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Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Dominican Republic (RATIFICATION: 2001)

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1. En su solicitud directa de 2006, la Comisión había pedido al Gobierno que preparase una memoria que contenga respuestas detalladas a todos los puntos planteados y recordado que la preparación de una memoria permitiría al Gobierno y a los interlocutores sociales evaluar la manera de alcanzar el objetivo de pleno empleo productivo establecido por el Convenio. La Comisión observa que la memoria recibida en agosto de 2007 contiene breves respuestas que no permiten examinar la manera en que se aplica este Convenio prioritario.

2. Artículos 1 y 2 del Convenio. Declaración de una política activa de empleo. El Gobierno indica que desde octubre de 2004 hasta septiembre de 2007 se planificó una política activa de nuevos empleos, creando 345.777 nuevos empleos — 59.141 se habían creado entre octubre de 2006 y abril de 2007. En su memoria anterior, el Gobierno había mencionado dos programas para reducir la pobreza («Comer es primero» y «Solidaridad») — a cargo de la Presidencia de la República. Según los datos publicados por la OIT en Panorama Laboral 2007, se sigue observando un desempleo urbano del 16,2 por ciento en el 2006, que afecta en un 9,2 por ciento a los hombres y en un 28,8 por ciento a las mujeres, así como a casi un 32 por ciento de los jóvenes entre 15 y 24 años. La Comisión insiste en el papel central que debe tener la política del empleo en las políticas económicas y sociales y de desarrollo para generar empleo y reducir la pobreza. En consecuencia, la Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, informe en detalle sobre la manera en que se ha formulado una política activa destinada a fomentar el pleno empleo productivo y libremente elegido. La Comisión desea examinar los resultados obtenidos en términos de creación de empleo duradero y reducción del subempleo en el marco de una política nacional de empleo. La Comisión pide al Gobierno que incluya informaciones estadísticas actualizadas sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, la naturaleza y extensión del desempleo como fase básica indispensable para ejecutar una política activa del empleo, en el sentido del Convenio.

3. El Gobierno indica en su memoria que el Consejo de Gobierno ha implementado un plan de acción para crear fuentes activas de empleos y una mayor productividad. El objeto programático sería el de crear 400.000 nuevos empleos. En este sentido, la Comisión pide nuevamente al Gobierno que agregue a su memoria un resumen del plan de acción mencionado y de otros programas que contengan disposiciones específicas que compongan una política activa del empleo, en el sentido del artículo 1 del Convenio. La Comisión pide informaciones que permitan conocer si se han presentado dificultades particulares para alcanzar los objetivos del empleo establecidos en los planes y programas gubernamentales y saber en qué medida se han superado las dificultades.

4. Artículo 1, párrafo 3, y artículo 2. Coordinación de la política del empleo con la política económica y social. El Gobierno menciona en su memoria los cursos ofertados por el Servicio Nacional de Empleo en 2007. Se evoca además la realización de un taller sobre la política nacional del trabajo juvenil y de las mujeres. La Comisión pide que se precise la manera en que se establece una coordinación adecuada entre la Secretaría de Estado de Trabajo, el Banco Central, el Ministerio de Finanzas y la Oficina Nacional de Planificación para elaborar y aplicar una política activa del empleo. En este sentido, la Comisión reitera su interés por conocer la manera en que se han tenido en cuenta los objetivos del empleo al establecer los demás objetivos económicos y sociales del Gobierno.

5. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. En la memoria recibida en agosto de 2007, el Gobierno se remite a las informaciones anteriores. La Comisión pide al Gobierno que informe de manera completa sobre las consultas efectuadas en el Consejo Consultivo de Trabajo para diseñar y ejecutar una política activa del empleo. Sírvase brindar indicaciones sobre las consultas celebradas con los representantes «de las personas interesadas en las medidas que se hayan de adoptar» de otros sectores de la población económicamente activa tales como los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal.

6. Promoción del empleo juvenil y de las mujeres. La Comisión pide que se agregue en la próxima memoria evaluaciones cuantificadas de la creación de empleo productivo como consecuencia de las medidas auspiciadas por el Gobierno a favor de los jóvenes y de las mujeres. Sírvase incluir datos estadísticos sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo indicando la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores que tienen, en República Dominicana, dificultades para encontrar empleo duradero, como son las mujeres y los jóvenes.

7. Trabajadores migrantes. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre las medidas tomadas en el marco de una política activa de empleo para prevenir abusos en la contratación de trabajadores extranjeros y de quienes emigran del país para encontrar oportunidades de empleo en el extranjero.

8. Coordinación de la política de enseñanza y de formación con las oportunidades de empleo. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre las medidas adoptadas para coordinar las políticas de enseñanza y formación profesional con la prospección de las oportunidades de empleo. Sírvase precisar los resultados alcanzados en términos de inserción laboral de los beneficiarios de las actividades del Instituto Nacional de Formación Técnico-Profesional (INFOTEP).

9. Parte V del formulario de memoria. Cooperación técnica de la OIT. El Gobierno declara en su memoria que la Oficina Subregional de la OIT ha presentado un plan de acción. En sus comentarios anteriores, la Comisión se había remitido a la Declaración tripartita para el fomento del empleo y el trabajo decente en Centroamérica y República Dominicana, suscripta por los Ministros de Trabajo y representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en Tegucigalpa, en junio de 2005. En dicha Declaración tripartita, se acordó, entre otras orientaciones importantes, incorporar el objetivo de creación de empleos dignos, sostenibles y de calidad, según los parámetros de la OIT, en el centro de la política macroeconómica — los esfuerzos se deben concentrar no sólo en el control de la inflación y del déficit fiscal, sino también y con igual prioridad, en la promoción de la inversión y en el crecimiento con equidad. La Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, se incluyan indicaciones sobre las iniciativas que han contado con el apoyo de la OIT para promover, en el marco del programa de trabajo decente por país, los objetivos de creación de empleo productivo del Convenio.

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