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Saint Lucia

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La Comisión observa con profunda preocupación que, por décimo año consecutivo, no se han recibido las memorias debidas sobre los convenios ratificados. Al día de hoy, se deben 18 memorias, entre las cuales se encuentra la primera memoria relativa a la aplicación del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155). La mayoría de las memorias debidas, inclusive sobre convenios fundamentales, deberían haber incluido información en respuesta a las observaciones de la Comisión.
Atendiendo a la decisión de la Comisión relativa al tratamiento de los llamamientos urgentes, la Comisión ha decidido proceder en esta reunión al examen de la aplicación de los Convenios núms. 87 y 108, para los cuales no se han recibido memorias desde hace más de tres años, basándose en la información pública disponible.
Al tiempo que recuerda que este año el Equipo de Apoyo Técnico sobre Trabajo Decente para el Caribe y el Centro Internacional de Formación de la OIT han prestado asistencia técnica sobre estas cuestiones, la Comisión expresa la firme esperanza de que el Gobierno presente pronto todas sus memorias, de conformidad con su obligación constitucional, y de que en ellas se responda a los comentarios de la Comisión.
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