National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno que se refiere a la adopción del decreto núm. 3115, de fecha 30 de diciembre de 1997, por el cual se reglamenta la actividad de las agencias privadas (lucrativas y no lucrativas), así como de las agencias públicas de colocación o empleo. El Gobierno indica que además de las oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) dedicadas a poner en contacto a oferentes y demandantes de mano de obra, algunos gremios de empleadores, universidades públicas y privadas, proveen este mismo servicio. La Comisión recuerda que, en virtud de los artículos 1 y 2 del Convenio, se debería mantener o garantizar el mantenimiento de un servicio público y gratuito del empleo, compuesto en un sistema nacional de oficinas de empleo. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva describir las atribuciones y funciones de la autoridad nacional encargada de controlar un sistema nacional de oficinas de empleo. Sírvase además facilitar las informaciones prácticas que requiere al respecto la parte IV del formulario de memoria.
Artículo 3. Sírvase comunicar informaciones sobre las medidas adoptadas con miras a revisar la red nacional de centros de empleo con el objeto de cumplir con las nuevas exigencias producto de la transformación de la economía y de la población activa.
Artículos 4 y 5. En su memoria anterior, el Gobierno se había referido a una Comisión Nacional, de composición tripartita, que tenía, entre otras funciones la de estudiar y proponer normas sobre la intermediación en el mercado laboral. En su última memoria, el Gobierno indica que el Ministerio de Trabajo ha venido implementando comités de empleo de conformación departamental o municipal. La Comisión agradecería al Gobierno que describa el modo en el que se consulta a los representantes de los empleadores y de los trabajadores en los comités de empleo departamentales y municipales, en cuanto a la organización y al funcionamiento del servicio del empleo y al desarrollo del programa del servicio del empleo. Sírvase proporcionar también ejemplos de los acuerdos alcanzados por los comités de empleo en relación con el desarrollo del programa del servicio del empleo.
SOLICITUDES Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada para el año 2001. #FECHA_INFORME:00:00:2001