynoblenergo», la fábrica de Lutsk Bearing y «AY-I EC Rovnoenergo». En particular, la organización querellante declara que, en la empresa «Volynoblenergo», los delegados a la conferencia del trabajo son elegidos por el empleador. Semejante situación favorece la adopción de convenios colectivos convenientes para el empleador y su enmienda unilateral por el mismo. La organización querellante indica asimismo que el Gobierno no ha emprendido una investigación independiente acerca del despido del Sr. Linik de la fábrica Lutsk Bearing. En lo que respecta a «AY-I EC Rovnoenergo», la organización querellante declara que el empleador hace caso omiso de la organización querellante, a la que tacha públicamente de semilegal, y que prefiere tratar y negociar colectivamente con un sindicato «más adecuado». No se facilita a la organización querellante ninguno de los locales a los que tendría derecho en virtud de la legislación. Además, el empleador ejerce varios tipos de presión psicológica sobre los afiliados y los dirigentes del sindicato. En su comunicación de 12 de mayo de 2003, la organización querellante alega asimismo actos de discriminación antisindical en la empresa «AY-I EC Rovnoenergo», donde se ha amenazado a algunos dirigentes con ser despedidos.
  3. 177. En sus comunicaciones de 14 de abril y 11 de julio de 2003, el Gobierno declara que en abril de 1999 la inspección del trabajo territorial del Estado examinó la reclamación presentada por el Sr. Linik relativa a su despido por causa de reducción del personal, y determinó que el procedimiento de despido se había llevado a cabo con arreglo a la legislación laboral. En lo que respecta a los alegatos de actos de discriminación antisindical en la empresa «AY-I EC Rovnoenergo», en su comunicación de fecha 11 de julio y 8 de agosto de 2003, el Gobierno declara que la administración regional de Rovenskaia examinó la queja y concluyó que los hechos de violación de los derechos sindicales no fueron confirmados. El Gobierno declara que sólo el Sr. Slipenko fue despedido de la empresa «AY-I EC Rovnoenergo» sobre la base de ebriedad en el lugar de trabajo. El 5 de mayo de 2003, la dirección de la empresa «AY-I EC Rovnoenergo» solicitó al sindicato que aprobara el despido del Sr. Slipenko. Sin embargo, la dirección nunca recibió una respuesta del sindicato, el cual, de acuerdo con la legislación en vigor, cuenta con 10 días para hacerlo. Finalmente, el Gobierno indica que el 30 de mayo de 2003, el Sr. Slipenko solicitó su desafiliación de la organización querellante y se afilió al Sindicato de Trabajadores de la Industria Energética y Electrotérmica.
  4. 178. El Comité toma nota de las declaraciones de la organización querellante y del Gobierno. Lamenta que este último no haya facilitado información respecto a la anterior solicitud de aclarar la situación de la división provincial de Volynskaya del Sindicato Panucraniano «Capital y Regiones» en lo que respecta a su registro por las autoridades locales. Pide una vez más al Gobierno que facilite dicha información. El Comité observa asimismo que desde febrero de 2000 pide al Gobierno que proceda a una investigación independiente sobre el despido del Sr. Linik. El Comité reitera por tanto esta solicitud y, en el caso de que hubiese pruebas de que el Sr. Linik ha sido despedido por motivos vinculados al ejercicio de actividades sindicales legítimas, pide nuevamente al Gobierno que tome todas las medidas necesarias para que sea reintegrado en un puesto apropiado, con el pago de los salarios caídos y beneficios. En cuanto al alegato sobre violación de los derechos sindicales en la empresa «AY-I EC Rovnoenergo», el Comité toma nota de la declaración del Gobierno relativa a los alegatos sobre discriminación antisindical. El Comité observa, sin embargo, que las declaraciones del Gobierno y del querellante sobre la cuestión son contradictorias. Además, el Gobierno no suministra información sobre otros alegatos de violación de los derechos sindicales. El Comité pide al Gobierno que lleve a cabo una investigación independiente sobre todos los alegatos de violación de derechos sindicales en el seno de la empresa «AY-I EC Rovnoenergo» y que lo mantenga informado al respecto. El Comité pide también al Gobierno que proporcione información sobre los alegatos de violación de los derechos sindicales en la empresa «Volynoblenergo».
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