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- 501. En una comunicación de 2 de agosto de 1988 la Central
- de Sindicatos
- Indios (CITU) presentó quejas contra el Gobierno de la India por
- violación de
- los derechos sindicales. El Gobierno envió sus observaciones
- sobre este caso
- en comunicaciones de fechas 5 de septiembre de 1988, 28 de
- febrero de 1989, 23
- de marzo de 1989 y 28 de marzo de 1989.
- 502. India no ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical
- y la
- protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), ni el
- Convenio sobre el
- derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm.
- 98), pero sí ha
- ratificado el Convenio sobre las organizaciones de trabajadores
- rurales, 1975
- (núm. 141).
A. Alegatos de los querellantes
A. Alegatos de los querellantes- 503. El querellante ha presentado una serie de quejas por
- violación de los
- derechos sindicales en el Estado de Tripura. Las supuestas
- violaciones
- consisten en ataques violentos, asesinatos, incendios
- premeditados,
- agresiones, falsas detenciones, asaltos a los locales sindicales,
- despidos y
- amenazas de despido a los sindicalistas; además, algunos
- sindicatos fueron
- borrados de los registros. Todos estos incidentes ocurrieron
- entre febrero y
- junio de 1988, como secuelas del cambio de gobierno que tuvo
- lugar en Tripura.
- Según informan los querellantes, muchos de estos ataques
- fueron cometidos por
- partidarios del nuevo gobierno, y a menudo con el apoyo (activo
- o pasivo) de
- las autoridades públicas.
- 504. El querellante presentó sus alegatos en 22 apartados,
- cuyos textos
- pueden resumirse de la manera siguiente:
- i) El 5 de febrero de 1988, los "Antisociales del Congreso (I)"
- asaltaron
- los locales del Sindicato del Automóvil (Motor Shramik Union)
- (MSU) (afiliado
- a la CITU). Este incidente fue supuestamente comunicado a la
- policía, sin que
- se tomaran medidas al respecto.
- ii) El 6 de febrero de 1988 sufrieron agresiones Gopal Ghosh e
- Indrajit
- Das, miembros del MSU. Gopal Ghosh fue asesinado e Indrajit
- Das sufrió graves
- lesiones. "Sorprendentemente" Indrajit Das fue detenido por la
- policía.
- iii) También el 6 de febrero de 1988 fueron incendiadas las
- casas de tres
- sindicalistas (Anil Das, Madhu Mian e Hiranmoni Bonaj). La Sra.
- Bonaj y su
- esposo también fueron despedidos de su empleo en la
- compañía de tí Laxmi
- Iunga.
- iv) El 24 de febrero de 1988, Dharma Das, miembro del Comité
- Directivo de
- la CITU, y su hijo, fueron detenidos sin mandato judicial. Dharma
- Das fue
- supuestamente mantenido desnudo bajo custodia policial y
- golpeado con
- violencia. Su casa fue saqueada durante un allanamiento, pero
- nada pudo
- encontrarse. Fue mantenido bajo custodia policial hasta el 14
- de marzo de
- 1988, día en que fue liberado tras el pago de una fianza.
- v) El 25 de febrero de 1988, Bandan Gope y Laxmi Naryan
- Choun, dirigentes
- del Sindicato de Trabajadores del Tí de Kailashahar, fueron
- detenidos bajo
- falsas acusaciones y golpeados mientras se hallaban bajo
- custodia policial.
- vi) En una fecha no determinada, Shakti Prasanna
- Bhattacharya, Secretario
- Ejecutivo de la CITU, fue atacado en su domicilio por los
- "Antisociales del
- Congreso (I)".
- vii) En fechas no indicadas de marzo de 1988 fueron
- incendiadas las casas
- de Sridam Sutradhar y Sudarshan Das, con lo que estas
- personas y sus familias
- quedaron sin techo. Supuestamente, tampoco pueden entrar
- en las zonas donde
- se encuentran sus domicilios porque los "Antisociales del
- Congreso (I)" han
- creado allí un clima de terror.
- viii) El 1. de abril de 1988, se impidió por la fuerza a 276
- miembros de
- una organización afiliada a la CITU que cumplieran sus deberes
- en la
- explotación agrícola Kamalasagar Goatary. Dos días más
- tarde, algunos de esos
- trabajadores fueron golpeados. Un miembro local del
- Parlamento (Shree Motilal
- Sarkar) advirtió a la policía acerca de estos incidentes, pero no
- se tomó
- ninguna medida contra los culpables.
