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La Comisión toma nota con interés de la adopción de la ley núm. 96/2000 sobre la igualdad de estatus y de derechos entre hombres y mujeres, que amplía la prohibición ya existente de la discriminación basada en el sexo y promueve la igualdad de género en todas las esferas de la sociedad. Además, toma nota del establecimiento de una nueva estructura administrativa y operativa, que incluye la oficina para la igualdad de estatus que es responsable de la administración y gestión de la aplicación de la ley; el consejo sobre la igualdad de estatus que es responsable de la realización de esfuerzos sistemáticos para equiparar el estatus de hombres y mujeres en el mercado del trabajo; el comité de reclamaciones sobre la igualdad de estatus; y los comités sobre la igualdad de estatus elegidos por las autoridades locales. También toma nota de las disposiciones de la ley sobre la integración de la perspectiva de género, igual salario por un trabajo del mismo valor, y harmonización entre las obligaciones laborales y familiares, acoso sexual, turnos, carga de la prueba por parte de los demandantes en casos de supuesta discriminación, y divulgación y educación sobre la igualdad. La Comisión también toma nota de la adopción de la ley núm. 95/2000 sobre el permiso maternal/paternal y el permiso parental, y de la ley núm. 27/2000 sobre la prohibición de los despidos debido a las responsabilidades familiares. La Comisión acoge favorablemente a estas iniciativas legislativas y administrativas y pide al Gobierno que en el futuro le proporcione información sobre su aplicación y repercusiones en la mejora del acceso a los puestos de trabajo, especialmente a los puestos que requieran tomar decisiones y sobre las condiciones de trabajo en términos de igualdad tanto para hombres como para mujeres en todas las regiones del país.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud que envía directamente al Gobierno.

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