National Legislation on Labour and Social Rights
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Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de los comentarios de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), de 10 de agosto de 2006, que se refieren a cuestiones de aplicación práctica (repartición de los bienes sindicales) del Convenio que ya están siendo examinadas. Asimismo, la CIOSL señala, entre otras cosas, trabas en el ejercicio de los derechos sindicales de los sindicatos del sector del comercio. A este respecto, la Comisión pide al Gobierno que envíe sus observaciones en relación con los comentarios de la CIOSL.
Por otra parte, la Comisión pide al Gobierno que, siguiendo el ciclo regular de memorias, comunique para su próxima reunión de noviembre-diciembre de 2007, sus observaciones sobre el conjunto de las cuestiones mencionadas en su solicitud directa anterior de 2005 (véase solicitud directa de 2005, 76.a reunión).