National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Consultas tripartitas efectivas. La Comisión toma de la sucinta respuesta presentada por el Gobierno en mayo de 2006 a la solicitud directa de 2003. La Comisión recuerda nuevamente que determinadas cuestiones previstas en el artículo 5, párrafo 1, del Convenio (a) respuestas a los cuestionarios, b) sumisiones a la Asamblea Nacional, d) memorias que hayan de comunicarse a la OIT) dan lugar a consultas anuales mientras que otras (c) reexamen de convenios no ratificados y de recomendaciones, e) propuestas de denuncia de convenios ratificados) exigen un examen menos frecuente. La Comisión pide al Gobierno que facilite información sobre la frecuencia de las consultas tripartitas y que transmita informes que se hayan elaborado o recomendaciones que se hayan formulado como resultado de las consultas (artículo 5, párrafo 2).