ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Home > Country profiles >  > Comments

CMNT_TITLE

Labour Inspection Convention, 1947 (No. 81) - Bolivia (Plurinational State of) (RATIFICATION: 1973)

DISPLAYINEnglish - FrenchAlle anzeigen

La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

En relación con sus comentarios anteriores, y refiriéndose especialmente a las informaciones disponibles en la OIT, la Comisión toma nota con interés del lanzamiento del Proyecto de cooperación técnica multilateral OIT/FORSAT, financiado por el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales de España y que se extiende a otros países de la región, cuyo objetivo es el fortalecimiento de las administraciones del trabajo. Toma nota de que la inspección del trabajo constituye uno de los aspectos más importantes del proyecto y que deberían establecerse acciones de cooperación y de asistencia para la definición de un marco normativo y estructural y de procedimientos y métodos de trabajo propios a la institucionalización de un sistema de inspección eficaz. Se ruega al Gobierno que comunique en su próxima memoria informaciones detalladas sobre toda medida tomada en el marco de este proyecto y sobre los resultados alcanzados respecto a los objetivos fijados así como respecto a los puntos planteados en los comentarios anteriores de la Comisión.

Parte V del formulario de memoria y artículo 23, párrafo 2, de la Constitución de la OIT. Recordando la obligación de comunicación a las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, de conformidad con el artículo antes mencionado de la Constitución, de copia de las memorias y de las informaciones transmitidas, especialmente en virtud del artículo 22 de la Constitución de la OIT, al Director General, la Comisión agradecería al Gobierno que indique las razones precisas que podrían explicar la falta de aplicación de estas disposiciones en lo que concierne al presente Convenio.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer