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Protection of Wages Convention, 1949 (No. 95) - Argentina (RATIFICATION: 1956)

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Artículo 1 del Convenio. Definición del término «salario». La Comisión toma nota de que el proyecto de ley que establece la eliminación progresiva de las sumas no remunerativas en el sector privado y su inclusión en los salarios en un plazo de seis meses fue recientemente sancionado por el Senado y está pendiente de ser revisado por la Cámara de Diputados. Asimismo, la Comisión toma nota de la comunicación de la Confederación General del Trabajo (CGT RA) de fecha 31 de agosto de 2011, en la cual la Confederación expresa su apoyo para con el proyecto de ley precitado. La Comisión ruega al Gobierno informar a la Oficina de los avances en la materia y proporcionar una copia de la ley en cuanto sea aprobada. De igual manera, la Comisión toma nota de las indicaciones de la CGT RA sobre la existencia de jurisprudencia reciente que ha confirmado que todo pago que el trabajador perciba por causa de su trabajo — con independencia del nombre, caracterización o imputación que se le otorgue — forma parte del salario.
Ahora bien, la Comisión toma nota de que el Gobierno nuevamente omite abordar los demás puntos planteados en sus comentarios anteriores, a saber: i) el estado de progreso de las negociaciones dirigidas a resolver el conflicto existente entre el Ministerio de Salud del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires y la Federación de Profesionales del Gobierno de la ciudad autónoma de Buenos Aires; ii) el estado de progreso del proyecto de ley dirigido a modificar los artículos 120 y 147 de la Ley sobre el Contrato de Trabajo, relativos a la inembargabilidad del salario mínimo vital; iii) la evolución de la situación relativa al pago del salario mediante bonos emitidos localmente; y iv) la situación actual en materia de atrasos de los salarios u otras dificultades en el pago regular de los salarios que persistieran en algunos sectores o provincias. La Comisión por lo tanto se ve obligada a reiterar su solicitud de informaciones detalladas sobre estos puntos.
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