- ix) El 6 de abril de 1988, a Abdul Samad, dirigente de los
- trabajadores
- jornaleros de una estación termal en construcción, fue
- convocado a una
- reunión con el Ministro de Vivienda; se le advirtió que no
- siguiera
- insistiendo con sus reivindicaciones salariales. Más tarde, el Sr.
- Samad fue
- detenido y atrozmente golpeado mientras se hallaba bajo
- custodia policial.
- x) El 8 de abril de 1988 fueron atacadas las oficinas del MSU,
- habiendo
- sido golpeadas algunas personas, entre las cuales se hallaba
- Sudhangshu Das.
- Este ataque fue supuestamente perpetrado por los
- "Antisociales del Congreso
- (I)" con la asistencia de miembros de la fuerza policial de la
- reserva
- central y de la fuerza policial.
- xi) El 19 de abril de 1988, Shree Dhirendra Debnath, dirigente
- del partido
- del Congreso I)de Tripura, visitó la Mohanpur Food Godown,
- acompañado por
- algunos trabajadores del partido y miembros del cuerpo policial.
- Pidió a uno
- de los integrantes de la dirección de la Godown que contratara
- a un grupo de
- individuos cuyos nombres figuraban en una lista por escrito.
- Según informan
- los querellantes, fueron inmediatamente despedidos 18
- miembros de un
- sindicato afiliado a la CITU. Los querellantes alegan que
- incidentes
- similares ocurrieron en otros dos establecimientos, a
- consecuencia de lo cual
- quedaron despedidos 90 trabajadores en total.
- xii) El 6 de mayo de 1988, "elementos antisociales" penetraron
- en la
- plantación de caucho de Kalshimuk, donde aporrearon a varios
- trabajadores al
- azar. Entre los trabajadores que debieron ser hospitalizados se
- encontraba
- Rakhal Roy, secretario del Sindicato de Trabajadores del
- Caucho (Rubber
- Shramik Union) (RSU). Posteriormente, 38 miembros sindicales
- fueron despedidos
- y sustituidos por "Antisociales del Congreso (I)".
- Supuestamente, esta medida
- fue tomada en cumplimiento de las instrucciones dictadas por
- un funcionario
- policial. Los querellantes alegan asimismo que las oficinas del
- RSU fueron
- saquedas en presencia de la policía.
- xiii) El 9 de mayo de 1988, según se informa, Mahendra
- Debnath recibió de
- parte de unos "matones" la advertencia de retirarse de un
- sindicato miembro de
- la CITU, so pena de ser asesinado. Días más tarde el Sr.
- Debnath moría
- asesinado, supuestamente con la complicidad del Ministro de
- Vivienda. L a
- policía fichó este caso como un suicidio.
- xiv) El 13 de mayo de 1988 Suken Tripura, miembro de una
- organización
- afiliada a la CITU, fue atacado por Dipak Malla, "matón del
- Congreso (I)" y se
- le impidió dar parte de este ataque a la policía. Posteriormente,
- Suken
- Tripura, Suriya Tripura, Harimohan Tripura y Daitiya Mohan
- Tripura fueron
- detenidos tras haber sido denunciados por Dipak Malla.
- Mientras se hallaba
- bajo vigilancia policial, Suriya Tripura fue brutalmente torturado.
- Por
- último, fue llevado ante los tribunales sin haber recibido
- tratamiento médico
- alguno y condenado.
- xv) En fecha no comunicada, Shyamal Paul y Manik Das,
- dirigentes de la
- CITU, fueron agredidos por haber movilizado a los trabajadores
- de la Empresa
- de Construcción de Proyectos Nacionales a observar el Primero
- de Mayo. Tanto
- el Sr. Paul como el Sr. Das debieron ser hospitalizados como
- consecuencia de
- las heridas recibidas.
- xvi) El 20 de mayo de 1988, Bharatmani Nayatiya, uno de los
- dirigentes del
- Sindicato de Trabajadores de las Fábricas de Yute y miembro
- del Comité
- Ejecutivo de la CITU, fue atacado por Khokan Paul y sus
- cómplices. Fue
- detenido sin que se hubieran formulado acusaciones en su
- contra y
- posteriormente puesto en libertad. Más tarde, fue detenido una
- segunda vez
- por falsas acusaciones formuladas por Khokan Paul, torturado
- por la policía
- y, por último, encarcelado.
