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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - REPORT_NO326, November 2001

CASE_NUMBER 2076 (Peru) - COMPLAINT_DATE: 09-FEB-00 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 133. En su reunión de marzo de 2001, el Comité formuló las siguientes recomendaciones sobre cuestiones pendientes [véase 324.º informe, párrafo 875]:
    • — en cuanto al despido de los dirigentes sindicales, Sres. Sixto M. Olivos, Herald Z. Torres Osnayo, Juan D. Ayulo Petzoldt y Luis Santiago Puertas por la empresa Compañía Peruana de Radiodifusión S.A., el Comité espera firmemente que las autoridades judiciales dictarán sentencia rápidamente y que dichas sentencias estarán plenamente en conformidad con los principios de la libertad sindical. El Comité urge al Gobierno a que si las sentencias constatan actos de discriminación antisindical se tomen medidas para que estos dirigentes sindicales sean reintegrados en sus puestos de trabajo. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado de la sentencia que dicte la autoridad judicial, y
    • — el Comité pide al Gobierno que confirme que los dirigentes Sres. Rey Fernández Patiño y Adriel Vargas Cáritas han sido reintegrados efectivamente en sus puestos de trabajo y que se les han pagado sus remuneraciones tal como lo ha ordenado la autoridad judicial.
  2. 134. En sus comunicaciones de 7 y 21 de mayo y 26 de junio de 2001 el Gobierno declara que la autoridad judicial en primera instancia ha ordenado la reincorporación del Sr. Luis Santiago Puertas, debiéndosele abonar las remuneraciones dejadas de percibir; no obstante la empresa podría impugnar todavía dicha decisión. La autoridad judicial en primera y en segunda instancia ordenó también la reincorporación del Sr. Sixto M. Olivos. Por otra parte, la empresa ha presentado apelación contra la decisión judicial relativa al dirigente sindical Sr. Torres Osnayo (cuya reincorporación a su puesto de trabajo fue ordenada en primera instancia) a quien se concedió una asignación provisional de 1.432 nuevos soles. En cuanto al despido del Sr. Ayulo Petzoldt, la sentencia en primera instancia falló a su favor pero se presentó contra ella un recurso de apelación.
  3. 135. El Comité toma nota con interés de estas informaciones y pide nuevamente al Gobierno que confirme que los dirigentes sindicales Sres. Rey Fernández Patiño y Adriel Vargas Cáritas han sido reintegrados efectivamente en sus puestos de trabajo y que se les han pagado sus remuneraciones tal como lo había ordenado la autoridad judicial. El Comité pide asimismo al Gobierno que comunique el resultado definitivo de los procesos relativos a los dirigentes sindicales Sres. Torres Osnayo y Ayulo Petzoldt.
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