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A fin de proporcionar una visión de conjunto de las cuestiones relativas a la aplicación de los convenios ratificados sobre seguridad y salud en el trabajo (SST), la Comisión considera oportuno examinar los convenios núms. 155 (SST) y 167 (SST en la construcción) en un mismo comentario.

Convenio sobre seguridad y salud en el trabajo, 1981 (núm. 155)

Artículo 11, c) y e) del Convenio.Elaboración de estadísticas anuales sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y aplicación del Convenio en la práctica. Tras su comentario anterior, la Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno en su memoria de que en 2020 se notificaron 17 064 casos de enfermedades profesionales, incluidos 14 408 casos de neumoconiosis, mientras que en 2021 se notificaron 15 407 casos, incluidos 11 809 casos de neumoconiosis. Además, en 2019 se registraron 29 519 accidentes de trabajo que resultaron mortales, mientras que en 2020 se notificaron 27 412 accidentes de este tipo. La Comisión también toma nota de que, según el 14.º Plan Nacional Quinquenal de Seguridad en el Trabajo (2021-2025), entre 2015 y 2020 se produjo una disminución del 43,3 por ciento en todos los tipos de accidentes: de los accidentes graves en un 36,1 por ciento y de los accidentes muy graves en un 57,9 por ciento, respectivamente, y el número de muertes por accidente laboral disminuyó en un 38,8 por ciento. El Gobierno indica además que se emprendieron medidas específicas para controlar y eliminar las enfermedades profesionales en su origen, incluida la puesta en marcha de la campaña de prevención y control de la neumoconiosis en industrias clave, como la construcción, la metalurgia, las minas de carbón y las minas no carboníferas. Se siguen organizando actividades de sensibilización destinadas a difundir las políticas y leyes pertinentes, los conocimientos científicos y las buenas prácticas. Tomando debida nota de la continua disminución del número de accidentes de trabajo y de casos de enfermedades profesionales, la Comisión pide al Gobierno que continúe sus esfuerzos en materia de prevención de dichos accidentes y enfermedades, y que siga proporcionando información sobre las medidas preventivas específicas adoptadas a este respecto, en particular en el contexto de la aplicación del 14.º Plan Nacional Quinquenal de Seguridad en el Trabajo, así como sobre el impacto de dichas medidas. La Comisión también pide al Gobierno que siga proporcionando estadísticas detalladas sobre los accidentes y las enfermedades profesionales a nivel nacional, indicando sus causas y consecuencias.

Convenio sobre seguridad y salud en la construcción, 1988 (núm. 167)