- xvii) El 26 de mayo de 1988 los "maleantes del Congreso (I)"
- impidieron
- supuestamente a ocho trabajadores empezar su trabajo en la
- plantación de
- caucho de Paikhlola. El 31 de mayo, 17 trabajadores sufrieron
- los mismos
- impedimentos en otra plantación. Aproximadamente en la misma
- fecha, Atul
- Debnath y Natu Urang, dos de los trabajadores, fueron
- agredidos por
- "maleantes". Todos estos incidentes fueron puestos en
- conocimiento de la
- policía, sin que se tomaran medidas al respecto.
- xviii) El 5 de junio de 1988, un funcionario policial y "cerca de
- 250
- maleantes del Congreso (I)" agredieron supuestamente a
- Dankumar Tripura y
- Satinanda Tripura, dos de los dirigentes de los trabajadores del
- caucho.
- xix) El 6 de junio de 1988, la misma banda atacó a Chikan
- Tripura,
- trabajador del caucho, entregándolo posteriormente a la policía.
- Mientras se
- hallaba bajo vigilancia policial sufrió nuevas agresiones; fue
- liberado el 7
- de junio. Mientras el Sr. Tripura estaba bajo custodia policial, la
- oficina
- local del RSU fue incautada por miembros de la banda. Con
- ayuda policial,
- esta misma banda impidió que cerca de 185 trabajadores
- pudieran acudir a sus
- lugares de trabajo, a consecuencia de lo cual perdieron sus
- empleos.
- xx) Se ha alegado que, en 1988, durante un lapso no definido,
- los
- "antisociales" se apoderaron de 25 oficinas pertenecientes a
- organizaciones
- afiliadas a la CITU, entre las cuales había 11 que eran
- propiedad del MSU.
- Todos estos incidentes fueron comunicados a la policía, la cual
- no tomó medida
- alguna contra los responsables.
- xxi) Durante ese mismo período se anuló la inscripción de ocho
- sindicatos
- afiliados a la CITU sin que se adujeran motivos válidos o porque
- los
- sindicatos no habían presentado sus informes anuales (aunque
- en realidad
- todos esos informes sí habían sido presentados y aceptados
- en el Registro de
- Sindicatos).
- xxii) Se alega que entre el 31 de mayo de 1988 y el 2 de junio
- de 1988 siete
- mujeres trabajadoras fueron violadas por bandas de soldados.
- B. Respuesta del Gobierno
- 505. El Gobierno declara en sus comunicaciones que en la
- India las leyes
- nacionales y, sobre todo, la ley de 1926 sobre los sindicatos y la
- ley de 1947
- sobre los conflictos laborales garantizan la libertad sindical y los
- derechos
- sindicales. La primera de estas normativas se refiere al tema de
- la
- inscripción de los sindicatos en los registros y a su exclusión de
- los mismos.
- La segunda aborda, entre otras cuestiones, las prácticas
- laborales injustas,
- como por ejemplo la injerencia en los derechos de los
- trabajadores de
- sindicalizarse, constituir sindicatos, adherir a los mismos o
- prestarles
- asistencia, así como la restricción y la represión del ejercicio de
- estos
- derechos. Declara también que es ilícito despedir a un
- trabajador o dar por
- terminados sus servicios recurriendo para ello a medidas
- persecutorias. Los
- homicidios, los ataques a la integridad física, la destrucción de
- casas por
- incendios, etc., son actos criminales y deben ser penalizados
- como tales, de
- conformidad con las disposiciones del Código Penal y demás
- ordenamientos
- afines.
- 506. El Gobierno afirma asimismo que seguirá asegurando que
- ningún partido
- hostigue a los sindicatos o a las federaciones y que todos los
- sindicatos y
- organizaciones de trabajadores puedan llevar adelante
- libremente sus
- actividades legítimas y gozar de sus derechos básicos.
