National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. La Comisión toma nota de la memoria completa del Gobierno para el período que finalizó el 31 de mayo de 2003, de los documentos anexos y de la información proporcionada en relación con su observación de 2002. Asimismo, la Comisión se refiere a sus comentarios realizados este año sobre la aplicación del Convenio sobre la licencia pagada de estudios, 1974 (núm. 140) y del Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142).
2. Políticas para promover el empleo. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha finalizado la reforma básica (la «segunda ola») de las políticas públicas de mercado de trabajo en aplicación de los planes de acción para 2001-2002. Según la información proporcionada, el lento crecimiento económico de 2001 y 2002 no incrementó el desempleo. El Gobierno informa que, la tasa de actividad fue la misma en 2002 que en 2001. El número de personas empleadas varió entre los diferentes grupos de edad con aumentos entre las personas de más edad y descensos entre los jóvenes de 15 a 19 años de edad. Asimismo, la Comisión toma nota con interés de la información proporcionada por el Gobierno sobre la adopción en 2003 de un nuevo amplio programa de políticas que comprende cuatro programas de políticas intersectoriales centradas en el empleo, la iniciativa empresarial, la sociedad de la información y la participación de los ciudadanos, que incluyen un compromiso renovado de hacer aumentar la tasa de empleo hasta cerca de un 70 por ciento. La Comisión toma nota de que los fines de este programa de políticas son especialmente importantes para alcanzar los objetivos de los artículos 1 y 2 del Convenio y apreciaría más informes sobre la ejecución de los programas y su impacto en el mercado de trabajo.
3. Medidas activas de políticas de trabajo. La Comisión toma nota de que el programa de políticas de 2003 pretende cambiar el apoyo pasivo al mercado de trabajo por medidas activas, y conseguir así una gestión más eficaz de los centros de servicios de mano de obra, centros que cuentan con una colaboración regional y local. La Organización Central de Sindicatos Finlandeses (SAK) señala su preocupación sobre la tasa general de participación de los desempleados en las medidas activas. La tasa de participación en 2002 sólo estuvo un poco por encima del 20 por ciento, esto es, sólo superó ligeramente el mínimo de la Unión Europea.
4. Al respecto, la Comisión toma nota de que el programa de políticas de 2003 incluye la ejecución de una reforma estructural de los servicios públicos de empleo. Para eliminar el desempleo estructural, la función de búsqueda de un nuevo empleo se separara del apoyo a los que tienen reducida su capacidad de trabajo. Asimismo, toma nota de que la SAK y la Confederación de Empleados Asalariados de Finlandia (STTK) consideran que los recursos atribuidos a las oficinas de empleo son demasiado reducidos o están distribuidos de forma inapropiada, lo cual ha tenido un efecto negativo especial para los desempleados de larga duración y aquellos trabajadores que recurrentemente están desempleados. La STTK añade que los esfuerzos realizados por los servicios públicos de empleo para corregir los desequilibrios según género del mercado de trabajo han sido insuficientes.
5. La Comisión toma nota también de que el Gobierno está intentando desarrollar un nuevo sistema que le permitirá responder de forma más eficaz y flexible a las necesidades en el área de la enseñanza profesional de adultos. Además, ya se han iniciado reformas específicas en lo que respecta a la organización y financiación de la formación profesional. La STTK indica que el programa de políticas de 2003 parece que concede una atención demasiado reducida a mejorar la competencia de los que trabajan y ayudarles a realizar su trabajo.
6. La Comisión toma nota con interés de la iniciativa en relación con los trabajadores de edad. El Gobierno informa que no sólo aumentó la cantidad de personas de 55 a 69 años, sino también que su nivel de actividad se incrementó en algo menos del 50 por ciento desde 1997 al 65 por ciento en 2002. Además, la tasa de desempleo para dicha categoría de la población se redujo de un 16,9 por ciento a 9,1 por ciento durante el mismo período. El Gobierno atribuye dicha evolución al Programa nacional para trabajadores de edad, iniciado en 1997, mediante el cual distintos ministerios, los interlocutores sociales y otros intervinientes asociaron sus esfuerzos para mejorar la situación en el mercado laboral de los trabajadores de edad. La Comisión destaca la naturaleza innovadora del mencionado Programa nacional destinado a modificar las respuestas más comunes del mercado laboral en relación con los trabajadores de edad que consiste en jubilarlos en lugar de mejorar su empleabilidad. La Comisión pide al Gobierno que la mantenga informada de la evolución que ha tenido la mencionada iniciativa.
7. La Comisión toma nota de que entre las medidas emprendidas en las oficinas de empleo para mejorar los servicios para los inmigrantes, el proyecto MaaTyö ha finalizado y los desafíos más importantes a los que ha tenido que hacer frente han sido la falta de recursos y la identificación de los requisitos de multicalificación. Asimismo, toma nota de que una de las conclusiones a las que se llegó en este proyecto fue el que los inmigrantes que tienen que pasar de los servicios de integración a los servicios normales necesitan especial apoyo. La SAK también señaló que la tasa de desempleo de los inmigrantes es todavía tres veces mayor que la de los nacionales.
8. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de las políticas. Además, la Comisión toma nota de que, según la Confederación de la Industria y Empleados Finlandeses (TT) y la Confederación de Empleadores de Industrias de Servicios de Finlandia (Palvelutyönantajat), los interlocutores sociales han sido consultados muy tarde sobre la preparación de la nueva legislación, en especial en relación con la preparación de la nueva legislación sobre los servicios de empleo (artículo 3).
9. La Comisión agradecería recibir más detalles en la próxima memoria del Gobierno sobre la forma en la que el Gobierno y los interlocutores sociales han abordado las cuestiones a las que se ha referido esta observación.