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La Comisión ha tomado nota de la última memoria del Gobierno. Ha tomado nota asimismo de los comentarios formulados por la Confederación Unitaria de Trabajadores de Honduras, así como de la respuesta del Gobierno a esos comentarios.

En respuesta a los comentarios anteriores de la Comisión, el Gobierno indica que el sistema de detección de las enfermedades profesionales continúa con las mismas limitantes informadas en 1997 referentes a: deficiencias técnicas en la red de información, que no permiten a los centros regionales la difusión rápida y confidencial de las informaciones, falta de obligatoriedad legal para declarar las enfermedades profesionales y el insuficiente personal calificado para la confirmación de diagnósticos. El Gobierno añade que no dispone de las informaciones relativas a la aplicación práctica del Convenio, en la medida en que el edificio de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social había sido afectado por el huracán Mitch, perdiéndose la mayor parte de los registros estadísticos y expedientes legales y médicos que mantenían los servicios de medicina ocupacional y el Servicio de Inspección de Higiene y Seguridad Ocupacional.

La Comisión toma nota de todas estas informaciones y de aquellas relativas a las actividades realizadas por los servicios de medicina ocupacional y de higiene y seguridad ocupacional. La Comisión espera que el Gobierno pueda indicar, en su próxima memoria que se adoptaron medidas para mejorar el sistema de notificación de las enfermedades profesionales. Al respecto, se permite recordar que el Gobierno puede recurrir a la asistencia técnica de la OIT. Además, la Comisión solicita al Gobierno tenga a bien comunicar, en su próxima memoria, informaciones detalladas sobre la aplicación práctica del Convenio, de conformidad con el punto V del formulario de memoria.

SOLICITUDES

#FECHA_INFORME:00:00:2002

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