- 507. Por lo que se refiere a las 22 quejas específicas
- formuladas por los
- querellantes en sus comunicaciones, el Gobierno envía las
- respuestas que
- figuran a continuación, basándose en la información facilitada
- por el Gobierno
- de Tripura:
- i) Es verdad que el 5 de febrero de 1988 hubo una
- manifestación frente a
- las oficinas del MSU para protestar contra el asesinato de un tal
- Bishu Saha
- cometido por un grupo de supuestos simpatizantes del Partido
- Comunista de la
- India (marxista). Los manifestantes fueron dispersados por las
- fuerzas
- policiales y no se dio parte a la policía acerca de supuestos
- daños causados
- a las oficinas del MSU.
- ii) Es cierto que el 2 de febrero de 1988 Gopal Ghosh e Indrajit
- Das (junto
- con Dhirendra Deb Darma) fueron atacados por una pandilla y
- que el Sr. Ghosh
- murió como consecuencia de las heridas que había recibido.
- También es verdad
- que el Sr. Das fue detenido tras el ataque. Según
- declaraciones del
- Gobierno, este ataque fue perpetrado por gente del lugar que
- consideraba que
- los Sres. Ghosh, Das y Darma estaban implicados en el
- asesinato de Nripendra
- Rudra Paul. La detención del Sr. Das está relacionada con
- este asesinato,
- cuya investigación aún se halla en curso. La policía también
- está
- investigando las causas del fallecimiento del Sr. Ghosh.
- iii) Según declara el Gobierno, "hay fuertes indicios" de que el
- incendio
- que destruyó la casa de la Sra. Bonaj fue accidental. También
- declara que la
- Sra. Bonaj y su esposo abandonaron sus empleos por propia
- voluntad. Tras las
- investigaciones realizadas, no se encontró en la vecindad a
- ninguna persona
- que respondiera al nombre de Anil Das ni al de Madhu Mian.
- iv) Dharma Das y Diplak Das fueron detenidos bajo sospecha
- de haber
- participado en un delito penalizado por el artículo 326/302 del
- Código Penal
- (no se da a conocer la naturaleza de dicho delito). El tribunal de
- trabajo
- los absolvió por falta de pruebas. El Gobierno niega que se
- haya mantenido a
- un hombre desnudo y que se le haya golpeado mientras se
- encontraba bajo
- custodia policial. También desmiente que se haya saqueado la
- casa de Diplak
- Das.
- v) Se hallan detenidos los dos dirigentes del Sindicato de
- Trabajadores del
- Tí de Kailashahar por complicidad en el asesinato de Haripada
- Dey. No fueron
- agredidos mientras se hallaban bajo vigilancia policial.
- vi) No se informó a la policía acerca de ninguna queja sobre
- un supuesta
- agresión sufrida por el Secretario Ejecutivo de la CITU.
- vii) Es verdad que la casa de Sridam Sutradhar fue totalmente
- destruida por
- el fuego en la noche del 19 de marzo de 1988. Se acusó de
- este hecho a Dipak
- Malla y a otros individuos. Tras la investigación realizada, no se
- encontró a
- ninguna persona que respondiera al nombre de Sudarshan Das.
- El alegato de que
- impera el terror en la región "carece de fundamento y responde
- a motivaciones
- de carácter político".
- viii) La pesquisa realizada no ha permitido comprobar que el 1
- de abril de
- 1988 se hubiera impedido a 276 trabajadores cumplir con sus
- deberes ni que
- algunos trabajadores hubieran sido golpeados el 3 de abril de
- 1988. Shree
- Motilal Sarkar no dio parte de estos incidentes a la policía.
- ix) Abdul Samad no fue convocado a una reunión con el
- Ministro de Vivienda
- el 6 de abril de 1988. Sin embargo, ese mismo día fue detenido
- por alterar el
- orden público bajo los efectos del alcohol. Posteriormente fue
- procesado y
- condenado por estos cargos. Ya había sido detenido varias
- veces por
- infracciones (no especificadas) al Código Penal y a la ley sobre
- porte de
- armas.
- x) Sudhangshu Das fue atacado por elementos disidentes de
- su propio
- sindicato. El Sr. Das presentó una denuncia a la policía y el
- asunto se halla
- en investigación.
- xi) El Gobierno declara que las tres quejas presentadas por el
- despido de
- miembros de organizaciones afiliadas a la CITU carecen de
- fundamento.
