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Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Lithuania (RATIFICATION: 2004)

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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, recibida en septiembre de 2008, que reproduce la información que ya proporcionó en su memoria para el período que finalizó en junio de 2006. Asimismo, toma nota de la información sobre las medidas tomadas para aplicar la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189), y la Recomendación sobre la promoción de las cooperativas, 2002 (núm. 193), proporcionada por el Gobierno en su respuesta al cuestionario para el Estudio General sobre el empleo. Además, la Comisión se refiere a su observación de 2009 sobre la aplicación del Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142).

Artículos 1 y 2 del Convenio. Tendencias del empleo. El Gobierno indica que la tasa de empleo fue de un 63,6 por ciento en 2006 y aumentó a un 64,9 por ciento en 2007, y que la tasa de desempleo de los trabajadores de entre 15 y 74 años de edad fue del 5,6 por ciento en 2006 y se redujo a un 4,3 por ciento en 2007. El Gobierno se refiere al programa nacional de reforma y a los grupos de trabajo establecidos para controlar y evaluar su aplicación. La Comisión toma nota del análisis de marzo de 2009 del Consejo de la Unión Europea presentado en sus recomendaciones específicas para Lituania, que establece que, en 2008, el crecimiento del empleo fue negativo y se esperaba que el desempleo superase el 5 por ciento. Los despidos masivos de trabajadores aumentaron, afectando especialmente a la mano de obra y los jóvenes poco calificados, las personas de zonas rurales y los trabajadores de edad. Por último, el análisis prevé que las diferencias regionales en materia de desempleo pueden volverse más pronunciadas. La Comisión toma nota del deterioro que se ha producido en la situación del empleo desde sus últimos comentarios. La Comisión entiende que el Gobierno procura apoyar el pleno empleo en el contexto de la Estrategia Europea de Lisboa para el crecimiento y el empleo. La Comisión solicita al Gobierno que en su próxima memoria especifique cómo, con arreglo al artículo 2, revisa las medidas y políticas adoptadas teniendo en cuenta los resultados alcanzados en prosecución de los objetivos especificados en el artículo 1. Recuerda que, en virtud del artículo 1, todo Miembro deberá formular y llevar a cabo «como un objetivo de mayor importancia» una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Tal como requiere  el artículo 3, la Comisión confía en que en la memoria del Gobierno también figure información sobre las consultas y la cooperación con las organizaciones de empleadores y de trabajadores para formular e implementar políticas de empleo que alivien la situación del empleo actual.

Desarrollo regional. El Gobierno indica que ha preparado un proyecto de programa sobre promoción de la migración de la mano de obra en el país, que sirve para: i) estimular la movilidad territorial de los ciudadanos; ii) aumentar la empleabilidad de la población; iii) coordinar la oferta y la demanda de mano de obra, y iv) apoyar a las empresas en la contratación de los trabajadores adecuados. Asimismo, la Comisión toma nota de que se sugirió que se apliquen las medidas del programa en 2008-2010. La Comisión pide al Gobierno que incluya en su próxima memoria información sobre la implementación de dicho programa, así como de otras actividades específicas emprendidas para promover el empleo en las regiones desfavorecidas, incluida la mejora de la movilidad de los trabajadores.

Pequeñas y medianas empresas. Cooperativas. El Gobierno informó de que, en la Ley de 2007 sobre el Desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas de la República de Lituania, se establecen criterios más específicos para definir las empresas muy pequeñas, pequeñas, y medianas y estipula nuevas formas de apoyo estatal a las actividades de esas empresas. El Departamento de Estadística está compilando y publicando datos sobre las empresas cooperativas. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita más información sobre el impacto de la nueva ley para promover las pequeñas y medianas empresas así como sobre las medidas adoptadas para apoyar a las cooperativas en la creación de empleo.

Responsabilidad social de las empresas. En su memoria, el Gobierno indica que, desde 2004, ha estado fomentando la responsabilidad social como forma de integrar las inquietudes sociales y medioambientales en los negocios de las empresas y en las interacciones con las partes interesadas. La Comisión toma nota de que el Gobierno elaboró un proyecto de medidas para promover la responsabilidad social de las empresas en 2006-2008 y otorga un premio nacional de gestión empresarial responsable, con el que se premia, a las empresas que proporcionan empleos seguros, saludables, de alta calidad y atractivos para los empleados. El Programa Nacional de Igualdad de Género 2005-2009 se estableció para incrementar las oportunidades que tienen las mujeres de iniciar y hacer progresar negocios y para promover su actividad económica. En un contexto de deterioro del empleo, la Comisión toma nota de que la responsabilidad social de las empresas promueve el desarrollo empresarial fomentando un entorno positivo y el diálogo entre las empresas y otras partes interesadas, especialmente las autoridades responsables de diseñar e implementar medidas activas de mercado de trabajo y las organizaciones de trabajadores. Por consiguiente, la Comisión se felicita de esta forma innovadora de promover el empleo productivo. La Comisión pide al Gobierno que continúe fomentando programas en relación con la responsabilidad social de las empresas. La Comisión pide que en su próxima memoria el Gobierno proporcione toda la información pertinente sobre el impacto del premio nacional de gestión empresarial responsable y el Programa Nacional de Igualdad de Género sobre la creación de empleo por las pequeñas y medianas empresas.

Empleo de los jóvenes. Otras categorías vulnerables de trabajadores. La Comisión toma nota de que, en 2006-2007, el Organismo de Intercambio de la Mano de Obra de Lituania implementó medidas para promover el aprendizaje de los jóvenes, la búsqueda de empleo y la elección de una profesión. El Gobierno informa de que tiene diez centros de trabajo para jóvenes, y que tres de éstos se abrieron en 2007. La Comisión toma nota de que, en 2007, se aprobó una nueva estrategia sobre centros de trabajo para jóvenes, con la que se pretende facilitar la integración de los jóvenes en el mercado de trabajo, desarrollar las calificaciones necesarias para competir en el mercado de trabajo, y motivar a los jóvenes para que aprendan de manera permanente. La Comisión pide al Gobierno que especifique  en su próxima memoria el impacto de las medidas adoptadas para facilitar la búsqueda de empleo de los trabajadores jóvenes que entran en el mercado de trabajo. El Gobierno informa de que, en 2007, más de 42.000 desempleados de más de 50 años de edad se registraron en la oficina territorial de intercambio de la mano de obra, y que colocó a 23.600 de estos trabajadores. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que incluya informaciones sobre las medidas adoptadas para garantizar el retorno al mercado de trabajo de las personas que han estado desempleadas durante mucho tiempo y de los trabajadores de edad avanzada.

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