National Legislation on Labour and Social Rights
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Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria, así como de los comentarios del Consejo de Sindicatos de Nueva Zelandia (NZCTU) y de la organización: Comercio Nueva Zelandia (Business NZ), y de la respuesta del Gobierno al respecto.
1. Artículos 2 y 3 del Convenio. Igualdad de oportunidades y de trato sin discriminación por motivos de raza, color y ascendencia nacional. La Comisión recuerda sus anteriores comentarios en relación a la desigualdad en el mercado de trabajo que sufren los Maoris y la población del Pacífico. La Comisión toma nota de que, según la memoria del Gobierno, en 2005, la tasa de desempleo de los Maoris y la población del Pacífico siguió descendiendo pero que continúa estando desproporcionadamente distribuida en la industria del comercio al por mayor y al detalle y en los grupos ocupacionales de operadores de planta y de máquina y ocupaciones elementarias. La Comisión toma nota de que el Gobierno está tomando amplias medidas para mejorar la formación y las oportunidades de empleo de los Maoris y de la población del Pacífico. En especial, toma nota de la Estrategia de desarrollo de la mano de obra del Pacífico del Ministerio de Asuntos de las Islas del Pacífico (MPIA), del Marco de educación terciaria para los Maoris y del Plan de Educación (Pasifika). Asimismo, toma nota de los programas de la oficina de asuntos étnicos, tales como la línea de idiomas, la perspectiva étnica en la política y el Proyecto de Programa de Comunicación y Concienciación Intercultural a fin de apoyar el desarrollo de las cuestiones de concienciación intercultural en el empleo y en el lugar de trabajo. Asimismo, la Comisión toma nota de que la comisión de educación terciaria está llevando a cabo una serie de programas a fin de ayudar a los grupos infrarepresentados a lograr la igualdad en el empleo y la formación profesional, que parecen haber tenido un impacto positivo en la situación de los Maoris y la población del Pacífico.
2. Sin embargo, la Comisión toma nota de que el NZCTU, aunque acoge con beneplácito los progresos realizados en lo que respecta a la promoción de la formación y el empleo de los Maoris y la población del Pacífico, continúa planteando su preocupación por la persistencia de desigualdades en el mercado de trabajo debidas a motivos étnicos. El NZCTU indica que, aunque la tasa de participación de los Maoris en la educación terciaria ha crecido de forma exponencial durante los últimos años, la proporción de estudiantes Maoris que abandonan la escuela sin calificaciones sigue siendo mucho más elevada que la de otros estudiantes. Asimismo, los Maoris tienen tendencia a inscribirse en programas de nivel diploma y certificado, y continúan estando subrepresentados en el nivel de licenciatura y programas de postgrado. Además, el NZCTU señala a la atención de la Comisión, el hecho de que los jóvenes, los Maoris, la población del Pacífico y los trabajadores asiáticos, y algunas veces los nuevos migrantes, tienen que hacer frente a los prejuicios de los empleadores basados en estereotipos. Los estudios realizados con las agencias de empleo demuestran que el hecho de tener un apellido extranjero puede reducir las posibilidades de que una persona que busca empleo consiga una entrevista. Según el NZCTU, también se han visto afectadas las personas que buscan empleo nacidas y educadas en Nueva Zelandia pero que son consideradas extranjeras, especialmente las personas asiáticas y del Pacífico así como los nuevos migrantes. Aunque el NZCTU reconoce que el déficit de calificaciones y de mano de obra está ayudando a los empleadores a centrarse más en las tareas requeridas para el empleo, señala que se necesita trabajar más a fin de lograr que los empleadores superen sus prejuicios y utilicen mejor el potencial sin explotar de esos grupos.
3. Asimismo, la Comisión toma nota de una serie de iniciativas que están siendo llevadas a cabo para implementar la estrategia de migrantes y refugiados de Auckland con miras a mejorar la situación de empleo de la población migrante y refugiada. Entre estas iniciativas se incluyen: el nombramiento de especialistas en casos de migración e intermediarios laborales a fin de realizar seminarios regulares sobre búsqueda de trabajo y asistencia individual a las personas que han llegado hace poco o a los migrantes subempleados; un programa de empleo para ingenieros migrantes altamente calificados; programas especializados de búsqueda de empleo para los migrantes y los refugiados que buscan empleo tales como el enlace sobre empleos para migrantes y el programa de experiencia laboral de la Cámara de Comercio de Auckland para migrantes cualificados; y el apoyo a los servicios que ofrecen los centros para migrantes de las diversas regiones y su expansión. Mientras acoge con beneplácito estas iniciativas, la Comisión sigue estando preocupada por los prejuicios existentes y las actitudes estereotipadas de los empleadores frente a los trabajadores migrantes, y su impacto en la situación de empleo de los trabajadores migrantes. La Comisión pide al Gobierno que: 1) continúe proporcionando información sobre las iniciativas educativas y de formación y su impacto sobre la mejora del acceso de los Maoris y la población del Pacífico a la formación y la educación, incluso en los cursos de licenciatura y para postgraduados, y al empleo; 2) transmita información sobre las medidas adoptadas o previstas para hacer frente a las actitudes discriminatorias por motivos de raza, color o ascendencia nacional, incluidas todas las investigaciones o campañas de concienciación, y 3) indique las medidas específicas adoptadas, incluso en virtud de la estrategia sobre migrantes y refugiados de Auckland, para abordar las actitudes estereotipadas de los empleadores con respecto a los trabajadores migrantes, y garantizar que los trabajadores migrantes no son discriminados por motivos de raza, color o ascendencia nacional.
Igualdad entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación
4. La Comisión toma nota de que, según las cifras de 2004, que contiene la memoria del Gobierno, la segregación ocupacional por motivos de género, continúa siendo significativa en el mercado de trabajo de Nueva Zelandia. Los hombres siguen estando excesivamente representados en las categorías ocupacionales de legisladores, administradores y gestores, en el comercio, la agricultura y la pesca, en las ocupaciones elementales y en trabajos de operadores de planta y de máquinas; las mujeres están excesivamente representadas en las categorías de servicios comunitarios sociales y personales, como secretarias, en los servicios, y como vendedoras. La Comisión toma nota de la preocupación planteada por el NZCTU respecto a que las pausas en la carrera debidas al cuidado de los hijos y a la falta de apoyo familiar, constituyen una barrera para las mujeres que quieren recuperar la posición que ocupaban y acceder a puestos superiores. A este respecto, la Comisión toma nota de las medidas adoptadas para alcanzar los objetivos establecidos en virtud del plan de acción para las mujeres de Nueva Zelandia, del Ministerio de Asuntos de la Mujer (NWA), tales como el plan de acción de equidad en el salario y el empleo para el sector público, el programa trabajando para las familias, las disposiciones sobre licencia parental remunerada, las iniciativas de equilibrio entre la vida y el trabajo y el aumento de la financiación de la educación de la primera infancia. La Comisión pide al Gobierno que indique el impacto que estas medidas han tenido en la mejora de la igualdad entre hombres y mujeres en el lugar de trabajo, y en particular, en lo que respecta a facilitar el regreso y reintegración al trabajo de mujeres con responsabilidades familiares, así como en relación con el hecho de hacer frente a la segregación ocupacional por motivos de género en el mercado de trabajo. Tomando nota de las amplias medidas adoptadas para ayudar a los trabajadores con responsabilidades familiares, la Comisión pide al Gobierno que indique si está examinando la posibilidad de ratificar el Convenio núm. 156, 1981, sobre los trabajadores con responsabilidades familiares.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud directa dirigida al Gobierno.