- xii) Rakhal Roy Burman sufrió "lesiones sin gravedad" durante
- un choque
- entre partidarios de los dos sindicatos rivales de la plantación de
- caucho de
- Kalshimukh en la mañana del 6 de mayo de 1988. También
- resultaron heridos
- varios miembros de estos dos sindicatos. Aún no ha concluido la
- investigación
- policial sobre este incidente. La oficina del RSU no fue
- saqueada en
- presencia de la policía. Tampoco es verdad que miembros de
- organizaciones
- afiliadas a la CITU hayan sido despedidos y sustituidos por
- trabajadores del
- Congreso (I).
- xiii) El Gobierno deniega categóricamente que Mahendra
- Debnath haya sido
- amenazado por partidarios del Congreso (I)y que el Ministro de
- Vivienda haya
- estado implicado en esta muerte. La investigación policial y la
- autopsia
- revelaron, sin que haya lugar a dudas, que el Sr. Debnath se
- había suicidado.
- xiv) Es verdad que Manimohan Tripura y Surjya Tripura fueron
- detenidos a
- raíz de la queja presentada por Dipak Malla. Surjya Tripura se
- resistió a ser
- detenido, sufriendo una "herida leve" por la cual recibió
- atención médica. No
- fue golpeado mientras se hallaba bajo custodia policial. Daitya
- Tripura fue
- llevado a la comisaría policial para ser interrogado en relación
- con los
- mismos asuntos que Manimohan Tripura y Surjya Tripura, los
- cuales fueron
- liberados inmediatamente después. La policía no recibió quejas
- de que Sukhen
- Tripura hubiese sido supuestamente agredido por Dipak Malla.
- xv) Shyamal Paul acusó a varios individuos de haberlo
- agredido. Tras la
- investigación policial, todos estos individuos fueron detenidos y
- acusados.
- Este incidente ocurrió en febrero de 1988 y no tuvo relación
- alguna con la
- observancia del Primero de Mayo.
- xvi) Bharatmoni Notaia fue detenido por vecinos de la zona en
- Melagarh
- Bazaar, en posesión de un revolver sin autorización.
- Posteriormente fue
- entregado a la policía y acusado de delito en virtud de la ley de
- porte de
- armas. No fue agredido por Khokan Paul ni tampoco fue
- torturado mientras se
- hallaba bajo custodia policial. Sin embargo, durante una riña
- con la gente
- del lugar que lo detuvo, sufrió "algunas contusiones". El
- alegato de que
- Khokan Paul había "hundido" un revolver en su espalda no fue
- confirmado por la
- encuesta.
- xvii) Ninguno de los alegatos de que se había estorbado a los
- trabajadores
- del caucho fue confirmado por la encuesta. Natu Urang no fue
- atacado por los
- maleantes. Atul Debnath recibió una "bofetada" durante un
- altercado con
- algunos vecinos del lugar que se desarrolló en un mercado. Se
- consideró que
- el delito no era enjuiciable, es decir, que la policía no podía
- fichar el
- caso. No obstante, la policía aseguró que "tras este incidente
- no se produjo
- ningún otro incidente desafortunado".
- xviii) El Gobierno desmiente el alegato de que un funcionario
- policial
- acompañado de una pandilla de "maleantes" atacara a
- Dhankumar Tripura el 5 de
- junio de 1988. Sin embargo, por denuncia del Sr. Tripura se
- formularon
- acusaciones contra Tapan Majumdar y otras cinco personas.
- Este asunto sigue
- en investigación.
- xix) Chikan Tripura era sospechoso de haber participado en el
- secuestro de
- Dipak Malla y de otras dos personas. Esto llevó a algunos
- vecinos del lugar a
- atacar al Sr. Tripura el 6 de junio de 1988. Más tarde, el Sr.
- Tripura
- formuló acusaciones contra una serie de individuos, pero la
- policía no siguió
- adelante con este caso por falta de pruebas. El Sr. Tripura no
- fue atacado
- mientras se hallaba bajo custodia policial. La oficina del RSU
- no fue atacada
- por bandidos y no hay pruebas de que se haya impedido a
- algunos trabajadores
- asistir a su trabajo ni de que se les haya hecho perder su
- empleo.
- xx) Según el resultado de la encuesta, el alegato de que 25
- oficinas de la
- CITU habían sido ocupadas por partidarios del Congreso I)
- carece de
- fundamento. Tampoco es verdad que la policía se haya
- negado a tomar medidas
- en relación con estos incidentes. El único caso de que se dio
- parte a la
- policía fue tratado "conforme a la ley".