Artículo 8 del Convenio.Cooperación entre dos o más empleadores que realizan actividades simultáneamente en una misma obra. A raíz de su comentario anterior, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno en su memoria de que el 14.º Plan Nacional Quinquenal de Seguridad en el Trabajo considera prioritaria la prevención de accidentes. Entre las medidas previstas cabe destacar la mejora de la gestión de la contratación y la calificación de los subcontratistas, así como el fortalecimiento de la aplicación efectiva de la legislación y los reglamentos correspondientes. El Gobierno también hace referencia a la notificación sobre el refuerzo adicional de los mecanismos de gestión de la seguridad de los proyectos de construcción con mayor riesgo emitida por el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural (MoHURD) en 2017, en la que se subraya que el contratista principal es responsable de la seguridad general en el ámbito del trabajo para todo el proyecto, mientras que los subcontratistas son responsables de la seguridad en el ámbito de las partes subcontratadas, según lo dispuesto en la sección 24 del Reglamento Administrativo sobre Seguridad en el Trabajo en Proyectos de Construcción. La Comisión observa además que, según la Circular sobre la seguridad y prevención de accidentes en viviendas y obras públicas municipales, el 82,61 por ciento de los accidentes graves estaban relacionados con grandes proyectos de construcción con múltiples componentes y operadores, en particular en el ámbito de la excavación en terreno y las cimentaciones, los sistemas de soporte de encofrado y la maquinaria de grúas de construcción. La Comisión pide al Gobierno que prosiga sus esfuerzos para garantizar la aplicación de las medidas de seguridad y salud prescritas bajo la responsabilidad del contratista principal siempre que dos o más empleadores realicen actividades simultáneamente en una obra de construcción, en particular en lo que se refiere a las obras de construcción con varios niveles de subcontratación. Tomando nota de que una gran proporción de accidentes se produjo en proyectos de construcción con múltiples partes y operadores, la Comisión pide una vez más al Gobierno que proporcione información sobre la aplicación del artículo 24 del Reglamentos administrativos sobre seguridad en el trabajo en los proyectos de construcción, en la práctica, en particular las inspecciones realizadas, las violaciones detectadas y las sanciones aplicadas por incumplimiento.
Artículo 18, 1).Trabajos en altura, incluidos los tejados. La Comisión toma nota de la referencia del Gobierno a la Circular sobre la acción de gobernanza de la seguridad en el trabajo en el sector de la construcción, publicada por el MoHURD en marzo de 2022, en la que se especifican mejor los requisitos de las medidas de seguridad para los trabajos en altura, incluida la identificación de los riesgos y las acciones de prevención, así como el uso de equipos de protección tanto colectivos como individuales. Además, el MoHURD actualizó los criterios para determinar los principales peligros y riesgos de accidente en la construcción en abril de 2022, en los que se determinan algunos tipos de trabajo en altura que comportan un riesgo considerable de accidente. El Gobierno también indica que el número de muertes por caídas de altura en la construcción sigue disminuyendo (441 en 2019, 428 en 2020 y 413 en 2021). No obstante, la Comisión observa que, según la Circular sobre seguridad en materia de accidentes en viviendas y obras públicas municipales, de 2019, las caídas por trabajo en altura siguieron siendo la principal causa de accidente en la construcción, que equivale al 53,69 por ciento del total de accidentes en 2019 y supone un incremento respecto al 52,2 por ciento de 2018. La Comisión también observa que solo hubo un accidente debido a caída por trabajo en altura que entra en las categorías de accidentes grandes, graves y muy graves (definidos como accidentes que causan más de 3 muertes o con un impacto económico particularmente significativo). La Comisión insta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para hacer cumplir las medidas de seguridad aplicables a los trabajos en altura y promueva la utilización de equipos de seguridad en todas las obras de construcción. Asimismo, pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las medidas de control aplicadas a este respecto (incluido el número y la naturaleza de las infracciones detectadas y las sanciones impuestas) y el número de accidentes de trabajo notificados por caídas desde alturas.
Artículo 35.Cumplimiento efectivo de las disposiciones del Convenio y aplicación en la práctica. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno, en respuesta a su solicitud anterior, sobre las medidas adoptadas por el MoHURD para mejorar la aplicación del Convenio, entre ellas: i) la elaboración, en 2021, de directrices para el diseño del plan de trabajo en proyectos de construcción que implican mayores riesgos derivados de la presencia de múltiples componentes y operadores; ii) la elaboración, en 2021, de una lista de procesos y técnicas, equipos y materiales de trabajo que deben eliminarse en los proyectos de construcción de edificios e infraestructuras, y iii) la aplicación de medidas específicas para reforzar la seguridad en el trabajo en los proyectos relativos a viviendas y obras públicas municipales. El Gobierno también indica que se notificaron 1 530 casos de enfermedades profesionales en el sector de la construcción entre 2019 y 2021, en su mayoría relacionados con proyectos de obras urbanas (1 256 casos). Además, la enfermedad profesional más prevalente sigue siendo la neumoconiosis (1 257 casos). La Comisión observa además con preocupación que, según la Circular sobre la seguridad y prevención de accidentes en viviendas y obras públicas municipales de 2019, se produjeron 773 accidentes por fallos de seguridad con el resultado de 904 muertes, lo que supone un aumento respecto a 2018 de 39 casos y 64 personas más. Alrededor del 80 por ciento de estos accidentes podrían atribuirse a violaciones de las normas y reglamentos relacionados con la SST al ejecutar el trabajo, el 60 por ciento están relacionados con violaciones de los procedimientos de construcción reglamentarios, mientras que el 40 por ciento se debieron a la negligencia del personal clave responsable de la SST en el cumplimiento de sus obligaciones. La Comisión insta al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para garantizar la aplicación del Convenio en la práctica, y a que siga proporcionando información sobre las medidas concretas adoptadas para reducir el número de accidentes de trabajo en el sector de la construcción. Asimismo, insta al Gobierno a seguir adoptando medidas para garantizar la aplicación efectiva del Convenio mediante la prestación de servicios de inspección adecuados en el sector, así como de sanciones y medidas correctivas apropiadas. Por último, la Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información detallada sobre la aplicación del Convenio en la práctica.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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