- xxi) Durante el período de que se trata, ningún sindicato fue
- borrado del
- registro en virtud de la ley de 1926.
- xxii) La supuesta violación de mujeres de las tribus por parte de
- una banda
- de soldados fue investigada por una Comisión de Encuesta
- encabezada por un
- Juez de Distrito. Esta Comisión llegó a la conclusión de que los
- alegatos
- carecían de fundamento.
C. Conclusiones del Comité
C. Conclusiones del Comité
- 508. El querellante ha presentado una serie de 22 quejas
- específicas por
- violación de los derechos sindicales en el Estado de Tripura.
- Estas quejas se
- refieren en su mayoría a ataques, asesinatos, incendios
- premeditados y falsas
- detenciones de miembros y funcionarios de los sindicatos
- afiliados a la CITU.
- Otras están relacionadas con los ataques perpetrados contra
- locales
- sindicales, los despidos y amenazas de despido a sindicalistas,
- la
- intimidación de funcionarios sindicales y la eliminación de
- algunos sindicatos
- de los registros.
- 509. El Gobierno deniega todos estos alegatos y declara que
- los mismos no se
- basan en los hechos o describen un cuadro distorsionado de lo
- que
- verdaderamente ocurrió.
- 510. Observa el Comité que las quejas presentadas por el
- querellante tienen
- un carácter muy específico, ya que se refieren por lo general a
- individuos
- claramente identificados, con indicación del lugar y la fecha en
- que ocurrió
- el hecho. Ahora bien, ninguna de estas quejas viene apoyada
- por pruebas
- documentales de ningún tipo. Por su lado, el Gobierno
- desmiente sucesivamente
- cada una de las quejas presentadas por el querellante, pero
- tampoco presenta
- pruebas documentales que justifiquen su postura.
- 511. El Comité ha estimado en todo momento que las
- alegaciones deben estar
- plenamente apoyadas, en la medida de lo posible, por pruebas
- sobre la
- violación específica de los derechos sindicales (Recopilación
- de decisiones y
- principios del Comité de Libertad Sindical, 1985, párrafo 43).
- También ha
- insistido en que los gobiernos deberían reconocer la importancia
- que tiene
- para su propia reputación enviar respuestas precisas a los
- alegatos que se les
- someten para examen objetivo (Recopilación, párrafo 59).
- 512. El cumplimiento de estos preceptos es de suma
- importancia en casos como
- el presente, en que el querellante y el Gobierno discrepan
- profundamente en
- cuanto a los hechos en que se basan las alegaciones, así
- como en cuanto a la
- aplicación de los principios de libertad sindical a estos hechos.
- 513. Dado que hay una falta de pruebas detalladas que sirvan
- para apoyar o
- rebatir las distintas alegaciones, el Comité no está en
- condiciones de
- pronunciarse sobre algunas de las cuestiones planteadas por el
- querellante.
- Por consiguiente, formula las siguientes peticiones al Gobierno:
- - Por lo que se refiere a la queja ii), se pide al Gobierno que
- facilite
- información en cuanto al resultado de la investigación abierta
- con motivo de
- los asesinatos de Gopal Ghosh y Nripendra Rudra Paul, y que
- informe con
- detalle acerca del resultado de los procesos judiciales que se
- hayan
- entablado.
- - En cuanto a la queja v), se pide al Gobierno que facilite
- mayores detalles
- sobre la supuesta complicidad de Badan Gope y Laxminarayan
- Chauhan en el
- asesinato de Haripada Dey. Se busca fundamentalmente saber
- si estos individuos
- han sido acusados de haber cometido delitos en relación con
- este asunto y, en
- caso afirmativo, si estas acusaciones han sido formalizadas ante
- un tribunal.
- - Respecto de la queja vii), se pide al Gobierno que dí mayores
- detalles
- sobre las acusaciones formuladas contra Dipak Malla y otras
- personas, y que
- informe acerca del resultado de los procesos judiciales que se
- hayan
- entablado.
- - En cuanto a la queja ix), se pide al Gobierno que dí mayores
- detalles
- sobre las acusaciones formuladas contra Abdul Samad en
- relación con el caso
- núm. 1, 3)/88 presentado ante la comisaría de policía de
- Kamalchura, y que
- informe sobre el resultado de los procesos judiciales que se
- hayan entablado.
- - Respecto de la queja x), se pide al Gobierno que dí mayores
- detalles sobre
- las conclusiones formuladas tras la investigación policial abierta
- con motivo
- de la queja sometida por Sudhangshu Das (caso núm. 5, 4)/88,
- presentada ante
- la comisaría de policía de Teliamura), y que informe acerca del
- resultado de
- los procesos judiciales que se hayan entablado.
- - En lo referente a la queja xii), se pide al Gobierno que facilite
- mayores
- detalles acerca del resultado de la investigación policial que se
- abrió con
- motivo del incidente ocurrido el 6 de mayo de 1988 en la
- plantación de caucho
- de Kalshimukh, y que informe acerca del resultado de los
- procesos judiciales
- que se hayan entablado.
- - Respecto de la queja xiv), se pide al Gobierno que facilite
- mayores
- detalles acerca de las acusaciones formuladas contra
- Manimohan Tripura y
- Surjya Tripura (caso núm. 5, 5)/88, presentado ante la
- comisaría de policía
- de Baikhora), y que informe acerca del resultado de los
- procesos judiciales
- que se hayan entablado.
- - En cuanto a la queja xv), se pide al Gobierno que facilite
- mayores
- detalles acerca del resultado de la investigación policial abierta
- con motivo
- de la queja formulada por Shyamal Paul (caso núm. 5, 2)/88,
- presentada ante la
- comisaría de policía de Teliamura), y que informe acerca del
- resultado de los
- procesos judiciales que se hayan entablado.
- - Respecto de la queja xvi), se pide al Gobierno que facilite
- mayores
- detalles acerca de las acusaciones formuladas contra
- Bharatmoni Notaia en
- virtud del artículo 251, A) de la ley sobre porte de armas, y que
- informe
- acerca del resultado de los procesos judiciales que se hayan
- entablado.
- - En lo referente a la queja xviii), se pide al Gobierno que
- facilite
- mayores detalles acerca del resultado de la investigación policial
- abierta con
- motivo de la queja presentada por Dhankumar Tripura contra
- Tapan Majumdar y
- otras personas, y que informe acerca del resultado de los
- procesos judiciales
- que se hayan entablado.
- - En cuanto a la queja xx), se pide al Gobierno que facilite
- mayores
- detalles acerca de la manera en que "el caso específico" de la
- incautación de
- una oficina de propiedad de una organización afiliada a la CITU
- fue "tratado
- conforme a la ley".
- 514. Tomando como base la información facilitada por el
- querellante y las
- observaciones que al respecto formuló el Gobierno, en opinión
- del Comité no
- requieren nuevo examen las cuestiones planteadas en las
- quejas i), iii), iv),
- vi), viii), xi), xiii), xvii), xix), xxi) y xxii).
- 515. A juicio del Comité, dejando de lado aquellas cuestiones
- en relación
- con las cuales se pidió explicaciones al Gobierno, no requieren
- nuevo examen
- las quejas v), vii), ix), xii), xiv), xv), xvi) y xx).
- 516. El Comité ha sostenido en todo momento la opinión de
- que los derechos
- sindicales sólo pueden ejercerse en un clima desprovisto de
- violencia, de
- presiones o de amenazas de toda índole contra los sindicalistas
- y de que
- incumbe a los gobiernos garantizar el respeto de este principio
- (Recopilación,
- párrafo 70). Tomando como punto de partida las pruebas
- presentadas por el
- querellante en sus quejas y por el Gobierno en sus
- observaciones, el Comité
- lamenta que éste no sea el clima reinante en el Estado de
- Tripura. Por
- consiguiente, el Comité pide encarecidamente al Gobierno que
- favorezca en
- dicho Estado la creación y el mantenimiento de un clima en el
- cual pueda
- desarrollarse y perpetuarse un movimiento sindical
- verdaderamente libre e
- independiente, y que mantenga al Comité informado acerca de
- la evolución de
- los acontecimientos que ocurran al respecto. El Comité invita,
- igualmente, al
- Gobierno a que se esfuerce por obtener la cooperación de la
- organización
- querellante para crear en el estado de Tripura un clima propicio
- al desarrollo
- de tal clima.
Recomendación del Comité
Recomendación del Comité
- 517. En vista de las conclusiones provisionales que preceden,
- el Comité
- invita al Consejo de Administración a que apruebe las
- recomendaciones
- siguientes:
- a) El Comité pide al Gobierno que facilite información acerca
- del resultado
- de la investigación realizada con motivo de los asesinatos de
- Gopal Ghosh y
- Nripendra Rudra Paul, y que dí cuenta del resultado de los
- procesos judiciales
- pertinentes que se hayan entablado a raíz de dichas
- investigaciones.
- b) El Comité pide al Gobierno que facilite mayores detalles
- sobre la
- supuesta complicidad de Badan Gope y Laxminarayan Chauhan
- en el asesinato de
- Haripada Dey. Le pide fundamentalmente que indique si estos
- individuos fueron
- acusados de haber cometido delitos en relación con esta
- cuestión y, en caso
- afirmativo, si estas acusaciones han sido formalizadas ante un
- tribunal.
- c) El Comité pide al Gobierno que suministre mayores detalles
- sobre las
- acusaciones formuladas contra Dipak Malla y otros individuos, y
- que informe
- acerca del resultado de los procesos judiciales que se hayan
- entablado a este
- respecto.
- d) El Comité pide al Gobierno que facilite mayores detalles en
- cuanto a las
- acusaciones formuladas contra Abdul Samad en relación con el
- caso núm. 1,
- 3)/88 presentado ante la comisaría de policía de Kamalchura, y
- que dí cuenta
- del resultado de los procesos judiciales que se hayan entablado
- a este
- respecto.
- e) El Comité pide al Gobierno que facilite mayores detalles
- sobre el
- resultado de la investigación policial efectuada con motivo de la
- queja
- formulada por Sudhangshu Das (caso núm. 5, 4)/88 presentado
- ante la comisaría
- de policía de Teliamura), y que informe acerca del resultado de
- los procesos
- judiciales que se hayan entablado a este respecto.
- f) El Comité pide al Gobierno que facilite mayor información
- sobre el
- resultado de las investigaciones policiales llevadas a cabo con
- motivo del
- incidente ocurrido el 6 de mayo de 1988 en la plantación de
- caucho de
- Kalshimukh y que dí cuenta del resultado de los procesos
- judiciales que se
- hayan entablado a este respecto.
- g) El Comité pide al Gobierno que facilite mayores detalles
- sobre las
- acusaciones formuladas contra Manimohan Tripura y Surjya
- Tripura (caso núm. 5,
- 5)/88 presentado ante la comisaría de policía de Baikhora), y
- que dí cuenta
- del resultado de los procesos judiciales que se hayan entablado
- a este
- respecto.
- h) El Comité pide al Gobierno que facilite mayores detalles
- acerca del
- resultado de la investigación policial efectuada con motivo de la
- queja
- formulada por Shyamal Paul (caso núm. 5, 2)/88 presentado
- ante la comisaría de
- policía de Teliamura), y que dí cuenta del resultado de los
- procesos
- judiciales que se hayan entablado a este respecto.
- i) El Comité pide al Gobierno que facilite mayores detalles
- acerca de las
- acusaciones formuladas contra Bharatmori Notaia en virtud del
- artículo 251, A)
- de la ley sobre porte de armas, y que dí cuenta del resultado de
- los procesos
- judiciales que se hayan entablado a este respecto.
- j) El Comité pide al Gobierno que facilite mayor información
- acerca del
- resultado de la investigación policial efectuada con motivo de la
- queja
- presentada por Dhankumar Tripura contra Tapan Majumdar y
- otros individuos, y
- que dí cuenta del resultado de los procesos judiciales que se
- hayan entablado
- a este respecto.
- k) El Comité pide al Gobierno que facilite mayor información
- acerca de la
- manera en que "el caso específico" de la incautación de una
- oficina de
- propiedad de una organización afiliada a la CITU fue "tratado
- conforme a la
- ley".
- l) El Comité lamenta la ausencia en el Estado de Tripura de un
- clima en el
- cual pueda desarrollarse y mantenerse un movimiento sindical
- verdaderamente
- libre e independiente, y pide al Gobierno que tome las medidas
- para promover
- activamente el desarrollo de dicho clima y que mantenga al
- Comité informado
- acerca de la evolución de los acontecimientos que ocurran al
- respecto.
- m) El Comité invita al Gobierno a que se esfuerce por obtener
- la cooperación
- de la organización querellante para crear en el Estado de
- Tripura un clima
- propicio al desarrollo y al mantenimiento de un movimiento
- sindical
- verdaderamente libre e independiente.